II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. UNIVERSIDADES. Cuerpos docentes universitarios. (BOE-A-2023-5211)
Resolución de 20 de febrero de 2023, de la Universidad de Alcalá, por la que se convoca concurso para la provisión de plaza de cuerpos docentes universitarios.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 49

Lunes 27 de febrero de 2023

Sec. II.B. Pág. 29347

II. AUTORIDADES Y PERSONAL
B. Oposiciones y concursos

UNIVERSIDADES
5211

Resolución de 20 de febrero de 2023, de la Universidad de Alcalá, por la que
se convoca concurso para la provisión de plaza de cuerpos docentes
universitarios.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 63 de la Ley Orgánica 6/2001 de 21 de
diciembre, de Universidades, según la redacción dada por la Ley Orgánica 4/2007 (en adelante
LOMLOU), en el artículo 3 del Real Decreto 1313/2007, de 5 de octubre, por el que se regula el
régimen de los concursos de acceso a cuerpos docentes universitarios (en adelante RDC), en
el artículo 116 y 116 bis de los Estatutos de la Universidad de Alcalá, aprobados por
Decreto 221/2003, de 23 de octubre, del Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid
modificados por Decreto 18/2012, de 26 de enero (en adelante EUAH).
Este Rectorado ha resuelto convocar a concurso la plaza que se relaciona en el
anexo I de la presente Resolución de acuerdo a lo dispuesto en la LOMLOU, el RDC, los
EUAH, así como, con carácter supletorio, por lo previsto en la legislación general de
funcionarios civiles del Estado, garantizando el respeto a los principios de publicidad,
mérito, capacidad, igualdad, libre concurrencia y transparencia, y con arreglo a las
siguientes bases:
Primera.

a) Ser español o nacional de alguno de los demás Estados miembros de la Unión
Europea o de los Estados en los que es de aplicación la libre circulación de trabajadores,
así como sus cónyuges siempre que no estén separados de derecho, y los
descendientes y los de sus cónyuges, menores de veintiún años o mayores de dicha
edad que vivan a sus expensas.
En el momento de presentación de la solicitud de participación en el proceso
selectivo deberá acreditarse la nacionalidad, así como, en su caso, el vínculo de
parentesco y el de vivir a expensas, conforme a lo previsto en el artículo 8 del Real
Decreto 543/2001, de 18 de mayo, sobre acceso al empleo público de la Administración
General del Estado y sus organismos públicos de nacionales de otros Estados a los que
es de aplicación el derecho a la libre circulación de trabajadores.
La acreditación de la nacionalidad y demás requisitos exigidos en la convocatoria se
realizará por medio de los documentos correspondientes, certificados por las autoridades
competentes de su país de origen, traducidos al español, que será la lengua oficial en la
que tendrá lugar el desarrollo de las pruebas.
b) Edad: Tener cumplidos los dieciocho años de edad y no haber superado los
setenta.
c) No haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio de la
Administración del Estado o de la Administración Autonómica, Local o Institucional, ni hallarse
inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas. Los aspirantes cuya nacionalidad no sea
la española deberán acreditar, igualmente, no estar sometidos a sanción disciplinaria o
condena penal que impida, en su Estado, el acceso a la Función pública.
d) No padecer enfermedad ni defecto físico que impida el desempeño de las
funciones correspondientes a Profesor de Universidad.

cve: BOE-A-2023-5211
Verificable en https://www.boe.es

Para ser admitido a este concurso de provisión de vacantes son necesarios los
siguientes requisitos generales: