V. Anuncios. - B. Otros anuncios oficiales. MINISTERIO DE DEFENSA. (BOE-B-2023-5853)
Anuncio de la Unidad de Servicios del Acuartelamiento "Santa Bárbara", de la Segunda Subinspección General del Ejército, por el que se da publicidad a la Resolución del Excmo. Sr. Director General de Infraestructura, número UP6/D-30-001-008-0009, de fecha 15 de febrero de 2023, dimanante del Expediente de Deslinde Administrativo, de la finca denominada "La Serreta o Campamento Santa Bárbara (D30001008)", ubicada en el término municipal de Murcia.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 49
Lunes 27 de febrero de 2023
Sec. V-B. Pág. 8920
Notifíquese la presente resolución a los titulares de la propiedad y derechos
reales conocidos de las fincas colindantes afectados por el deslinde administrativo
así como al registrador de la propiedad y al catastro en la forma prevista en los
artículos 40 y siguientes de la Ley 39/2015, de 01 de octubre, del procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas, haciéndole saber que ha
quedado agotada la vía administrativa y que contra ella puede interponer o bien
recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes ante el mismo órgano que
lo hubiera dictado (artículos 123 y 124 de la citada Ley 39/2015, de 01 de octubre
), o bien directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala de dicha
índole de la Audiencia Nacional en el plazo de dos meses, de acuerdo con lo
dispuesto en el artículo 11.1a) de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la
Jurisdicción Contencioso Administrativa.
Murcia, 22 de febrero de 2023.- El Teniente Coronel Instructor del Expediente
de Deslinde Administrativo, Rafael Romero Corral.
cve: BOE-B-2023-5853
Verificable en https://www.boe.es
ID: A230006620-1
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D.L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
Núm. 49
Lunes 27 de febrero de 2023
Sec. V-B. Pág. 8920
Notifíquese la presente resolución a los titulares de la propiedad y derechos
reales conocidos de las fincas colindantes afectados por el deslinde administrativo
así como al registrador de la propiedad y al catastro en la forma prevista en los
artículos 40 y siguientes de la Ley 39/2015, de 01 de octubre, del procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas, haciéndole saber que ha
quedado agotada la vía administrativa y que contra ella puede interponer o bien
recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes ante el mismo órgano que
lo hubiera dictado (artículos 123 y 124 de la citada Ley 39/2015, de 01 de octubre
), o bien directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala de dicha
índole de la Audiencia Nacional en el plazo de dos meses, de acuerdo con lo
dispuesto en el artículo 11.1a) de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la
Jurisdicción Contencioso Administrativa.
Murcia, 22 de febrero de 2023.- El Teniente Coronel Instructor del Expediente
de Deslinde Administrativo, Rafael Romero Corral.
cve: BOE-B-2023-5853
Verificable en https://www.boe.es
ID: A230006620-1
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D.L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X