II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE CIENCIA E INNOVACIÓN. Escala de Técnicos Especializados de los Organismos Públicos de Investigación. (BOE-A-2023-4961)
Resolución de 21 de febrero de 2023, de la Subsecretaría, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso libre, en la Escala de Técnicos Especializados de los Organismos Públicos de Investigación.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 24 de febrero de 2023
8.
Sec. II.B. Pág. 28083
Norma final
Al presente proceso selectivo le será de aplicación el Real Decreto legislativo 5/2015,
de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico
del Empleado Público, el resto de la legislación vigente en la materia y lo dispuesto en la
presente convocatoria.
Contra la presente resolución de convocatoria, podrá interponerse, con carácter
potestativo, recurso de reposición ante el Subsecretario de Ciencia e Innovación, en el
plazo de un mes desde su publicación o bien recurso contencioso-administrativo, en el
plazo de dos meses desde su publicación, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo
del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, de conformidad con lo dispuesto en la
Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas, y en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la
Jurisdicción Contencioso–Administrativa, significándose, que en caso de interponer
recurso de reposición, no se podrá interponer recurso contencioso–administrativo hasta
que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del
mismo.
Asimismo, la Administración podrá, en su caso, proceder a la revisión de las
resoluciones de los tribunales, conforme a lo previsto en la citada Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y la
Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Madrid, 21 de febrero de 2023.–El Subsecretario de Ciencia e Innovación, Carlos
Marco Estellés.
ANEXO I
Descripción del proceso selectivo
1. El proceso selectivo de las diferentes especialidades se realizará mediante el
sistema de oposición.
2. El primer ejercicio de la oposición de los diferentes programas se celebrarán en
la fecha, lugar y hora que se explicitará en la resolución por la que se aprueben las listas
provisionales de admitidos y excluidos al proceso selectivo.
3. Cada tribunal elegirá la sede y lugar de celebración de las pruebas selectivas en
función de la lista final de personas admitidas. Con la finalidad de hacer accesibles los
procesos Se habilita a los tribunales calificadores para la adopción de cuantas medidas,
instrucciones o resoluciones sean precisas para la celebración descentralizada de las
pruebas selectivas y la lectura de los ejercicios. Asimismo, se les habilita para establecer
la forma, procedimientos y orden de actuación de las personas aspirantes a seguir en el
uso de medios electrónicos, incluido, en su caso, el sistema de videoconferencia, para el
desarrollo de las pruebas o de alguna de sus fases, garantizando la autenticidad,
integridad, confidencialidad y conservación de los ejercicios en todo momento hasta su
apertura y lectura pública por las personas aspirantes. Los Tribunales calificadores
quedan habilitados para modificar, interpretar y aclarar las instrucciones o resoluciones
que hubieran dictado en el ejercicio de esta habilitación.
4. La citación de las personas aspirantes para la celebración de los sucesivos
ejercicios la realizarán los tribunales correspondientes a cada área global.
5. La oposición constará de los siguientes ejercicios, todos ellos de carácter
eliminatorio y se basaraán en los temarios de 58 temas por especialidad, que se
encuentran divididos en 3 bloques: El primero, de 18 temas, correspondientes al grupo
de materias comunes a todas las especialidades convocadas; el segundo, de 15 temas,
de materias específicas correspondientes al área global en el que se clasifique la
especialidad por la que se presente la persona aspirante; el tercero, de 25 temas, de
materías específicas, correspondientes a la especialidad por la que se presente la
persona aspirante.
cve: BOE-A-2023-4961
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 47
Viernes 24 de febrero de 2023
8.
Sec. II.B. Pág. 28083
Norma final
Al presente proceso selectivo le será de aplicación el Real Decreto legislativo 5/2015,
de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico
del Empleado Público, el resto de la legislación vigente en la materia y lo dispuesto en la
presente convocatoria.
Contra la presente resolución de convocatoria, podrá interponerse, con carácter
potestativo, recurso de reposición ante el Subsecretario de Ciencia e Innovación, en el
plazo de un mes desde su publicación o bien recurso contencioso-administrativo, en el
plazo de dos meses desde su publicación, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo
del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, de conformidad con lo dispuesto en la
Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas, y en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la
Jurisdicción Contencioso–Administrativa, significándose, que en caso de interponer
recurso de reposición, no se podrá interponer recurso contencioso–administrativo hasta
que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del
mismo.
Asimismo, la Administración podrá, en su caso, proceder a la revisión de las
resoluciones de los tribunales, conforme a lo previsto en la citada Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y la
Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Madrid, 21 de febrero de 2023.–El Subsecretario de Ciencia e Innovación, Carlos
Marco Estellés.
ANEXO I
Descripción del proceso selectivo
1. El proceso selectivo de las diferentes especialidades se realizará mediante el
sistema de oposición.
2. El primer ejercicio de la oposición de los diferentes programas se celebrarán en
la fecha, lugar y hora que se explicitará en la resolución por la que se aprueben las listas
provisionales de admitidos y excluidos al proceso selectivo.
3. Cada tribunal elegirá la sede y lugar de celebración de las pruebas selectivas en
función de la lista final de personas admitidas. Con la finalidad de hacer accesibles los
procesos Se habilita a los tribunales calificadores para la adopción de cuantas medidas,
instrucciones o resoluciones sean precisas para la celebración descentralizada de las
pruebas selectivas y la lectura de los ejercicios. Asimismo, se les habilita para establecer
la forma, procedimientos y orden de actuación de las personas aspirantes a seguir en el
uso de medios electrónicos, incluido, en su caso, el sistema de videoconferencia, para el
desarrollo de las pruebas o de alguna de sus fases, garantizando la autenticidad,
integridad, confidencialidad y conservación de los ejercicios en todo momento hasta su
apertura y lectura pública por las personas aspirantes. Los Tribunales calificadores
quedan habilitados para modificar, interpretar y aclarar las instrucciones o resoluciones
que hubieran dictado en el ejercicio de esta habilitación.
4. La citación de las personas aspirantes para la celebración de los sucesivos
ejercicios la realizarán los tribunales correspondientes a cada área global.
5. La oposición constará de los siguientes ejercicios, todos ellos de carácter
eliminatorio y se basaraán en los temarios de 58 temas por especialidad, que se
encuentran divididos en 3 bloques: El primero, de 18 temas, correspondientes al grupo
de materias comunes a todas las especialidades convocadas; el segundo, de 15 temas,
de materias específicas correspondientes al área global en el que se clasifique la
especialidad por la que se presente la persona aspirante; el tercero, de 25 temas, de
materías específicas, correspondientes a la especialidad por la que se presente la
persona aspirante.
cve: BOE-A-2023-4961
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 47