III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CIENCIA E INNOVACIÓN. Personal investigador. Retribuciones. (BOE-A-2023-5018)
Resolución de 15 de febrero de 2023, de la Secretaría General de Investigación, por la que se corrigen errores en la de 25 de enero de 2023, por la que se modifica la de 19 de agosto de 2019, de la Secretaria General de Coordinación de Política Científica, por la que se aprueban los criterios generales de evaluación del componente por méritos investigadores del complemento específico de las retribuciones complementarias del personal investigador funcionario de las escalas científicas de los Organismos Públicos de Investigación de la Administración General del Estado.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 47
Viernes 24 de febrero de 2023
Sec. III. Pág. 28425
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE CIENCIA E INNOVACIÓN
5018
Resolución de 15 de febrero de 2023, de la Secretaría General de
Investigación, por la que se corrigen errores en la de 25 de enero de 2023,
por la que se modifica la de 19 de agosto de 2019, de la Secretaria General
de Coordinación de Política Científica, por la que se aprueban los criterios
generales de evaluación del componente por méritos investigadores del
complemento específico de las retribuciones complementarias del personal
investigador funcionario de las escalas científicas de los Organismos Públicos
de Investigación de la Administración General del Estado.
Advertido error en la Resolución de 25 de enero de 2023, de la Secretaría General
de Investigación, por la que se modifica la de 19 de agosto de 2019, de la Secretaria
General de Coordinación de Política Científica, por la que se aprueban los criterios
generales de evaluación del componente por méritos investigadores del complemento
específico de las retribuciones complementarias del personal investigador funcionario de
las escalas científicas de los Organismos Públicos de Investigación de la Administración
General del Estado, publicada en el «Boletín Oficial del Estado» n.º 34, el día 9 de
febrero de 2023, se procede a efectuar la oportuna rectificación.
En la página 19380, en la letra i) del apartado tercero, donde dice:
«i) Divulgación y difusión de la ciencia, el conocimiento y la tecnología.
Así, se valorará entre otras actividades, la participación en conferencias y congresos,
especialmente como invitado, seminarios, jornadas, talleres, eventos profesionales,
científicos y de divulgación de la ciencia y la tecnología, colaboraciones contratadas con
entidades divulgadoras de la ciencia, como museos, fundaciones, etc., publicaciones en
revistas de divulgación, monografías y libros, contratos de servicios, o la participación en
comités editoriales de publicaciones científicas.
Asesoramiento científico-técnico y cualesquiera otras actividades y tareas realizadas
en los ámbitos de la investigación, de desarrollo experimental, de dirección, de gestión o
de transferencia del conocimiento.»
«i) Divulgación y difusión de la ciencia, el conocimiento y la tecnología.
Así, se valorará entre otras actividades, la participación en conferencias y congresos,
especialmente como invitado, seminarios, jornadas, talleres, eventos profesionales,
científicos y de divulgación de la ciencia y la tecnología, colaboraciones contratadas con
entidades divulgadoras de la ciencia, como museos, fundaciones, etc., publicaciones en
revistas de divulgación, monografías y libros, contratos de servicios, o la participación en
comités editoriales de publicaciones científicas.
j) Asesoramiento científico-técnico y cualesquiera otras actividades y tareas
realizadas en los ámbitos de la investigación, de desarrollo experimental, de dirección,
de gestión o de transferencia del conocimiento.»
Madrid, 15 de febrero de 2023.–La Secretaria General de Investigación, Raquel Yotti
Álvarez.
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
cve: BOE-A-2023-5018
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Debe decir:
Núm. 47
Viernes 24 de febrero de 2023
Sec. III. Pág. 28425
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE CIENCIA E INNOVACIÓN
5018
Resolución de 15 de febrero de 2023, de la Secretaría General de
Investigación, por la que se corrigen errores en la de 25 de enero de 2023,
por la que se modifica la de 19 de agosto de 2019, de la Secretaria General
de Coordinación de Política Científica, por la que se aprueban los criterios
generales de evaluación del componente por méritos investigadores del
complemento específico de las retribuciones complementarias del personal
investigador funcionario de las escalas científicas de los Organismos Públicos
de Investigación de la Administración General del Estado.
Advertido error en la Resolución de 25 de enero de 2023, de la Secretaría General
de Investigación, por la que se modifica la de 19 de agosto de 2019, de la Secretaria
General de Coordinación de Política Científica, por la que se aprueban los criterios
generales de evaluación del componente por méritos investigadores del complemento
específico de las retribuciones complementarias del personal investigador funcionario de
las escalas científicas de los Organismos Públicos de Investigación de la Administración
General del Estado, publicada en el «Boletín Oficial del Estado» n.º 34, el día 9 de
febrero de 2023, se procede a efectuar la oportuna rectificación.
En la página 19380, en la letra i) del apartado tercero, donde dice:
«i) Divulgación y difusión de la ciencia, el conocimiento y la tecnología.
Así, se valorará entre otras actividades, la participación en conferencias y congresos,
especialmente como invitado, seminarios, jornadas, talleres, eventos profesionales,
científicos y de divulgación de la ciencia y la tecnología, colaboraciones contratadas con
entidades divulgadoras de la ciencia, como museos, fundaciones, etc., publicaciones en
revistas de divulgación, monografías y libros, contratos de servicios, o la participación en
comités editoriales de publicaciones científicas.
Asesoramiento científico-técnico y cualesquiera otras actividades y tareas realizadas
en los ámbitos de la investigación, de desarrollo experimental, de dirección, de gestión o
de transferencia del conocimiento.»
«i) Divulgación y difusión de la ciencia, el conocimiento y la tecnología.
Así, se valorará entre otras actividades, la participación en conferencias y congresos,
especialmente como invitado, seminarios, jornadas, talleres, eventos profesionales,
científicos y de divulgación de la ciencia y la tecnología, colaboraciones contratadas con
entidades divulgadoras de la ciencia, como museos, fundaciones, etc., publicaciones en
revistas de divulgación, monografías y libros, contratos de servicios, o la participación en
comités editoriales de publicaciones científicas.
j) Asesoramiento científico-técnico y cualesquiera otras actividades y tareas
realizadas en los ámbitos de la investigación, de desarrollo experimental, de dirección,
de gestión o de transferencia del conocimiento.»
Madrid, 15 de febrero de 2023.–La Secretaria General de Investigación, Raquel Yotti
Álvarez.
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