III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN. Pesca marítima. (BOE-A-2023-5001)
Resolución de 14 de febrero de 2023, de la Secretaría General de Pesca, por la que se dispone la asignación de cuotas de atún rojo y publicación del censo específico de la flota autorizada para el ejercicio de la pesca del atún rojo creado por el Real Decreto 46/2019, de 8 de febrero, por el que se regula la pesquería de atún rojo en el Atlántico Oriental y Mediterráneo.
24 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 47

Viernes 24 de febrero de 2023

Sec. III. Pág. 28355

Tercero.
Esta resolución producirá efectos a partir del día siguiente a su publicación en el
«Boletín Oficial del Estado».
Esta resolución no pone fin a la vía administrativa y contra la misma cabe interponer
recurso de alzada ante el Ministro de Agricultura, Pesca y Alimentación, en los términos
y plazos a que se refieren los artículos 121 y 122, en relación con el 114, de la
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas.
Madrid, 14 de febrero de 2023.–La Secretaria General de Pesca, Isabel Artime
García.
ANEXO I
Listas A), B), C), D) Y E) del censo específico de la flota autorizada para el ejercicio
de la pesca del atún rojo-2023
Nombre

Código

Lista

% Cuota

Kg 2023

1

AGUSTIN DEUNA.

25315

LISTA A CEBO VIVO DE CANTÁBRICO.

0,168761 11.448,19

2

AITANA DEL MAR.

25325

LISTA A CEBO VIVO DE CANTÁBRICO.

0,125680

8.525,72

3

ALBORAN UNO.

23463

LISTA C PALANGRE Y LÍNEA DE MANO.

0,103458

7.018,25

4

ALFONSITO CHICO.

26613

LISTA B FLOTA DE CAÑAS Y LÍNEA DE MANO DEL ESTRECHO. 0,030352

2.058,98

5

ANGEL CARMEN U.

23997

LISTA C PALANGRE Y LÍNEA DE MANO.

0,188294 12.773,24

6

ANTONIO Y ANGELITA.

22293

LISTA C PALANGRE Y LÍNEA DE MANO.

0,222156 15.070,33

7

ARRANTZALE.

25232

LISTA A CEBO VIVO DE CANTÁBRICO.

1,175544 79.745,03

8

ATTONA DOMINGO.

25606

LISTA A CEBO VIVO DE CANTÁBRICO.

1,006515 68.278,66

9

AVE SIN PUERTO.

2567

LISTA B FLOTA DE CAÑAS Y LÍNEA DE MANO DEL ESTRECHO. 0,035514

2.409,15

10 AZKOITIA.

25608

LISTA A CEBO VIVO DE CANTÁBRICO.

7.294,01

11 BARBARA Y SANDRA.

22287

LISTA B FLOTA DE CAÑAS Y LÍNEA DE MANO DEL ESTRECHO. 0,274237 18.603,33

12 BELMONTE HERNANDEZ.

24171

LISTA C PALANGRE Y LÍNEA DE MANO.

0,440575 29.887,15

13 BELMONTE QUIFES.

27207

LISTA C PALANGRE Y LÍNEA DE MANO.

0,112441

7.627,63

14 BERRIZ AVE MARIA.

25310

LISTA A CEBO VIVO DE CANTÁBRICO.

0,072453

4.914,97

15 BERRIZ IRIGOIEN.

23227

LISTA A CEBO VIVO DE CANTÁBRICO.

0,119806

8.127,24

16 BERRIZ KUKUARRI.

25568

LISTA A CEBO VIVO DE CANTÁBRICO.

1,158365 78.579,66

17 BERRIZ MATUTINA.

23394

LISTA A CEBO VIVO DE CANTÁBRICO.

0,903710 61.304,70

18 BETI AINGERU.

25321

LISTA A CEBO VIVO DE CANTÁBRICO.

0,079129

5.367,85

19 BETI PIEDAD.

25229

LISTA A CEBO VIVO DE CANTÁBRICO.

0,128885

8.743,13

20 BETI SAN LUIS.

10863

LISTA A CEBO VIVO DE CANTÁBRICO.

0,153718 10.427,72

21 BUSTILLO DONOSTI.

23948

LISTA A CEBO VIVO DE CANTÁBRICO.

0,338947 22.993,05

22 CABO DE PLATA.

ESP AL1 LISTA E DE ALMADRABAS.

0,107523

6,284583 426.325,37

23 DASERBE.

22025

LISTA B FLOTA DE CAÑAS Y LÍNEA DE MANO DEL ESTRECHO. 0,032844

24 DOLORES AGUADO.

26848

LISTA C PALANGRE Y LÍNEA DE MANO.

25 ELISA MARIA.

54165

LISTA B FLOTA DE CAÑAS Y LÍNEA DE MANO DEL ESTRECHO. 0,060098

26 ENRIQUE EL GATO.

24364

LISTA C PALANGRE Y LÍNEA DE MANO.

2.228,03

0,533473 36.189,05
4.076,85

3,478552 235.973,49

cve: BOE-A-2023-5001
Verificable en https://www.boe.es

N.º