I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES, UNIÓN EUROPEA Y COOPERACIÓN. Organización. (BOE-A-2023-4942)
Orden AUC/153/2023, de 14 de febrero, por la que se crean las Oficinas Consulares Honorarias, con categoría de Consulado Honorario de España, en Mataram y Surabaya, ambas en la República de Indonesia.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 47
Viernes 24 de febrero de 2023
Sec. I. Pág. 27687
I. DISPOSICIONES GENERALES
MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES, UNIÓN EUROPEA
Y COOPERACIÓN
Orden AUC/153/2023, de 14 de febrero, por la que se crean las Oficinas
Consulares Honorarias, con categoría de Consulado Honorario de España,
en Mataram y Surabaya, ambas en la República de Indonesia.
La República de Indonesia, con una extensión de 1.904.569 km2 y 280 millones de
habitantes distribuidos en más de 17.000 islas requiere, para la adecuada prestación de
los servicios consulares y para el impulso de las relaciones entre España y la República
de Indonesia, de una red de Oficinas Consulares Honorarias que preste apoyo a la
Embajada de España en Yakarta, que ahora mismo cuenta únicamente con la Oficina
Consular Honoraria de España en Bali.
El objetivo de esta red es doble. Por un lado, la atención de emergencias consulares,
que es más eficiente cuando se dispone de un enlace local que pueda ocuparse de las
gestiones más urgentes, sobre todo en un país como la República de Indonesia, situado
en el llamado «Cinturón de Fuego del Pacífico», con zonas de intensa actividad sísmica
que provocan erupciones volcánicas frecuentes y aumentan el riesgo de que se
produzcan tsunami. Por otro, las Oficinas Consulares Honorarias juegan un papel
destacado en las relaciones políticas, institucionales, culturales y económicas.
En consecuencia, para desarrollar la citada red, se crean dos nuevas Oficinas
Consulares Honorarias, en Mataram, en la provincia de Islas menores de la Sonda
occidentales (Nusa Tenggara Barat), y en Surabaya, en la provincia de Java Oriental.
La provincia de Islas menores de la Sonda occidentales forma parte del proyecto
indonesio de creación de polos de desarrollo, en concreto a través de la iniciativa «Diez
Nuevos Bali», que busca el desarrollo turístico y económico de la región, que atraerá
tanto turismo como inversiones españolas. Por su parte, la provincia de Java Oriental es
uno de los principales centros económicos del país, y Surabaya, su capital, es la
segunda ciudad más importante de la República de Indonesia. Numerosos Estados
miembros de la Unión Europea cuentan con Oficinas Consulares de Carrera u
Honorarias en Surabaya, lo que, unido al tránsito frecuente de españoles, ya sea por
motivos empresariales o por turismo, motiva la creación de una Oficina Consular
Honoraria de España en la citada ciudad. Además, se han creado dos Zonas
Económicas Especiales en la provincia de Java Oriental para su desarrollo económico,
incluyendo un polo de desarrollo digital, que atraerán la inversión extranjera directa de
numerosas empresas, entre ellas las españolas, para lo que es necesario contar con
presencia institucional en la zona que promueva los intereses de nuestro país.
Por ello, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 48.1 de la Ley 2/2014, de 25 de
marzo, de la Acción y del Servicio Exterior del Estado, en relación con el Reglamento de
los Agentes Consulares Honorarios de España en el extranjero, aprobado por Real
Decreto 1390/2007, de 29 de octubre, a iniciativa de la Dirección General del Servicio
Exterior, de conformidad con la propuesta formulada por la Embajada de España en
Yakarta, con el informe favorable de la Dirección General de Españoles en el Exterior y
Asuntos Consulares y de la Dirección General para América del Norte, Europa Oriental,
Asia y Pacífico, dispongo:
Artículo 1. Creación de la Oficina Consular Honoraria de España en Mataram.
Se crea la Oficina Consular Honoraria, con categoría de Consulado Honorario de
España, en Mataram, en la República de Indonesia, cuya circunscripción abarcará la
provincia de Islas menores de la Sonda Occidentales.
cve: BOE-A-2023-4942
Verificable en https://www.boe.es
4942
Núm. 47
Viernes 24 de febrero de 2023
Sec. I. Pág. 27687
I. DISPOSICIONES GENERALES
MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES, UNIÓN EUROPEA
Y COOPERACIÓN
Orden AUC/153/2023, de 14 de febrero, por la que se crean las Oficinas
Consulares Honorarias, con categoría de Consulado Honorario de España,
en Mataram y Surabaya, ambas en la República de Indonesia.
La República de Indonesia, con una extensión de 1.904.569 km2 y 280 millones de
habitantes distribuidos en más de 17.000 islas requiere, para la adecuada prestación de
los servicios consulares y para el impulso de las relaciones entre España y la República
de Indonesia, de una red de Oficinas Consulares Honorarias que preste apoyo a la
Embajada de España en Yakarta, que ahora mismo cuenta únicamente con la Oficina
Consular Honoraria de España en Bali.
El objetivo de esta red es doble. Por un lado, la atención de emergencias consulares,
que es más eficiente cuando se dispone de un enlace local que pueda ocuparse de las
gestiones más urgentes, sobre todo en un país como la República de Indonesia, situado
en el llamado «Cinturón de Fuego del Pacífico», con zonas de intensa actividad sísmica
que provocan erupciones volcánicas frecuentes y aumentan el riesgo de que se
produzcan tsunami. Por otro, las Oficinas Consulares Honorarias juegan un papel
destacado en las relaciones políticas, institucionales, culturales y económicas.
En consecuencia, para desarrollar la citada red, se crean dos nuevas Oficinas
Consulares Honorarias, en Mataram, en la provincia de Islas menores de la Sonda
occidentales (Nusa Tenggara Barat), y en Surabaya, en la provincia de Java Oriental.
La provincia de Islas menores de la Sonda occidentales forma parte del proyecto
indonesio de creación de polos de desarrollo, en concreto a través de la iniciativa «Diez
Nuevos Bali», que busca el desarrollo turístico y económico de la región, que atraerá
tanto turismo como inversiones españolas. Por su parte, la provincia de Java Oriental es
uno de los principales centros económicos del país, y Surabaya, su capital, es la
segunda ciudad más importante de la República de Indonesia. Numerosos Estados
miembros de la Unión Europea cuentan con Oficinas Consulares de Carrera u
Honorarias en Surabaya, lo que, unido al tránsito frecuente de españoles, ya sea por
motivos empresariales o por turismo, motiva la creación de una Oficina Consular
Honoraria de España en la citada ciudad. Además, se han creado dos Zonas
Económicas Especiales en la provincia de Java Oriental para su desarrollo económico,
incluyendo un polo de desarrollo digital, que atraerán la inversión extranjera directa de
numerosas empresas, entre ellas las españolas, para lo que es necesario contar con
presencia institucional en la zona que promueva los intereses de nuestro país.
Por ello, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 48.1 de la Ley 2/2014, de 25 de
marzo, de la Acción y del Servicio Exterior del Estado, en relación con el Reglamento de
los Agentes Consulares Honorarios de España en el extranjero, aprobado por Real
Decreto 1390/2007, de 29 de octubre, a iniciativa de la Dirección General del Servicio
Exterior, de conformidad con la propuesta formulada por la Embajada de España en
Yakarta, con el informe favorable de la Dirección General de Españoles en el Exterior y
Asuntos Consulares y de la Dirección General para América del Norte, Europa Oriental,
Asia y Pacífico, dispongo:
Artículo 1. Creación de la Oficina Consular Honoraria de España en Mataram.
Se crea la Oficina Consular Honoraria, con categoría de Consulado Honorario de
España, en Mataram, en la República de Indonesia, cuya circunscripción abarcará la
provincia de Islas menores de la Sonda Occidentales.
cve: BOE-A-2023-4942
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