II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. CONSEJO DE SEGURIDAD NUCLEAR. Funcionarios de los Subgrupos A1, A2, C1 y C2. (BOE-A-2023-4838)
Resolución de 16 de febrero de 2023, del Consejo de Seguridad Nuclear, por la que se modifica la de 31 de enero de 2023, por la que se convoca concurso específico para la provisión de puestos de trabajo.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 46
Jueves 23 de febrero de 2023
Sec. II.B. Pág. 27432
II. AUTORIDADES Y PERSONAL
B. Oposiciones y concursos
CONSEJO DE SEGURIDAD NUCLEAR
4838
Resolución de 16 de febrero de 2023, del Consejo de Seguridad Nuclear, por
la que se modifica la de 31 de enero de 2023, por la que se convoca
concurso específico para la provisión de puestos de trabajo.
Con fecha 9 de febrero de 2023, se publicó en el «Boletín Oficial del Estado» la
Resolución de 31 de enero de 2023, del Consejo de Seguridad Nuclear, por la que se
convoca concurso específico para la provisión de puestos de trabajo.
Habiéndose advertido que la citada Resolución de fecha 31 de enero de 2023, de
convocatoria, difiere de los criterios aprobados, con fecha 29 de septiembre de 2022, por la
Dirección General de la Función Pública respecto a las bases comunes de concursos
específicos de méritos, en el sentido de eliminar las limitaciones del personal funcionario
que presta servicios en el SEPE, en el FOGASA, y aquellos funcionarios que tengan
reservados puestos como Jefe/a de Sección de Inspección Farmacéutica y Control de
Drogas, Inspector/a de Sanidad Vegetal y Coordinador/a de Inspección de Sanidad Vegetal,
procede modificar la Resolución de 31 de enero de 2023, para permitir la participación en el
concurso de méritos del CSN, de los funcionarios que se encuentren prestando servicios en
dichos organismos públicos o se encuentren en dichos supuestos.
En consecuencia, acuerdo modificar la Resolución de 31 de enero de 2023, del CSN
en los siguientes términos:
Primero.
La base primera denominada «Participación», queda redactada de la siguiente
forma:
Podrán solicitarse cuantos puestos de trabajo se incluyen en esta convocatoria
siempre que se reúnan los requisitos que en ella se establecen y que el nivel del puesto
solicitado se encuentre dentro del intervalo correspondiente al subgrupo de procedencia.
La fecha de referencia para el cumplimiento de los requisitos exigidos y la posesión
de los méritos que se aleguen será el día de finalización del plazo de presentación de las
solicitudes de participación. Estos requisitos habrán de mantenerse hasta la fecha de
toma de posesión en el puesto adjudicado.
Segundo.
Se modifica el plazo de presentación de solicitudes de participación en el concurso
de méritos, el cual será de quince días hábiles a partir del día siguiente al de la
publicación de la presente Resolución en el «Boletín Oficial del Estado».
cve: BOE-A-2023-4838
Verificable en https://www.boe.es
1. Podrá participar en el concurso el personal funcionario de carrera del Consejo de
Seguridad Nuclear y de la Administración General del Estado al que se refiere el
artículo 1.1 de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de medidas para la reforma de la Función
Pública, que pertenezca a cuerpos y escalas clasificados en los grupos según el
artículo 76 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba
el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.
2. Los y las aspirantes deberán reunir los requisitos que se indican para cada
puesto en el anexo I.
Núm. 46
Jueves 23 de febrero de 2023
Sec. II.B. Pág. 27432
II. AUTORIDADES Y PERSONAL
B. Oposiciones y concursos
CONSEJO DE SEGURIDAD NUCLEAR
4838
Resolución de 16 de febrero de 2023, del Consejo de Seguridad Nuclear, por
la que se modifica la de 31 de enero de 2023, por la que se convoca
concurso específico para la provisión de puestos de trabajo.
Con fecha 9 de febrero de 2023, se publicó en el «Boletín Oficial del Estado» la
Resolución de 31 de enero de 2023, del Consejo de Seguridad Nuclear, por la que se
convoca concurso específico para la provisión de puestos de trabajo.
Habiéndose advertido que la citada Resolución de fecha 31 de enero de 2023, de
convocatoria, difiere de los criterios aprobados, con fecha 29 de septiembre de 2022, por la
Dirección General de la Función Pública respecto a las bases comunes de concursos
específicos de méritos, en el sentido de eliminar las limitaciones del personal funcionario
que presta servicios en el SEPE, en el FOGASA, y aquellos funcionarios que tengan
reservados puestos como Jefe/a de Sección de Inspección Farmacéutica y Control de
Drogas, Inspector/a de Sanidad Vegetal y Coordinador/a de Inspección de Sanidad Vegetal,
procede modificar la Resolución de 31 de enero de 2023, para permitir la participación en el
concurso de méritos del CSN, de los funcionarios que se encuentren prestando servicios en
dichos organismos públicos o se encuentren en dichos supuestos.
En consecuencia, acuerdo modificar la Resolución de 31 de enero de 2023, del CSN
en los siguientes términos:
Primero.
La base primera denominada «Participación», queda redactada de la siguiente
forma:
Podrán solicitarse cuantos puestos de trabajo se incluyen en esta convocatoria
siempre que se reúnan los requisitos que en ella se establecen y que el nivel del puesto
solicitado se encuentre dentro del intervalo correspondiente al subgrupo de procedencia.
La fecha de referencia para el cumplimiento de los requisitos exigidos y la posesión
de los méritos que se aleguen será el día de finalización del plazo de presentación de las
solicitudes de participación. Estos requisitos habrán de mantenerse hasta la fecha de
toma de posesión en el puesto adjudicado.
Segundo.
Se modifica el plazo de presentación de solicitudes de participación en el concurso
de méritos, el cual será de quince días hábiles a partir del día siguiente al de la
publicación de la presente Resolución en el «Boletín Oficial del Estado».
cve: BOE-A-2023-4838
Verificable en https://www.boe.es
1. Podrá participar en el concurso el personal funcionario de carrera del Consejo de
Seguridad Nuclear y de la Administración General del Estado al que se refiere el
artículo 1.1 de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de medidas para la reforma de la Función
Pública, que pertenezca a cuerpos y escalas clasificados en los grupos según el
artículo 76 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba
el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.
2. Los y las aspirantes deberán reunir los requisitos que se indican para cada
puesto en el anexo I.