III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2023-4928)
Resolución de 13 de febrero de 2023, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula informe de determinación de afección ambiental del proyecto «Planta híbrida fotovoltaica "Esquileo I" en el término municipal de Ampudia (Palencia)».
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Jueves 23 de febrero de 2023

Sec. III. Pág. 27626

informes periódicos con los resultados del seguimiento ambiental durante la
construcción, explotación y desmantelamiento.
Si se detectasen circunstancias que supusiesen riesgos para las especies incluidas
en el Catálogo Español de Especies Amenazadas, la Consejería de Medio Ambiente,
Vivienda y Ordenación del Territorio de la Junta de Castilla y León podrá tomar las
medidas oportunas para minimizar dichos riesgos.
Se respetará la vegetación silvestre existente en el emplazamiento de las plantas
fotovoltaicas y su entorno, como islas de vegetación, ribazos, linderos, vegetación
riparia.
Se sembrará bajo los paneles una mezcla de herbáceas autóctonas.
Se instalará una franja vegetal en el vallado perimetral de, al menos, 2 m de anchura
a lo largo de toda la extensión de la planta fotovoltaica, mediante la plantación de
especies arbóreas y arbustivas autóctonas propias de la zona. La pantalla vegetal se
instalará en todo el contorno de los subcampos del parque fotovoltaico, así como en los
casos que el cercado límite con un camino agrícola, exceptuándose en las zonas que,
por vía de acceso, pendiente, arroyo o distancia del vallado a zonas de vegetación
natural, no permitan su instalación o esta no se considere necesaria. Aun no siendo
arbórea, deberá alcanzar la altura suficiente para actuar como pantalla visual.
En relación con la afección del paisaje, considerando la permeabilidad del vallado
para la fauna, se procurará la máxima naturalidad al entorno variando la densidad en
función de la zona de plantación, a través de un plan de restauración y revegetación con
el empleo de especies arbóreas y arbustivas propias de la zona, en coordinación con el
Servicio Territorial de Medio Ambiente de Palencia de la Junta de Castilla y León.
Las zanjas de cableado y los viales internos entre los seguidores y los módulos no se
podrán pavimentar, ni cubrir con grava o zahorra. Respecto de los caminos principales
que requieran de actuaciones de consolidación, se realizarán con zahorras de la misma
tonalidad que el entorno.
Se efectuará un control arqueológico por un arqueólogo en las obras de remoción de
tierras necesarias para la ejecución del proyecto y en caso de hallazgos casuales, se
actuará de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 60 de la Ley 12/2002 de Patrimonio
Cultural de Castilla y León.
Se balizará, señalizará y protegerá la estructura del chozo de pastor detectada en la
prospección arqueológica previa con anterioridad al inicio de los trabajos de construcción
y durante la fase de obra.
En caso de que aparecieran restos de valor cultural, se paralizarán inmediatamente
los trabajos y se comunicará a la autoridad en patrimonio cultural. Cualquier modificación
del proyecto debe contar con autorización de la autoridad en patrimonio cultural.
Se estará a lo dispuesto en la resolución de la Comisión de Patrimonio Cultural de
Castilla y León de la Junta de Castilla y León, una vez haya evaluado el informe
resultante de la prospección arqueológica previa, para determinar la viabilidad del
proyecto y las medidas protectoras y correctoras en relación a sus afecciones sobre
patrimonio cultural.
Se debe evitar la afección sobre vías pecuarias y, en todo momento, respetar su
integridad. En caso de requerir la ocupación temporal de algún tramo o cualquier
actuación sobre la misma, deberá solicitarse autorización al Servicio Territorial de Medio
Ambiente de Palencia de la Junta de Castilla y León, de conformidad con lo dispuesto en
la Ley 3/1995, de 23 de marzo, de Vías Pecuarias.
Se designarán las zonas concretas de almacenamiento de residuos, que serán
señalizadas correctamente, y se realizará una clasificación correcta de los residuos, en
un estudio y plan previo de gestión de residuos. Se realizará una vigilancia y seguimiento
del correcto almacenamiento y gestión de los residuos. Cada contrata o empresa que
trabaje en el proyecto tendrá un gestor de residuos autorizado.
Toda actuación no prevista en la documentación aportada que surja en el transcurso
de las obras y/o durante la vida útil de las instalaciones, así como en la fase de
desmantelamiento de las mismas, en su caso, y que pueda afectar a cualquier elemento

cve: BOE-A-2023-4928
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Núm. 46