V. Anuncios. - B. Otros anuncios oficiales. MINISTERIO DE HACIENDA Y FUNCIÓN PÚBLICA. (BOE-B-2023-5446)
Extracto de la Resolución de 16 de febrero de 2023 de la Comisión Ejecutiva del Consorcio de la Ciudad de Toledo, por la que se convocan subvenciones en especie a la rehabilitación de locales comerciales en el casco histórico de Toledo en régimen de concurrencia competitiva
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 46
Jueves 23 de febrero de 2023
Sec. V-B. Pág. 8373
reguladoras por las que se rige la presente convocatoria.
Cuarto. Criterios de Valoración
Teniendo en cuenta la excepcionalidad prevista en el artículo 22.1 de la LGS,
las solicitudes presentadas no se acogerán a criterios de prelación, sino que se
procederá al cálculo de las subvenciones atendiendo a lo previsto en el artículo 12
de las bases reguladoras por las que se rige la presente convocatoria, con el límite
del crédito presupuestario fijado en la citada convocatoria.
No se admite el prorrateo, no obstante, el crédito presupuestario sobrante
podrá destinarse al beneficiario con la puntuación inmediatamente anterior a la
puntuación de corte con derecho a subvención, siempre y cuando el citado
beneficiario acepte la propuesta de subvención remitida por el órgano de
instrucción, con la adecuación de actuación correspondiente y renuncia expresa al
importe en exceso solicitado.
Las solicitudes se valorarán de acuerdo con los criterios detallados el artículo
15 de las bases reguladoras, para lo cual será necesario presentar el anexo I
debidamente cumplimentado.
Quinto. Créditos.
1. Las subvenciones que se convocan se financiarán con cargo a la partida
presupuestaria 26101.772, Política de Vivienda e Infraestructura: Subvenciones en
especie rehabilitación de locales comerciales, del presupuesto para el año 2023
del Consorcio de la Ciudad de Toledo y serán aprobadas por Resolución del
Órgano competente según lo establecido en las bases reguladoras por las que se
rige la presente convocatoria, teniendo en cuenta la cuantía de los presupuestos
asignados.
2. La cuantía total máxima para la presente convocatoria será de noventa mil
euros (90.000,00 €) imputados a la anualidad 2023.
3. Se podrá incrementar la cuantía máxima de la presente convocatoria con
sujeción a lo dispuesto en el artículo 58 del RGS.
En todo caso, el incremento debe realizarse en cualquier momento anterior a la
resolución de concesión.
El nuevo importe que resulte del incremento deberá ser objeto de
comunicación a la Base de Datos Nacional de Subvenciones y de publicación en el
BOE, antes de la resolución de concesión, sin que tal publicación implique la
apertura de un nuevo plazo.
Las solicitudes de subvención se presentarán en la oficina del Consorcio de la
Ciudad de Toledo, Plaza de Santo Domingo el Antiguo nº 4.
Las solicitudes se presentarán en modelo oficial normalizado, junto con el
formulario de consentimiento de consulta de datos y Anexo I, que se facilitarán en
la citada oficina del Consorcio o podrán descargarse a través de la página web del
Consorcio de la Ciudad de Toledo, www.consorciotoledo.com, acompañadas de la
documentación que para cada caso se indique en el artículo 14 de las bases
reguladoras por las que se rige la presente convocatoria.
cve: BOE-B-2023-5446
Verificable en https://www.boe.es
Sexto. Lugar de presentación de las solicitudes
Núm. 46
Jueves 23 de febrero de 2023
Sec. V-B. Pág. 8373
reguladoras por las que se rige la presente convocatoria.
Cuarto. Criterios de Valoración
Teniendo en cuenta la excepcionalidad prevista en el artículo 22.1 de la LGS,
las solicitudes presentadas no se acogerán a criterios de prelación, sino que se
procederá al cálculo de las subvenciones atendiendo a lo previsto en el artículo 12
de las bases reguladoras por las que se rige la presente convocatoria, con el límite
del crédito presupuestario fijado en la citada convocatoria.
No se admite el prorrateo, no obstante, el crédito presupuestario sobrante
podrá destinarse al beneficiario con la puntuación inmediatamente anterior a la
puntuación de corte con derecho a subvención, siempre y cuando el citado
beneficiario acepte la propuesta de subvención remitida por el órgano de
instrucción, con la adecuación de actuación correspondiente y renuncia expresa al
importe en exceso solicitado.
Las solicitudes se valorarán de acuerdo con los criterios detallados el artículo
15 de las bases reguladoras, para lo cual será necesario presentar el anexo I
debidamente cumplimentado.
Quinto. Créditos.
1. Las subvenciones que se convocan se financiarán con cargo a la partida
presupuestaria 26101.772, Política de Vivienda e Infraestructura: Subvenciones en
especie rehabilitación de locales comerciales, del presupuesto para el año 2023
del Consorcio de la Ciudad de Toledo y serán aprobadas por Resolución del
Órgano competente según lo establecido en las bases reguladoras por las que se
rige la presente convocatoria, teniendo en cuenta la cuantía de los presupuestos
asignados.
2. La cuantía total máxima para la presente convocatoria será de noventa mil
euros (90.000,00 €) imputados a la anualidad 2023.
3. Se podrá incrementar la cuantía máxima de la presente convocatoria con
sujeción a lo dispuesto en el artículo 58 del RGS.
En todo caso, el incremento debe realizarse en cualquier momento anterior a la
resolución de concesión.
El nuevo importe que resulte del incremento deberá ser objeto de
comunicación a la Base de Datos Nacional de Subvenciones y de publicación en el
BOE, antes de la resolución de concesión, sin que tal publicación implique la
apertura de un nuevo plazo.
Las solicitudes de subvención se presentarán en la oficina del Consorcio de la
Ciudad de Toledo, Plaza de Santo Domingo el Antiguo nº 4.
Las solicitudes se presentarán en modelo oficial normalizado, junto con el
formulario de consentimiento de consulta de datos y Anexo I, que se facilitarán en
la citada oficina del Consorcio o podrán descargarse a través de la página web del
Consorcio de la Ciudad de Toledo, www.consorciotoledo.com, acompañadas de la
documentación que para cada caso se indique en el artículo 14 de las bases
reguladoras por las que se rige la presente convocatoria.
cve: BOE-B-2023-5446
Verificable en https://www.boe.es
Sexto. Lugar de presentación de las solicitudes