II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE HACIENDA Y FUNCIÓN PÚBLICA. Cuerpo de Arquitectos de la Hacienda Pública. (BOE-A-2023-4695)
Resolución de 17 de febrero de 2023, de la Subsecretaría, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso libre y promoción interna, en el Cuerpo de Arquitectos de la Hacienda Pública.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 45

Miércoles 22 de febrero de 2023

Sec. II.B. Pág. 26901

candidatos con todos los que hayan superado al menos un ejercicio de la oposición,
ordenados por la suma total de la puntuación obtenida en cada uno de los ejercicios
aprobados, con la finalidad de que la selección de funcionarios interinos del Cuerpo de
Arquitectos de la Hacienda Pública se pueda realizar con esta lista de candidatos
mediante procedimientos ágiles.
10.2 Para poder iniciar el procedimiento de gestión de la lista de candidatos, será
necesario el informe favorable de la Dirección General de la Función Pública.
10.3 Este procedimiento de selección de funcionarios interinos se hará público en la
página web del Ministerio de Hacienda y Función Pública (www.hacienda.gob.es).
11.

Norma final

Al presente proceso selectivo le será de aplicación el Real Decreto
Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley
del Estatuto Básico del Empleado Público, el resto de la legislación vigente en la materia
y lo dispuesto en la presente Resolución.
Contra la presente resolución podrá interponerse, con carácter potestativo, recurso
de reposición ante la Subsecretaria de Hacienda y Función Pública en el plazo de un
mes desde su publicación, o bien, recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos
meses desde su publicación, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal
Superior de Justicia de Madrid, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 39/2015, de 1
de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y
en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contenciosoadministrativa, significándose que, en caso de interponer recurso de reposición, no se
podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto
expresamente o se haya producido la desestimación presunta del mismo.
Asimismo, la Administración podrá, en su caso, proceder a la revisión de las
resoluciones del Tribunal, conforme a lo previsto en la citada Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Madrid, 17 de febrero de 2023.–La Subsecretaria de Hacienda y Función Pública,
Pilar Paneque Sosa.
ANEXO I
Descripción del proceso selectivo y valoración
I.

Proceso selectivo

El proceso selectivo constará de las siguientes fases:
Para el sistema general de acceso libre:
I.1
I.3

Oposición.
Curso selectivo.

I.1 Oposición.
I.2 Concurso.
I.3 Curso selectivo.
I.1 Fase de oposición. Las pruebas de la fase de oposición consistirán en la
superación de cuatro ejercicios de carácter obligatorio y eliminatorio.
Las funcionarias y funcionarios españoles de Organismos Internacionales podrán
acceder al empleo público siempre que posean la titulación requerida y superen el
correspondiente proceso selectivo. La exención de la realización de pruebas

cve: BOE-A-2023-4695
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Para el sistema general de promoción interna: