II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. UNIVERSIDADES. Cuerpos docentes universitarios. (BOE-A-2023-4770)
Resolución de 15 de febrero de 2023, de la Universidad de Cádiz y el Servicio Andaluz de Salud, por la que se convoca concurso de acceso a plaza vinculada de cuerpos docentes universitarios.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 45
Miércoles 22 de febrero de 2023
Sec. II.B. Pág. 27094
Bases de convocatoria
1.
Normas generales
1.1 Al presente concurso le será de aplicación la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de
diciembre, de Universidades; modificada por la Ley Orgánica 4/2007, de 12 de abril; el
Real Decreto 1312/2007, de 5 de octubre, por el que se establece la Acreditación
Nacional para el acceso a los Cuerpos Docentes Universitarios; el Real
Decreto 1313/2007, de 5 de octubre, por el que se regula el régimen de los concursos de
acceso a Cuerpos Docentes Universitarios; la Ley 14/1986, de 25 de abril, General de
Sanidad; la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de
las Administraciones Públicas; la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del
Sector Público; el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se
aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público; el
Decreto 281/2003, de 7 octubre, por el que se aprueban los Estatutos de la Universidad
de Cádiz; el Reglamento UCA/CG19/2008, de 15 de diciembre, para los Concursos de
Acceso entre Acreditados a Cuerpos de Funcionarios Docentes Universitarios de la
Universidad de Cádiz; la legislación general de funcionarios civiles del estado; las
presentes bases de convocatoria, así como las demás normas de carácter general que
resulten de aplicación.
1.2 Las plazas convocadas son de la especialidad y el área asistencial al que está
adscrito el Servicio Jerarquizado correspondiente, especificado en el anexo I de la
presente resolución.
1.3 La dedicación del personal que obtenga plaza en virtud de la presente
convocatoria será con carácter exclusivo a la actividad docente y al sistema sanitario
público. El régimen de prestación de servicios asistenciales será el que tenga asignado
en cada momento el Servicio al que se encuentre adscrito, pudiendo ser éste,
indistintamente de mañana o tarde.
1.4 Las plazas de Cuerpos Docentes Universitarios de la Universidad de Cádiz
convocadas quedan vinculadas orgánicamente al servicio jerarquizado correspondiente y
funcionalmente al Área Asistencial al que esté adscrito dicho Servicio Jerarquizado.
1.5 La vinculación de las plazas de Cuerpos Docentes con el Servicio Andaluz de
Salud será en la categoría de Facultativo Especialista de Área. En el caso de que el
concursante que obtuviera la plaza se encontrase en ejercicio activo, en el momento de
la toma de posesión, con una plaza de Jefe de Departamento, Servicio o Sección,
obtenida a través de concurso-oposición, en el mismo Centro y especialidad de la plaza
a concurso, se mantendrá en el cargo que viniese desempeñando. Para los que
obtuvieron las plazas de Jefe de Servicio o Sección con posterioridad a la entrada en
vigor de la Orden Ministerial de 5 de febrero de 1985 será de aplicación, para el
mantenimiento del cargo, el sistema de provisión de cargos intermedios de los centros
sanitarios del Servicio Andaluz de Salud recogido en el Capítulo III del Decreto 75/2007,
de 13 de marzo.
2. Requisitos de los candidatos
2.1
Requisitos generales:
a) Tener la nacionalidad española, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 57 del
Estatuto Básico del Empleado Público.
b) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.
c) Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de
jubilación forzosa. Sólo por ley podrá establecerse otra edad máxima, distinta de la edad
de jubilación forzosa, para el acceso al empleo público.
cve: BOE-A-2023-4770
Verificable en https://www.boe.es
Para ser admitido a las presentes pruebas selectivas, los aspirantes deberán reunir
los siguientes requisitos:
Núm. 45
Miércoles 22 de febrero de 2023
Sec. II.B. Pág. 27094
Bases de convocatoria
1.
Normas generales
1.1 Al presente concurso le será de aplicación la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de
diciembre, de Universidades; modificada por la Ley Orgánica 4/2007, de 12 de abril; el
Real Decreto 1312/2007, de 5 de octubre, por el que se establece la Acreditación
Nacional para el acceso a los Cuerpos Docentes Universitarios; el Real
Decreto 1313/2007, de 5 de octubre, por el que se regula el régimen de los concursos de
acceso a Cuerpos Docentes Universitarios; la Ley 14/1986, de 25 de abril, General de
Sanidad; la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de
las Administraciones Públicas; la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del
Sector Público; el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se
aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público; el
Decreto 281/2003, de 7 octubre, por el que se aprueban los Estatutos de la Universidad
de Cádiz; el Reglamento UCA/CG19/2008, de 15 de diciembre, para los Concursos de
Acceso entre Acreditados a Cuerpos de Funcionarios Docentes Universitarios de la
Universidad de Cádiz; la legislación general de funcionarios civiles del estado; las
presentes bases de convocatoria, así como las demás normas de carácter general que
resulten de aplicación.
1.2 Las plazas convocadas son de la especialidad y el área asistencial al que está
adscrito el Servicio Jerarquizado correspondiente, especificado en el anexo I de la
presente resolución.
1.3 La dedicación del personal que obtenga plaza en virtud de la presente
convocatoria será con carácter exclusivo a la actividad docente y al sistema sanitario
público. El régimen de prestación de servicios asistenciales será el que tenga asignado
en cada momento el Servicio al que se encuentre adscrito, pudiendo ser éste,
indistintamente de mañana o tarde.
1.4 Las plazas de Cuerpos Docentes Universitarios de la Universidad de Cádiz
convocadas quedan vinculadas orgánicamente al servicio jerarquizado correspondiente y
funcionalmente al Área Asistencial al que esté adscrito dicho Servicio Jerarquizado.
1.5 La vinculación de las plazas de Cuerpos Docentes con el Servicio Andaluz de
Salud será en la categoría de Facultativo Especialista de Área. En el caso de que el
concursante que obtuviera la plaza se encontrase en ejercicio activo, en el momento de
la toma de posesión, con una plaza de Jefe de Departamento, Servicio o Sección,
obtenida a través de concurso-oposición, en el mismo Centro y especialidad de la plaza
a concurso, se mantendrá en el cargo que viniese desempeñando. Para los que
obtuvieron las plazas de Jefe de Servicio o Sección con posterioridad a la entrada en
vigor de la Orden Ministerial de 5 de febrero de 1985 será de aplicación, para el
mantenimiento del cargo, el sistema de provisión de cargos intermedios de los centros
sanitarios del Servicio Andaluz de Salud recogido en el Capítulo III del Decreto 75/2007,
de 13 de marzo.
2. Requisitos de los candidatos
2.1
Requisitos generales:
a) Tener la nacionalidad española, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 57 del
Estatuto Básico del Empleado Público.
b) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.
c) Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de
jubilación forzosa. Sólo por ley podrá establecerse otra edad máxima, distinta de la edad
de jubilación forzosa, para el acceso al empleo público.
cve: BOE-A-2023-4770
Verificable en https://www.boe.es
Para ser admitido a las presentes pruebas selectivas, los aspirantes deberán reunir
los siguientes requisitos: