III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2023-4626)
Resolución de 6 de febrero de 2023, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el Convenio colectivo de Acciona Mobility, SA.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 44

Martes 21 de febrero de 2023

Sec. III. Pág. 26558

c) Aquellas personas que, a pesar de no formar parte de ninguno de los colectivos
anteriores, sean habilitadas para el uso de los recursos TIC de ACCIONA.
Quedan sujetos a las directrices establecidas en esta norma todos los recursos TIC
de ACCIONA, incluidas las infraestructuras y servicios TIC, ya sean personales o
compartidos, y estén o no conectados a la red.
3.

Definiciones

Recurso TIC: Cualquier dispositivo tecnológico puesto a disposición del usuario o
usado por el mismo durante la ejecución de sus funciones profesionales, así como el
software instalado en los mismos; tales como ordenadores, dispositivos móviles,
periféricos, teléfonos, sistemas operativos, aplicaciones o servicios, impresoras,
infraestructuras, acceso a redes de comunicación, correo electrónico, mensajería
electrónica, plataformas de vídeo y/o colaboración, sistemas y servicios relacionados con
las comunicaciones (sean alámbricas o inalámbricas), sistemas de almacenamiento y
documentación que pertenecen o son administrados por ACCIONA y que tienen
capacidad de gestionar, almacenar o tratar información.
4.
4.1

Reglas generales de uso

Cuestiones de aplicación generales a todos los recursos TIC

ACCIONA pone a disposición de los usuarios que así lo precisen recursos TIC para
el desarrollo de su actividad profesional, cuyo uso implica el respeto de la normativa
vigente, los principios establecidos en el Código de Conducta de ACCIONA, así como
todas aquellas reglas de uso establecidas en la presente norma y en cualquier otra
norma de carácter interno que pudiera ser de aplicación.
– Todos los recursos TIC que la Compañía pone a disposición de los usuarios deben
utilizarse de forma adecuada para el desarrollo de las funciones y cometidos
profesionales.
– Los recursos TIC asignados son propiedad de ACCIONA, o bien se encuentran
bajo responsabilidad de ésta en virtud de un acuerdo, compromiso o cumplimiento legal
para su tenencia o tratamiento. El uso de los mismos con fines no profesionales tendrá
carácter limitado y se efectuará, en todo caso, de forma moderada, de acuerdo a las
reglas, restricciones o prohibiciones que se especifican en la presente norma.

– El uso de los dispositivos digitales que implique una vulneración de los valores y
principios establecidos en el Código de Conducta de ACCIONA y/o contradiga
cualesquiera otras normas corporativas, o pongan en riesgo la seguridad o la reputación
de la Compañía.
– Hacer uso de los recursos TIC para transmitir, distribuir o almacenar cualquier
material que constituya o pueda constituir un atentado contra la dignidad de las personas
incurrir en actividades ilícitas o ilegales de cualquier tipo y, particularmente, almacenar
y/o difundir contenidos de carácter discriminatorio, racista, xenófobo, pornográfico,
sexista, de apología del terrorismo, que atenten contra los derechos humanos, o que
actúen en perjuicio de los derechos a la intimidad, al honor, a la propia imagen o contra
la dignidad de las personas o puedan ser considerados obscenos, difamatorios o
amenazadores.

cve: BOE-A-2023-4626
Verificable en https://www.boe.es

ACCIONA podrá acceder al contenido derivado del uso de los Recursos TIC al efecto
de controlar el cumplimiento de las obligaciones establecidas en la presente norma de
uso de recursos TIC, garantizar la integridad de dichos dispositivos o ante una necesidad
empresarial justificada, de acuerdo con lo previsto en el apartado 4.7 de esta norma.
A modo enunciativo, pero no limitativo, están prohibidos los siguientes
comportamientos: