V. Anuncios. - B. Otros anuncios oficiales. MINISTERIO DE HACIENDA Y FUNCIÓN PÚBLICA. (BOE-B-2023-5309)
Extracto de la Resolución de 14 de febrero de 2023 de la Comisión Ejecutiva del Consorcio de la Ciudad de Toledo, por la que se convocan subvenciones a la rehabilitación de edificios no residenciales en el casco histórico de Toledo en régimen de concurrencia competitiva
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 44

Martes 21 de febrero de 2023

Sec. V-B. Pág. 8109

Consorcio de la Ciudad de Toledo para la rehabilitación de edificios no
residenciales en el casco histórico de Toledo, según acuerdo del Consejo de
Administración de 21 de diciembre de 2021, y publicadas en el BOE con fecha 28
de diciembre de 2021.
Tercero. Condiciones Generales y Requisitos
La actuación subvencionable y los beneficiarios de la subvención deberán
cumplir las condiciones recogidas en los artículos 5, 7, 8 y 9 de las bases
reguladoras por las que se rige la presente convocatoria.
Cuarto. Criterios de Valoración
Teniendo en cuenta la excepcionalidad prevista en el artículo 22.1 de la LGS,
las solicitudes presentadas no se acogerán a criterios de prelación, sino que se
procederá al cálculo de las subvenciones atendiendo a lo previsto en el artículo 10
de las bases reguladoras por las que se rige la presente convocatoria, con el límite
del crédito presupuestario fijado en la citada convocatoria. En el supuesto de que
el crédito de la convocatoria no sea suficiente para atender todas las solicitudes, se
procederá al prorrateo entre los beneficiarios de las subvenciones, según lo
establecido en el artículo 17 de las bases reguladoras.
Quinto. Créditos
1. Las subvenciones que se convocan se financiarán con cargo a la partida
presupuestaria 26101.783, Política de Vivienda e Infraestructura: Subvenciones
dinerarias rehabilitación de edificios no residenciales del presupuesto para el año
2023 del Consorcio de la Ciudad de Toledo y serán aprobadas por Resolución del
Órgano competente según lo establecido en las bases reguladoras por las que se
rige la presente convocatoria, teniendo en cuenta la cuantía de los presupuestos
asignados.
2. La cuantía total máxima para la presente convocatoria será de cien mil euros
(100.000 €) imputados a la anualidad 2023.
3. Se podrá incrementar la cuantía máxima de la presente convocatoria con
sujeción a lo dispuesto en el artículo 58 del RGS.
En todo caso, el incremento debe realizarse en cualquier momento anterior a la
resolución de concesión.
El nuevo importe que resulte del incremento deberá ser objeto de
comunicación a la Base de Datos Nacional de Subvenciones y de publicación en el
BOE, antes de la resolución de concesión, sin que tal publicación implique la
apertura de un nuevo plazo.

Deberá solicitarse, mediante impreso oficial normalizado, una visita de
inspección técnica previa a la solicitud de la subvención.
Las solicitudes de subvención se presentarán en la oficina del Consorcio de la
Ciudad de Toledo, Plaza de Santo Domingo el Antiguo nº 4.
Las solicitudes se presentarán en modelo normalizado, junto con el formulario
de consentimiento de consulta de datos, que se facilitarán en la citada oficina del

cve: BOE-B-2023-5309
Verificable en https://www.boe.es

Sexto. Lugar de presentación de las solicitudes