III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE JUSTICIA. Recursos. (BOE-A-2023-4475)
Resolución de 30 de enero de 2023, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la nota de calificación del registrador de la propiedad de Málaga n.º 7, por la que se deniega la inscripción de la georreferenciación de una finca registral y consiguiente rectificación de la descripción, una vez tramitado el expediente del artículo 199 de la Ley Hipotecaria.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 43

Lunes 20 de febrero de 2023

Sec. III. Pág. 25787

III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO DE JUSTICIA
4475

Resolución de 30 de enero de 2023, de la Dirección General de Seguridad
Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la nota de calificación
del registrador de la propiedad de Málaga n.º 7, por la que se deniega la
inscripción de la georreferenciación de una finca registral y consiguiente
rectificación de la descripción, una vez tramitado el expediente del artículo
199 de la Ley Hipotecaria.

En el recurso interpuesto por don J. J. O. P., en nombre y representación de la
entidad «Vía Célere Desarrollos Inmobiliarios, SAU», contra la nota de calificación del
registrador de la Propiedad de Málaga número 7, don Juan Antonio Cartagena Felipe,
por la que se deniega la inscripción de la georreferenciación de una finca registral y
consiguiente rectificación de la descripción, una vez tramitado el expediente del
artículo 199 de la Ley Hipotecaria, en el que se han practicado alegaciones contra la
inscripción de la georreferenciación de la finca.
Hechos
I
Mediante instancia privada suscrita el día 15 de junio de 2022 por don J. C. V., en
nombre y representación de la entidad «Vía Célere Desarrollos Inmobiliarios, SAU», con
firma legitimada, se solicitaba la inscripción de la georreferenciación alternativa a la
catastral de la finca con código registral único 29025000626284, registral número 31.731
del término municipal de Rincón de la Victoria, que declaraba que se correspondía con la
identidad de la parcela catastral con referencia 8739242UF8683N0001JX, por entender
que existían una serie de discrepancias entre la cartografía catastral y la realidad física,
que provocaban una rectificación de la descripción de la finca, que pasaba de 17.965
metros cuadrados en el Registro de la Propiedad a 18.630,36 metros cuadrados en el
Catastro, procediendo, además, a la actualización de los linderos.
II

«Juan Cartagena Felipe, Registrador de la Propiedad de Málaga n.º 7 y su Distrito
Hipotecario, y en relación con el procedimiento regulado en el artículo 199 de La Ley
Hipotecaria, sobre rectificación de superficie y descripción, así como la incorporación de
la representación gráfica catastral al folio real de la finca, con Código Registral Único:
29025000626284, registral n.º 31731 del término municipal de Rincón de la Victoria,
certifico:
Que con fecha de hoy he iniciado la tramitación del citado procedimiento en virtud de
instancia suscrita el quince de Junio del año dos mil veintidós por su titular registral, Vía
Celere Desarrollos Inmobiliarios SA, debidamente representado por don J. C. V., mayor
de edad, con domicilio profesional en el mismo que la entidad a la que representa, DNI
(…), con firma legitimada ante el Notario de Málaga Don Miguel Olmedo Martínez,
haciendo uso de un poder que le fue conferido por parte del Consejero Delegado de la
entidad don J. I. M. P. mediante escritura otorgada el dieciocho de febrero de dos mil

cve: BOE-A-2023-4475
Verificable en https://www.boe.es

Presentada dicha instancia en el Registro de la Propiedad de Málaga número 7, una
vez tramitado el expediente del artículo 199 de la Ley Hipotecaria, fue objeto de la
siguiente nota de calificación: