II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. COMUNIDAD AUTÓNOMA DE ARAGÓN. Cuerpo de Médicos Forenses. (BOE-A-2023-4414)
Resolución de 25 de enero de 2023, de la Dirección General de Justicia, del Departamento de Presidencia y Relaciones Institucionales, por la que se convoca concurso de traslado para la provisión de puestos de trabajo genéricos en el Instituto de Medicina Legal y Ciencias Forenses de Aragón, para el Cuerpo de Médicos Forenses.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 43
Lunes 20 de febrero de 2023
Sec. II.B. Pág. 25518
de la solicitud de dicha persona. Si alguno de los/las concursantes no lo indicase en el
apartado C, quedarán anuladas ambas instancias.
Por el hecho de rellenar el apartado C de la instancia, se entiende que se acogen a
la petición condicionada prevista en el artículo 48.2 del Reglamento de Ingreso, Provisión
de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional del Personal Funcionario al Servicio de
la Administración de Justicia, aprobado por Real Decreto 1451/2005, de 7 de diciembre.
Sexta. Baremación del concurso.
1. Los méritos alegados y acreditados se valorarán con referencia a la fecha de
cierre del plazo de presentación de solicitudes de participación.
2. Se evaluarán los méritos de conformidad con el siguiente baremo:
Antigüedad, con un máximo de 60 puntos, a razón de 2 puntos por año completo de
servicios como titular en el Cuerpo de Médicos Forenses. Los periodos inferiores al año
se computarán proporcionalmente a razón de 0,00555556 por día, estableciéndose los
meses como de treinta días.
3. El presente concurso constará de una única fase en la que se valorarán los
méritos enumerados en los apartados anterior.
Séptima.
Adjudicación de puestos.
El orden de prioridad para la adjudicación de los puestos de trabajo vendrá dado por
la puntuación total obtenida según los baremos establecidos en la base sexta de esta
convocatoria.
En caso de empate en la puntuación total, incluido el idioma en el caso de CC. AA.
con otra lengua, se acudirá para dirimirlo a la mayor antigüedad en el cuerpo de que se
trate y, de persistir el empate, al número de orden obtenido en el proceso selectivo de
acceso a dicho cuerpo, incluido el idioma o derecho propios.
Octava. Carácter de los destinos adjudicados.
1. Los traslados que se deriven de la resolución del presente concurso tendrán la
consideración de voluntarios a los efectos previstos en el Real Decreto 462/2002, de 24
de mayo, sobre indemnizaciones por razón del servicio y, en consecuencia, no generarán
derecho al abono de indemnizaciones por concepto alguno.
2. Los destinos serán irrenunciables según lo dispuesto en el artículo 53
del Reglamento de Ingreso, Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional
del Personal Funcionario al Servicio de la Administración de Justicia, aprobado por Real
Decreto 1451/2005, de 7 de diciembre.
Resolución del concurso.
1. El presente concurso será resuelto coordinadamente por el Ministerio de Justicia
y el órgano competente de la comunidad autónoma convocante del concurso. El plazo
para la resolución será de seis meses, contados desde el día siguiente a la finalización
del plazo de presentación de solicitudes.
2. La resolución expresará el puesto de origen de los/las interesados/as a quienes
se les adjudique destino y su localidad, así como su situación administrativa, si esta es
distinta a la de activo, y el puesto adjudicado a cada funcionario/a.
Décima.
Recursos.
Contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, según lo
previsto en el artículo 60 de la Ley 5/2021, de 29 de junio, de Organización y Régimen
Jurídico del Sector Público Autonómico de Aragón, podrá interponerse recurso de alzada
ante la Consejera de Presidencia y Relaciones Institucionales, en el plazo de un mes,
cve: BOE-A-2023-4414
Verificable en https://www.boe.es
Novena.
Núm. 43
Lunes 20 de febrero de 2023
Sec. II.B. Pág. 25518
de la solicitud de dicha persona. Si alguno de los/las concursantes no lo indicase en el
apartado C, quedarán anuladas ambas instancias.
Por el hecho de rellenar el apartado C de la instancia, se entiende que se acogen a
la petición condicionada prevista en el artículo 48.2 del Reglamento de Ingreso, Provisión
de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional del Personal Funcionario al Servicio de
la Administración de Justicia, aprobado por Real Decreto 1451/2005, de 7 de diciembre.
Sexta. Baremación del concurso.
1. Los méritos alegados y acreditados se valorarán con referencia a la fecha de
cierre del plazo de presentación de solicitudes de participación.
2. Se evaluarán los méritos de conformidad con el siguiente baremo:
Antigüedad, con un máximo de 60 puntos, a razón de 2 puntos por año completo de
servicios como titular en el Cuerpo de Médicos Forenses. Los periodos inferiores al año
se computarán proporcionalmente a razón de 0,00555556 por día, estableciéndose los
meses como de treinta días.
3. El presente concurso constará de una única fase en la que se valorarán los
méritos enumerados en los apartados anterior.
Séptima.
Adjudicación de puestos.
El orden de prioridad para la adjudicación de los puestos de trabajo vendrá dado por
la puntuación total obtenida según los baremos establecidos en la base sexta de esta
convocatoria.
En caso de empate en la puntuación total, incluido el idioma en el caso de CC. AA.
con otra lengua, se acudirá para dirimirlo a la mayor antigüedad en el cuerpo de que se
trate y, de persistir el empate, al número de orden obtenido en el proceso selectivo de
acceso a dicho cuerpo, incluido el idioma o derecho propios.
Octava. Carácter de los destinos adjudicados.
1. Los traslados que se deriven de la resolución del presente concurso tendrán la
consideración de voluntarios a los efectos previstos en el Real Decreto 462/2002, de 24
de mayo, sobre indemnizaciones por razón del servicio y, en consecuencia, no generarán
derecho al abono de indemnizaciones por concepto alguno.
2. Los destinos serán irrenunciables según lo dispuesto en el artículo 53
del Reglamento de Ingreso, Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional
del Personal Funcionario al Servicio de la Administración de Justicia, aprobado por Real
Decreto 1451/2005, de 7 de diciembre.
Resolución del concurso.
1. El presente concurso será resuelto coordinadamente por el Ministerio de Justicia
y el órgano competente de la comunidad autónoma convocante del concurso. El plazo
para la resolución será de seis meses, contados desde el día siguiente a la finalización
del plazo de presentación de solicitudes.
2. La resolución expresará el puesto de origen de los/las interesados/as a quienes
se les adjudique destino y su localidad, así como su situación administrativa, si esta es
distinta a la de activo, y el puesto adjudicado a cada funcionario/a.
Décima.
Recursos.
Contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, según lo
previsto en el artículo 60 de la Ley 5/2021, de 29 de junio, de Organización y Régimen
Jurídico del Sector Público Autonómico de Aragón, podrá interponerse recurso de alzada
ante la Consejera de Presidencia y Relaciones Institucionales, en el plazo de un mes,
cve: BOE-A-2023-4414
Verificable en https://www.boe.es
Novena.