II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. COMUNIDAD AUTÓNOMA DE ARAGÓN. Cuerpo de Médicos Forenses. (BOE-A-2023-4414)
Resolución de 25 de enero de 2023, de la Dirección General de Justicia, del Departamento de Presidencia y Relaciones Institucionales, por la que se convoca concurso de traslado para la provisión de puestos de trabajo genéricos en el Instituto de Medicina Legal y Ciencias Forenses de Aragón, para el Cuerpo de Médicos Forenses.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 43

Lunes 20 de febrero de 2023
3.

Sec. II.B. Pág. 25516

No podrán tomar parte en este concurso:

a) El personal declarado suspenso en firme, mientras dure la suspensión.
b) El personal Médico Forense que se encuentre en situación de excedencia
voluntaria por interés particular o por agrupación familiar, durante el periodo mínimo
obligatorio de permanencia en dicha situación.
c) El personal sancionado con traslado forzoso, hasta que transcurran uno o tres
años, para destino en la misma localidad en la que se le impuso la sanción, si se trata de
falta grave o muy grave, respectivamente.
d) El personal que, habiendo obtenido destino en anteriores concursos, no haya
tomado posesión del destino que les fue adjudicado.
Puestos que se pueden solicitar.

1. Los/las participantes podrán solicitar los puestos de trabajo relacionados en
anexo I.
Dichos puestos se identificarán por el número de orden correspondiente. Con la sola
solicitud del número de orden de uno de esos centros se entienden pedidas todas las
vacantes del Cuerpo existentes en el mismo.
2. También se podrán solicitar los puestos genéricos que queden vacantes como
consecuencia de la resolución del presente concurso, que se incorporarán en concepto
de resultas a las vacantes ofertadas, salvo que se pretendan amortizar ante un proyecto
de modificación de las relaciones de puestos de trabajo o reordenación de efectivos de
un centro de trabajo en que no se anunciará ninguna resulta correspondiente al Cuerpo.
Los puestos de trabajo tienen que identificarse por el número de orden de la
convocatoria. Con la sola solicitud de un puesto de trabajo se entienden pedidas todas
las vacantes del Cuerpo existentes en dicho Centro y, así mismo, todas las resultas que
pudieran producirse, en el orden de preferencia indicado.
A fin de que los/las posibles solicitantes puedan ejercer el derecho que se les
reconoce de solicitar las resultas producidas por la resolución del concurso, desde la
fecha de publicación de esta orden y durante el periodo de presentación de solicitudes,
se expondrá en la página web del Gobierno de Aragón (https://www.aragon.es/-/empleopublico-en-la-administracion-de-justicia) la relación de centros de destino que pueden
solicitarse con indicación del número de orden de dichos centros.
3. El personal Médico Forense participante deberá asegurarse de que los números
de orden de convocatoria que especifique en su instancia corresponden a los publicados
para este concurso, tanto en el anexo I como en las resultas, a fin de evitar que se
indiquen otros códigos erróneamente.
El personal Médico Forense que participe en el concurso deberá asegurarse de que
los números de orden de convocatoria que solicita se corresponden exactamente con las
denominaciones de los centros de destino ofertados ya que, transcurrido el plazo de
presentación, no se admitirá ninguna modificación a la solicitud formulada ni renuncia en
caso de adjudicación.
4. Excepcionalmente podrá eliminarse alguna de las plazas anunciadas como
vacantes, en el caso de que se produjera de forma sobrevenida alguna circunstancia que
obligara a ello.
5. En cuanto al personal Médico Forense procedente del Cuerpo de Médicos
del Registro Civil, se estará a lo dispuesto en la Ley Orgánica 7/1992, de 20 de
noviembre, por la que se fija la edad de jubilación de Jueces y Magistrados y se integra
diverso personal médico en el Cuerpo de Médicos Forenses.
Cuarta.

Presentación de solicitudes y documentación.

1. Las solicitudes para tomar parte en este concurso deberán ajustarse al modelo
publicado como anexo II de esta orden, cumplimentando todos los apartados que se le
exijan.

cve: BOE-A-2023-4414
Verificable en https://www.boe.es

Tercera.