II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA. Cuerpo de Médicos Forenses. (BOE-A-2023-4415)
Resolución 14/2023, de 25 de enero, de la Dirección General de Justicia, del Departamento de Políticas Migratorias y Justicia, por la que se convoca concurso de traslados para la provisión de puestos de trabajo genéricos en el Instituto Navarro de Medicina Legal y Ciencias Forenses, para el Cuerpo de Médicos Forenses.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 43
Lunes 20 de febrero de 2023
Sec. II.B. Pág. 25522
II. AUTORIDADES Y PERSONAL
B. Oposiciones y concursos
COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA
4415
Resolución 14/2023, de 25 de enero, de la Dirección General de Justicia, del
Departamento de Políticas Migratorias y Justicia, por la que se convoca
concurso de traslados para la provisión de puestos de trabajo genéricos en el
Instituto Navarro de Medicina Legal y Ciencias Forenses, para el Cuerpo de
Médicos Forenses.
De conformidad con lo establecido en el artículo 531 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1
de julio, del Poder Judicial y en los artículos 43 a 48 y 51 a 53 del Reglamento de
Ingreso, Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional del Personal
Funcionario al Servicio de la Administración de Justicia, aprobado por Real
Decreto 1451/2005, de 7 de diciembre, se anuncia concurso de traslados para la
provisión de puestos genéricos vacantes que se citan en el Anexo I, para el Instituto
Navarro de Medicina Legal y Ciencias Forenses, entre el personal funcionario del Cuerpo
de Médicos Forenses, de acuerdo con las siguientes bases:
Primera. Objeto de la convocatoria.
La presente convocatoria tiene por objeto la provisión, por concurso de traslado, de
los puestos de trabajo genéricos vacantes incluidos en las Relaciones de Puestos de
Trabajo del Instituto Navarro de Medicina Legal y Ciencias Forenses.
En todo lo no previsto concretamente en la presente convocatoria, en la Ley
Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial y en el Reglamento de Ingreso,
Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional del Personal Funcionario al
Servicio de la Administración de Justicia, aprobado por Real Decreto 1451/2005, de 7 de
diciembre, se aplicará lo dispuesto en la legislación general sobre la función pública.
Requisitos y condiciones de participación.
1. Podrá tomar parte en este concurso el personal funcionario de carrera
perteneciente al Cuerpo de Médicos Forenses, cualquiera que sea el ámbito territorial en
que esté destinado, y reúna las condiciones generales exigidas y los requisitos
determinados en esta convocatoria en la fecha en que termine el plazo de presentación
de las solicitudes de participación y las mantenga hasta la resolución definitiva del
concurso.
2. Sólo podrá tomar parte en este concurso el personal Médico Forense si en la
fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes hubieran transcurrido dos
años desde que se dictó la resolución por la que se convocó el concurso de traslados en
el que se le adjudicó destino definitivo, o la resolución en la que se le adjudicó destino
definitivo, si se trata de personal funcionario de nuevo ingreso.
Para el cómputo de los años se considerará como primer año el año natural en que
se dictaron las resoluciones de que se trate, con independencia de su fecha, y como
segundo año, el año natural siguiente.
El personal funcionario que no tengan destino definitivo está obligado a participar en
los concursos de acuerdo con la normativa vigente, estando excluido de dicha limitación
temporal.
cve: BOE-A-2023-4415
Verificable en https://www.boe.es
Segunda.
Núm. 43
Lunes 20 de febrero de 2023
Sec. II.B. Pág. 25522
II. AUTORIDADES Y PERSONAL
B. Oposiciones y concursos
COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA
4415
Resolución 14/2023, de 25 de enero, de la Dirección General de Justicia, del
Departamento de Políticas Migratorias y Justicia, por la que se convoca
concurso de traslados para la provisión de puestos de trabajo genéricos en el
Instituto Navarro de Medicina Legal y Ciencias Forenses, para el Cuerpo de
Médicos Forenses.
De conformidad con lo establecido en el artículo 531 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1
de julio, del Poder Judicial y en los artículos 43 a 48 y 51 a 53 del Reglamento de
Ingreso, Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional del Personal
Funcionario al Servicio de la Administración de Justicia, aprobado por Real
Decreto 1451/2005, de 7 de diciembre, se anuncia concurso de traslados para la
provisión de puestos genéricos vacantes que se citan en el Anexo I, para el Instituto
Navarro de Medicina Legal y Ciencias Forenses, entre el personal funcionario del Cuerpo
de Médicos Forenses, de acuerdo con las siguientes bases:
Primera. Objeto de la convocatoria.
La presente convocatoria tiene por objeto la provisión, por concurso de traslado, de
los puestos de trabajo genéricos vacantes incluidos en las Relaciones de Puestos de
Trabajo del Instituto Navarro de Medicina Legal y Ciencias Forenses.
En todo lo no previsto concretamente en la presente convocatoria, en la Ley
Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial y en el Reglamento de Ingreso,
Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional del Personal Funcionario al
Servicio de la Administración de Justicia, aprobado por Real Decreto 1451/2005, de 7 de
diciembre, se aplicará lo dispuesto en la legislación general sobre la función pública.
Requisitos y condiciones de participación.
1. Podrá tomar parte en este concurso el personal funcionario de carrera
perteneciente al Cuerpo de Médicos Forenses, cualquiera que sea el ámbito territorial en
que esté destinado, y reúna las condiciones generales exigidas y los requisitos
determinados en esta convocatoria en la fecha en que termine el plazo de presentación
de las solicitudes de participación y las mantenga hasta la resolución definitiva del
concurso.
2. Sólo podrá tomar parte en este concurso el personal Médico Forense si en la
fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes hubieran transcurrido dos
años desde que se dictó la resolución por la que se convocó el concurso de traslados en
el que se le adjudicó destino definitivo, o la resolución en la que se le adjudicó destino
definitivo, si se trata de personal funcionario de nuevo ingreso.
Para el cómputo de los años se considerará como primer año el año natural en que
se dictaron las resoluciones de que se trate, con independencia de su fecha, y como
segundo año, el año natural siguiente.
El personal funcionario que no tengan destino definitivo está obligado a participar en
los concursos de acuerdo con la normativa vigente, estando excluido de dicha limitación
temporal.
cve: BOE-A-2023-4415
Verificable en https://www.boe.es
Segunda.