II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. UNIVERSIDADES. Cuerpos docentes universitarios. (BOE-A-2023-4464)
Resolución de 13 de febrero de 2023, de la Universidad de Castilla-La Mancha, por la que se convoca concurso de acceso a plazas de cuerpos docentes universitarios.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 43

Lunes 20 de febrero de 2023

Sec. II.B. Pág. 25672

concursante de entre los presentados en su Proyecto Docente. A este respecto y una
vez conocido el resultado de la primera prueba, los/as candidatos/as que la hubieran
superado aportarán a los miembros de la Comisión un resumen por quintuplicado del
tema elegido libremente por el concursante de entre los presentados en su proyecto
docente. Finalizada la prueba, la Comisión procederá a calificar y puntuar
numéricamente (de cero a diez puntos) a cada uno de los/as candidatos/as.
En los casos de plazas relacionadas con las lenguas y literaturas extranjeras
pertenecientes a las Áreas del Departamento de Filología Moderna, esta segunda
prueba podrá realizarse en la lengua objeto de la convocatoria de la plaza. En lo
referente a las plazas adscritas al Área de «Estudios Árabes e Islámicos»,
las comisiones evaluadoras del concurso establecerán la lengua en la que podrá
realizarse la segunda prueba. Finalizadas las dos pruebas, la Comisión, hallará la media
ponderada de las calificaciones obtenidas en ambas pruebas, para cada candidato/a que
haya superado la primera prueba, a efectos de determinar el orden de preferencia de
los/as candidatos/as que hayan superado las pruebas. En cualquier caso, para que un/a
candidato/a supere las pruebas será requisito imprescindible haber obtenido, al menos,
una calificación de 5 puntos.
En caso de empate en la puntuación entre varios candidatos/as se dará preferencia
al sexo infrarrepresentado en el área o de haberlo, al candidato/a con un grado de
discapacidad de, al menos, un 33%, siempre que la misma no impida el normal
desarrollo de sus actividades docentes e investigadoras.
8.5 Los criterios objetivos generales de valoración para la adjudicación de las
plazas a los que se refiere el apartado 7.2, serán los siguientes:
a)

Primera prueba.

– CV: Se valorarán los méritos recogidos en el anexo II del Real Decreto 415/2015,
de 29 de mayo, teniendo en consideración la capacidad del/a candidato/a para la
exposición y defensa.
– Proyecto Docente e Investigador:
1. Adecuación a las materias impartidas en el ámbito de conocimiento en el que se
encuadra la plaza objeto de concurso.
2. Solidez y coherencia en términos de su contenido, recursos docentes propuestos
para su ejecución e imbricación con el o los planes de estudio de las titulaciones a las
que afecta.
3. Contenido científico-técnico y grado de innovación con respecto al estado de la
disciplina.
4. Claridad y capacidad de síntesis en el debate con la Comisión.
b)

Segunda prueba.

1.
2.

Dominio de la materia seleccionada y rigor en la presentación.
Claridad y capacidad de síntesis en el debate con la Comisión.

8.6 Las actuaciones de la Comisión deberán realizarse en el Centro al que
corresponda la plaza convocada, si bien, previa solicitud motivada y por escrito del
Presidente/a, el Rector/a podrá autorizar a que se celebren en sede distinta.
9.

Propuesta de provisión y nombramiento

9.1 Las comisiones que juzguen los concursos de acceso propondrán al Rector/a,
motivadamente, y con carácter vinculante, una relación de todos los candidatos/as, por
orden de preferencia, para su nombramiento y sin que se pueda exceder en la propuesta

cve: BOE-A-2023-4464
Verificable en https://www.boe.es

La Comisión tendrá en cuenta que a la primera prueba deberá asignársele un valor
igual o superior que a la segunda, pudiendo llegar hasta el doble del valor de ésta.