II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE DERECHOS SOCIALES Y AGENDA 2030. Personal laboral. (BOE-A-2023-4406)
Resolución de 13 de febrero de 2023, de la Subsecretaría, por la que se corrigen errores en la de 29 de diciembre de 2022, por la que se convoca proceso selectivo para la estabilización de empleo temporal en empleo fijo en los grupos profesionales M3, M2 y E2 del IV Convenio Único para el personal laboral de la Administración General del Estado en el Instituto de Mayores y Servicios Sociales.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 43
Lunes 20 de febrero de 2023
Sec. II.B. Pág. 25466
II. AUTORIDADES Y PERSONAL
B. Oposiciones y concursos
MINISTERIO DE DERECHOS SOCIALES Y AGENDA 2030
4406
Resolución de 13 de febrero de 2023, de la Subsecretaría, por la que se
corrigen errores en la de 29 de diciembre de 2022, por la que se convoca
proceso selectivo para la estabilización de empleo temporal en empleo fijo en
los grupos profesionales M3, M2 y E2 del IV Convenio Único para el personal
laboral de la Administración General del Estado en el Instituto de Mayores y
Servicios Sociales.
Advertidos errores en la Resolución de 29 de diciembre de 2022, de la
Subsecretaría, publicada en el BOE el 30 de diciembre de 2022 con n.º 313, por la que
se convoca proceso selectivo para la estabilización de empleo temporal en empleo fijo
en los grupos profesionales M3, M2 y E2 del IV Convenio Único para el personal laboral
de la Administración General del Estado en el Instituto de Mayores y Servicios Sociales,
debe procederse a las siguientes rectificaciones:
En la página 191930, en la base 1.5, donde dice:
«Este proceso de estabilización incluye, como dispone el artículo 4 del Real
Decreto 408/2022, de 24 de mayo, las plazas ocupadas por personas que hayan sido
declaradas como personal indefinido no fijo por sentencia judicial, y que, estando
ocupadas con carácter temporal de forma ininterrumpida con anterioridad a 1 de enero
de 2016.»
Debe decir:
«Este proceso de estabilización incluye, como dispone el artículo 4 del Real
Decreto 408/2022, de 24 de mayo, las plazas ocupadas por personas que hayan sido
declaradas como personal indefinido no fijo por sentencia judicial, y que, estando
ocupadas con carácter temporal de forma ininterrumpida con anterioridad a 1 de enero
de 2018.»
«a. Servicios efectivos prestados en el Imserso en la misma clasificación
profesional a la que se pretende acceder: 0,50 puntos por mes completo de servicios.
(La puntuación máxima es el 100% o 60 puntos y se consigue con diez años).
b. Servicios efectivos prestados como empleados y empleadas públicas con
funciones equivalentes a las de la categoría profesional objeto de la estabilización en la
Administración General del Estado o en otras Administraciones Públicas o en el Sector
Público, incluidas las Administraciones Públicas de los Estados miembros de la Unión
Europea, así como en la Administración Pública de aquellos Estados a los que, en virtud
de Tratados internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España,
sea de aplicación la libre circulación de trabajadores en los términos en que ésta se
define en el Tratado Constitutivo de la Comunidad Europea: 0,25 puntos por mes
completo de servicios. (La puntuación máxima es el 50% o 30 puntos y se consigue con
diez años).
c. Servicios efectivos con funciones equivalentes prestados en otros ámbitos no
incluidos en los apartados anteriores: 0,1 puntos por mes completo de servicios. (La
puntuación máxima es el 20% o 12 puntos y se consigue a los diez años).»
cve: BOE-A-2023-4406
Verificable en https://www.boe.es
En la página 191939, en el Anexo I- Descripción del proceso selectivo, cuando se
refiere a los méritos profesionales, donde dice:
Núm. 43
Lunes 20 de febrero de 2023
Sec. II.B. Pág. 25466
II. AUTORIDADES Y PERSONAL
B. Oposiciones y concursos
MINISTERIO DE DERECHOS SOCIALES Y AGENDA 2030
4406
Resolución de 13 de febrero de 2023, de la Subsecretaría, por la que se
corrigen errores en la de 29 de diciembre de 2022, por la que se convoca
proceso selectivo para la estabilización de empleo temporal en empleo fijo en
los grupos profesionales M3, M2 y E2 del IV Convenio Único para el personal
laboral de la Administración General del Estado en el Instituto de Mayores y
Servicios Sociales.
Advertidos errores en la Resolución de 29 de diciembre de 2022, de la
Subsecretaría, publicada en el BOE el 30 de diciembre de 2022 con n.º 313, por la que
se convoca proceso selectivo para la estabilización de empleo temporal en empleo fijo
en los grupos profesionales M3, M2 y E2 del IV Convenio Único para el personal laboral
de la Administración General del Estado en el Instituto de Mayores y Servicios Sociales,
debe procederse a las siguientes rectificaciones:
En la página 191930, en la base 1.5, donde dice:
«Este proceso de estabilización incluye, como dispone el artículo 4 del Real
Decreto 408/2022, de 24 de mayo, las plazas ocupadas por personas que hayan sido
declaradas como personal indefinido no fijo por sentencia judicial, y que, estando
ocupadas con carácter temporal de forma ininterrumpida con anterioridad a 1 de enero
de 2016.»
Debe decir:
«Este proceso de estabilización incluye, como dispone el artículo 4 del Real
Decreto 408/2022, de 24 de mayo, las plazas ocupadas por personas que hayan sido
declaradas como personal indefinido no fijo por sentencia judicial, y que, estando
ocupadas con carácter temporal de forma ininterrumpida con anterioridad a 1 de enero
de 2018.»
«a. Servicios efectivos prestados en el Imserso en la misma clasificación
profesional a la que se pretende acceder: 0,50 puntos por mes completo de servicios.
(La puntuación máxima es el 100% o 60 puntos y se consigue con diez años).
b. Servicios efectivos prestados como empleados y empleadas públicas con
funciones equivalentes a las de la categoría profesional objeto de la estabilización en la
Administración General del Estado o en otras Administraciones Públicas o en el Sector
Público, incluidas las Administraciones Públicas de los Estados miembros de la Unión
Europea, así como en la Administración Pública de aquellos Estados a los que, en virtud
de Tratados internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España,
sea de aplicación la libre circulación de trabajadores en los términos en que ésta se
define en el Tratado Constitutivo de la Comunidad Europea: 0,25 puntos por mes
completo de servicios. (La puntuación máxima es el 50% o 30 puntos y se consigue con
diez años).
c. Servicios efectivos con funciones equivalentes prestados en otros ámbitos no
incluidos en los apartados anteriores: 0,1 puntos por mes completo de servicios. (La
puntuación máxima es el 20% o 12 puntos y se consigue a los diez años).»
cve: BOE-A-2023-4406
Verificable en https://www.boe.es
En la página 191939, en el Anexo I- Descripción del proceso selectivo, cuando se
refiere a los méritos profesionales, donde dice: