II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE CULTURA Y DEPORTE. Escala de Auxiliares de Archivos, Bibliotecas y Museos. (BOE-A-2023-4403)
Resolución de 13 de febrero de 2023, de la Subsecretaría, por la que se aprueba el programa y el desarrollo del proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de promoción interna, en la Escala de Auxiliares de Archivos, Bibliotecas y Museos de Organismos Autónomos del Ministerio de Cultura.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 43
Lunes 20 de febrero de 2023
Sec. II.B. Pág. 25452
siguientes méritos referidos a la fecha de publicación de la convocatoria en el «Boletín
Oficial del Estado»:
2.1
2.1.1
Personal funcionario de carrera.
Antigüedad:
Por los servicios efectivos prestados en cualquier Cuerpo o Escala de la
Administración General del Estado, en Cuerpos o Escalas Postales y Telegráficos o en
Cuerpos o Escalas del resto de las Administraciones incluidas en el artículo 2.1 del Real
Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de
la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, con destino definitivo en la
Administración General del Estado, teniendo en cuenta los servicios efectivos prestados
y reconocidos hasta la fecha de publicación de esta convocatoria en el «Boletín Oficial
del Estado» al amparo de la Ley 70/1978, de 26 de diciembre, se otorgarán 0,60 puntos
por cada año completo de servicio, hasta un máximo de 18 puntos.
2.1.2
Grado personal consolidado:
Según el grado personal que se tenga consolidado y formalizado a través de acuerdo
de reconocimiento de grado por la autoridad competente a la fecha de publicación de
esta convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado», se otorgará la siguiente puntuación,
hasta un máximo de 6 puntos:
Hasta el grado 14 inclusive: 3 puntos.
Por cada unidad de grado que exceda de 14: 0,25 puntos.
2.1.3
Cursos de formación:
La superación o impartición de cursos de formación relacionados con las funciones
que se desempeñarán en la respectiva sección de la Escala de Auxiliares de Archivos,
Bibliotecas y Museos de Organismos Autónomos del Ministerio de Cultura, se valorarán
por el Tribunal con 0,5 puntos cada uno. La puntuación máxima que se podrá obtener
por este apartado será de 6 puntos. Los cursos deberán tener una duración igual o
superior a quince horas lectivas y haber sido convocados, impartidos u homologados por
el Instituto Nacional de Administración Pública, por otros Institutos de Administración
Pública o por Organizaciones Sindicales u otros agentes promotores dentro del marco
del Acuerdo de Formación para el Empleo de las Administraciones Públicas. Los cursos
deberán acreditarse mediante diploma, certificación de asistencia y/o, en su caso,
certificación de aprovechamiento o impartición.
La certificación de los méritos para la fase de concurso deberá realizarse según el
modelo incluido como anexo a la convocatoria.
2.2.1
Personal laboral fijo:
Antigüedad:
Servicios prestados como personal laboral fijo en la Administración General del
Estado o en Organismos Públicos, Agencias y demás Entidades de derecho público con
personalidad jurídica propia, vinculadas o dependientes de la Administración General del
Estado, la puntuación máxima será de 18 puntos a razón de 0,60 puntos por año
completo de servicios.
2.2.2
Trabajo desarrollado:
Por el tiempo de servicios efectivos prestados como personal laboral fijo en puestos
del grupo y especialidad 3G – Archivos, Bibliotecas y Museos del IV Convenio colectivo
único para el personal laboral de la Administración General del Estado vigente o de
categoría profesional equivalente del III Convenio Único para el Personal Laboral de la
cve: BOE-A-2023-4403
Verificable en https://www.boe.es
2.2
Núm. 43
Lunes 20 de febrero de 2023
Sec. II.B. Pág. 25452
siguientes méritos referidos a la fecha de publicación de la convocatoria en el «Boletín
Oficial del Estado»:
2.1
2.1.1
Personal funcionario de carrera.
Antigüedad:
Por los servicios efectivos prestados en cualquier Cuerpo o Escala de la
Administración General del Estado, en Cuerpos o Escalas Postales y Telegráficos o en
Cuerpos o Escalas del resto de las Administraciones incluidas en el artículo 2.1 del Real
Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de
la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, con destino definitivo en la
Administración General del Estado, teniendo en cuenta los servicios efectivos prestados
y reconocidos hasta la fecha de publicación de esta convocatoria en el «Boletín Oficial
del Estado» al amparo de la Ley 70/1978, de 26 de diciembre, se otorgarán 0,60 puntos
por cada año completo de servicio, hasta un máximo de 18 puntos.
2.1.2
Grado personal consolidado:
Según el grado personal que se tenga consolidado y formalizado a través de acuerdo
de reconocimiento de grado por la autoridad competente a la fecha de publicación de
esta convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado», se otorgará la siguiente puntuación,
hasta un máximo de 6 puntos:
Hasta el grado 14 inclusive: 3 puntos.
Por cada unidad de grado que exceda de 14: 0,25 puntos.
2.1.3
Cursos de formación:
La superación o impartición de cursos de formación relacionados con las funciones
que se desempeñarán en la respectiva sección de la Escala de Auxiliares de Archivos,
Bibliotecas y Museos de Organismos Autónomos del Ministerio de Cultura, se valorarán
por el Tribunal con 0,5 puntos cada uno. La puntuación máxima que se podrá obtener
por este apartado será de 6 puntos. Los cursos deberán tener una duración igual o
superior a quince horas lectivas y haber sido convocados, impartidos u homologados por
el Instituto Nacional de Administración Pública, por otros Institutos de Administración
Pública o por Organizaciones Sindicales u otros agentes promotores dentro del marco
del Acuerdo de Formación para el Empleo de las Administraciones Públicas. Los cursos
deberán acreditarse mediante diploma, certificación de asistencia y/o, en su caso,
certificación de aprovechamiento o impartición.
La certificación de los méritos para la fase de concurso deberá realizarse según el
modelo incluido como anexo a la convocatoria.
2.2.1
Personal laboral fijo:
Antigüedad:
Servicios prestados como personal laboral fijo en la Administración General del
Estado o en Organismos Públicos, Agencias y demás Entidades de derecho público con
personalidad jurídica propia, vinculadas o dependientes de la Administración General del
Estado, la puntuación máxima será de 18 puntos a razón de 0,60 puntos por año
completo de servicios.
2.2.2
Trabajo desarrollado:
Por el tiempo de servicios efectivos prestados como personal laboral fijo en puestos
del grupo y especialidad 3G – Archivos, Bibliotecas y Museos del IV Convenio colectivo
único para el personal laboral de la Administración General del Estado vigente o de
categoría profesional equivalente del III Convenio Único para el Personal Laboral de la
cve: BOE-A-2023-4403
Verificable en https://www.boe.es
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