II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. UNIVERSIDADES. Cuerpos docentes universitarios. (BOE-A-2023-4461)
Resolución de 10 de febrero de 2023, de la Universidad de Castilla-La Mancha, por la que se convoca concurso de acceso a plaza de cuerpos docentes universitarios.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 20 de febrero de 2023
Sec. II.B. Pág. 25630
3.3 Los requisitos establecidos en la presente base deberán cumplirse en el
momento de finalizar el plazo de presentación de instancias y mantenerse hasta el
momento de la toma de posesión.
3.4 En las plazas con perfil lingüístico bilingüe será necesario acreditar, al menos,
el nivel B2 de competencia lingüística del Marco Común Europeo de Referencia para las
Lenguas (MCER), en la lengua extranjera correspondiente. En este sentido, el nivel se
considerará acreditado a través de los cursos y certificaciones asimilables emitidos por
las entidades recogidas en la Resolución de 20/07/2021, de la Universidad de Castilla-La
Mancha, por la que se publica el Reglamento sobre reconocimiento del dominio de una
lengua extranjera para la obtención del título de grado, de acreditación de una lengua
extranjera para el acceso a estudios de máster universitario que así lo requieran y sobre
certificación del nivel MCERL de conocimiento de lenguas extranjeras por la Universidad
de Castilla-La Mancha (DOCM 27/07/2021). La falta de esta acreditación será motivo de
exclusión del aspirante.
4.
Solicitudes
4.1 La presentación de la solicitud se realizará exclusivamente a través de la
aplicación de convocatorias de la UCLM disponible en la siguiente dirección https://
convocatorias.rrhh.uclm.es/index.aspx?t=3
4.2 Se debe presentar una única solicitud haciendo constar la plaza o plazas a las
que se opta. Cuando alguna de las personas participantes presentase en plazo más de
una solicitud, será tramitada exclusivamente la presentada en último lugar, siendo
anuladas de oficio las restantes.
4.3 El plazo para realizar la solicitud es de diez días hábiles, contados a partir del
día siguiente a la publicación de esta convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado».
4.4 Los aspirantes adjuntarán a su solicitud la documentación en formato
electrónico, escaneada, acreditando los requisitos de participación que se determinan en
la convocatoria y que se detallan más adelante.
4.5 Derechos de formación de expediente: El candidato/a no podrá modificar las
plazas solicitadas, una vez seleccionada la opción de pago. Tras cumplimentar la
solicitud de participación a través de la aplicación de gestión de convocatorias, el
aspirante podrá optar por realizar el pago de la tasa por derechos de formación de
expediente, para cada plaza a la que concurse, conforme al artículo 366 de la
Ley 9/2012, de 29 de noviembre de Tasas y Precios Públicos de Castilla-La Mancha y
otras medidas tributarias, a través de las siguientes vías:
a) Pago electrónico (37,61 euros por cada plaza a la que se concurse): Mediante el
pago con tarjeta de débito o crédito por TPV, en el mismo acto de presentación
telemática de la solicitud siguiendo las instrucciones que la plataforma de pago
telemático vaya indicando.
Las personas que presenten la solicitud de participación y paguen la tasa a través de
los medios telemáticos previstos en la convocatoria, se les aplicará una bonificación del
diez por ciento sobre la cuantía correspondiente de la tasa, conforme al artículo 368 de
la Ley 9/2012, de 29 de noviembre.
b) Pago presencial en entidad bancaria (41,79 euros por cada plaza a la que se
concurse): pago directo en sucursal o en cajero automático. La aplicación genera una
carta de pago, para su impresión por duplicado y posterior pago en cualquiera de las
entidades colaboradoras que en la misma se indican.
Tanto si se opta por una u otra modalidad de pago, se deberá adjuntar en formato
PDF el justificante de pago antes de finalizar la solicitud.
En ningún caso la realización del pago presencial en entidad bancaria supondrá
sustitución del trámite de presentación en tiempo y forma de la solicitud.
El trámite de pago se deberá hacer en cualquier caso dentro del plazo de
presentación de instancias, siendo su abono fuera de plazo motivo de exclusión.
cve: BOE-A-2023-4461
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 43
Lunes 20 de febrero de 2023
Sec. II.B. Pág. 25630
3.3 Los requisitos establecidos en la presente base deberán cumplirse en el
momento de finalizar el plazo de presentación de instancias y mantenerse hasta el
momento de la toma de posesión.
3.4 En las plazas con perfil lingüístico bilingüe será necesario acreditar, al menos,
el nivel B2 de competencia lingüística del Marco Común Europeo de Referencia para las
Lenguas (MCER), en la lengua extranjera correspondiente. En este sentido, el nivel se
considerará acreditado a través de los cursos y certificaciones asimilables emitidos por
las entidades recogidas en la Resolución de 20/07/2021, de la Universidad de Castilla-La
Mancha, por la que se publica el Reglamento sobre reconocimiento del dominio de una
lengua extranjera para la obtención del título de grado, de acreditación de una lengua
extranjera para el acceso a estudios de máster universitario que así lo requieran y sobre
certificación del nivel MCERL de conocimiento de lenguas extranjeras por la Universidad
de Castilla-La Mancha (DOCM 27/07/2021). La falta de esta acreditación será motivo de
exclusión del aspirante.
4.
Solicitudes
4.1 La presentación de la solicitud se realizará exclusivamente a través de la
aplicación de convocatorias de la UCLM disponible en la siguiente dirección https://
convocatorias.rrhh.uclm.es/index.aspx?t=3
4.2 Se debe presentar una única solicitud haciendo constar la plaza o plazas a las
que se opta. Cuando alguna de las personas participantes presentase en plazo más de
una solicitud, será tramitada exclusivamente la presentada en último lugar, siendo
anuladas de oficio las restantes.
4.3 El plazo para realizar la solicitud es de diez días hábiles, contados a partir del
día siguiente a la publicación de esta convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado».
4.4 Los aspirantes adjuntarán a su solicitud la documentación en formato
electrónico, escaneada, acreditando los requisitos de participación que se determinan en
la convocatoria y que se detallan más adelante.
4.5 Derechos de formación de expediente: El candidato/a no podrá modificar las
plazas solicitadas, una vez seleccionada la opción de pago. Tras cumplimentar la
solicitud de participación a través de la aplicación de gestión de convocatorias, el
aspirante podrá optar por realizar el pago de la tasa por derechos de formación de
expediente, para cada plaza a la que concurse, conforme al artículo 366 de la
Ley 9/2012, de 29 de noviembre de Tasas y Precios Públicos de Castilla-La Mancha y
otras medidas tributarias, a través de las siguientes vías:
a) Pago electrónico (37,61 euros por cada plaza a la que se concurse): Mediante el
pago con tarjeta de débito o crédito por TPV, en el mismo acto de presentación
telemática de la solicitud siguiendo las instrucciones que la plataforma de pago
telemático vaya indicando.
Las personas que presenten la solicitud de participación y paguen la tasa a través de
los medios telemáticos previstos en la convocatoria, se les aplicará una bonificación del
diez por ciento sobre la cuantía correspondiente de la tasa, conforme al artículo 368 de
la Ley 9/2012, de 29 de noviembre.
b) Pago presencial en entidad bancaria (41,79 euros por cada plaza a la que se
concurse): pago directo en sucursal o en cajero automático. La aplicación genera una
carta de pago, para su impresión por duplicado y posterior pago en cualquiera de las
entidades colaboradoras que en la misma se indican.
Tanto si se opta por una u otra modalidad de pago, se deberá adjuntar en formato
PDF el justificante de pago antes de finalizar la solicitud.
En ningún caso la realización del pago presencial en entidad bancaria supondrá
sustitución del trámite de presentación en tiempo y forma de la solicitud.
El trámite de pago se deberá hacer en cualquier caso dentro del plazo de
presentación de instancias, siendo su abono fuera de plazo motivo de exclusión.
cve: BOE-A-2023-4461
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 43