III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE HACIENDA Y FUNCIÓN PÚBLICA. Representantes aduaneros. (BOE-A-2023-4489)
Resolución de 10 de febrero de 2023, de la Presidencia de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, por la que se aprueba la relación definitiva de personas admitidas y excluidas, con indicación de los exentos de la realización de la prueba teórica, y se anuncia fecha, hora y lugar de celebración de las pruebas de aptitud para la capacitación como representante aduanero, convocadas por Resolución de 8 de julio de 2022.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 43

Lunes 20 de febrero de 2023

Sec. III. Pág. 25909

III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO DE HACIENDA Y FUNCIÓN PÚBLICA
4489

Resolución de 10 de febrero de 2023, de la Presidencia de la Agencia Estatal
de Administración Tributaria, por la que se aprueba la relación definitiva de
personas admitidas y excluidas, con indicación de los exentos de la
realización de la prueba teórica, y se anuncia fecha, hora y lugar de
celebración de las pruebas de aptitud para la capacitación como
representante aduanero, convocadas por Resolución de 8 de julio de 2022.

Por Resolución de 22 de diciembre de 2022, de la Presidencia de la Agencia Estatal
de Administración Tributaria («Boletín Oficial del Estado» de 28 de diciembre de 2022) se
aprobaron e hicieron públicas las listas provisionales de admitidos y excluidos a las
pruebas de aptitud, con indicación de los aspirantes exentos de la prueba teórica,
convocadas por Resolución de 8 de julio de 2022 («Boletín Oficial del Estado» del 14).
Habiendo transcurrido el plazo señalado en el apartado 6 de la citada resolución de
convocatoria para la subsanación de los defectos que hayan motivado la exclusión de las
pruebas o de la exención de la prueba teórica y hechas las rectificaciones oportunas.
De conformidad con lo establecido en el apartado 6 de la Resolución de 8 de julio
de 2022, de la Presidencia de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, por la que
se convocan pruebas de aptitud para la capacitación como representante aduanero, se
resuelve:
Primero.
Aprobar la lista definitiva de aspirantes admitidos (anexo I) y excluidos (anexo II) a
las citadas pruebas, con indicación de los aspirantes exentos de la prueba teórica, de
acuerdo con lo previsto en el punto 3.2 de la Resolución de 8 de julio de 2022, y de la
sede de examen en donde las realizarán.
Asimismo, en el anexo III se indica la fecha, hora y dirección de las distintas sedes
donde se realizarán las pruebas.
A efectos de la realización de la prueba práctica, mediante resolución que se
publicará en la sede electrónica de la Agencia Estatal de Administración Tributaria se
aprobará la lista de aspirantes que hayan superado la prueba teórica. De conformidad
con lo previsto en el apartado 3.1 de la Resolución de 8 de julio de 2022, solo podrán
realizar la prueba práctica los aspirantes que hayan superado la prueba teórica o bien se
encuentren exentos de su realización.
Segundo.
Los aspirantes deberán ir provistos del documento nacional de identidad o
documento que acredite su identidad.

Contra la presente resolución podrá interponerse, con carácter potestativo, recurso
de reposición ante el Presidente de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, en el
plazo de un mes desde su publicación, o bien, recurso contencioso-administrativo, en el
plazo de dos meses desde su publicación, ante los Juzgados Centrales de lo
Contencioso- Administrativo, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y en
la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa,
significándose, que en caso de interponer recurso de reposición, no se podrá interponer

cve: BOE-A-2023-4489
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Tercero.