III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y FORMACIÓN PROFESIONAL. Convenios. (BOE-A-2023-4364)
Resolución de 8 de febrero de 2023, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio con Fundació pel Foment de la Societat del Coneixement, para el desarrollo del programa de formación abierta "Aula Mentor".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Sábado 18 de febrero de 2023

Sec. III. Pág. 25054

gasto alguno ni para el presupuesto de la Fundació pel Foment de la Societat del
Coneixement ni para el del Ministerio de Educación y Formación Profesional.
En virtud de este convenio, los firmantes adquieren los siguientes compromisos
económicos:
Por parte de la Fundació pel Foment de la Societat del Coneixement:
– Formalizar cuando proceda, el ingreso en tesorería de Fundació pel Foment de la
Societat del Coneixement de los pagos por matrícula correspondientes al alumnado del
Aula Mentor. La cantidad mínima establecida con la Fundació pel Foment de la Societat
del Coneixement ascenderá a 48 euros y un máximo de 200.000 euros, ingresados en
el presupuesto de la Fundació pel Foment de la Societat del Coneixement en las
aplicaciones presupuestarias 18.5005.32TA.46250.
– Asumir, cuando proceda, la compensación económica de los tutores recogida en
el acuerdo de colaboración que estos mantienen con el Ministerio de Educación y
Formación Profesional, en concepto de impartición de cursos, realizando la retención en
concepto de IRPF que la normativa tenga establecida. Dicho pago procederá de la
recaudación recibida en concepto de matrícula y se ejecutará en 5 periodos anuales en
base a los informes de gasto emitidos por el Ministerio de Educación y Formación
Profesional. Este cargo será como mínimo de 48 euros y un máximo de 150.000
euros/año, que será imputado al presupuesto de gastos de la Fundació pel Foment de la
Societat del Coneixement en la aplicación presupuestaria 2023.46250. Si durante un
periodo no se formalizara ningún ingreso en concepto de matriculación, el cargo mínimo
será 0 euros.
– Asumir los gastos de mantenimiento del Aula Mentor, que serán como mínimo
de 100 euros y un máximo de 500 euros al año y se imputarán al presupuesto de gastos
de la Fundació pel Foment de la Societat del Coneixement, derivado de los ingresos de
la matrícula.
– Hacerse cargo, cuando proceda y no se cuente con recursos propios para asumir
las tareas de la administración del Aula, del contrato del responsable o administrador del
Aula Mentor de la Fundació pel Foment de la Societat del Coneixement que implicará
una cantidad mínima de 1.650 euros al año (incluyendo impuestos y seguridad social) y
una cantidad máxima de 24.500 euros/año que se imputará al presupuesto de gasto de
personal de la Fundació pel Foment de la Societat del Coneixement.
– Hacerse cargo, cuando proceda y no se cuente con recursos propios para las
tareas de información y orientación a la ciudadanía, del contrato del responsable de
la atención en tareas de información y orientación profesional del Aula Mentor de la
Fundació pel Foment de la Societat del Coneixement que implicará una cantidad mínima
de 1.650 euros al año (incluyendo impuestos y seguridad social) y una cantidad máxima
de 24.500 euros/año que se imputará al presupuesto de gasto de personal de la
Fundació pel Foment de la Societat del Coneixement.
– Remitir a la Subdirección General de Orientación y Aprendizaje a lo largo de la
Vida la información de Fundació pel Foment de la Societat del Coneixement necesaria
para elaborar la memoria anual del programa Aula Mentor, una de cuyas dimensiones es
la económica.
Por parte del Ministerio de Educación y Formación Profesional a través de la
Subdirección General de Orientación y Aprendizaje a lo largo de la Vida:
– Remitir, cuando proceda, 5 informes económicos anuales a la Fundació pel
Foment de la Societat del Coneixement indicando el número de alumnado tutorizado
en ese periodo, para que dicha entidad proceda al pago de los costes tutoriales
correspondientes.
– En el caso de Aulas Mentor con atención directa a la ciudadanía en tareas de
información y orientación profesional, remitir un informe anual de personas atendidas,
de personas inscritas en los procedimientos de acreditación de competencias profesionales,

cve: BOE-A-2023-4364
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Núm. 42