I. Disposiciones generales. COMUNIDAD AUTÓNOMA DE LA RIOJA. Patrimonio natural. (BOE-A-2023-4327)
Ley 2/2023, de 31 de enero, de biodiversidad y patrimonio natural de La Rioja.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 42

Sábado 18 de febrero de 2023
Sección 5.ª

Sec. I. Pág. 24837

Paisajes protegidos.

Artículo 86. Paisajes protegidos.
Artículo 87. Declaración de paisaje protegido.
Artículo 88. Normas de conservación de paisajes protegidos.
Artículo 89. Órganos de participación.
Sección 6.ª

Red Natura 2000.

Artículo 90.
Artículo 91.
Artículo 92.
Artículo 93.
Artículo 94.
Natura 2000.
Artículo 95.
Artículo 96.
Artículo 97.
Artículo 98.
Artículo 99.
Artículo 100.
Artículo 101.
Sección 7.ª

Medidas de conservación de la Red Natura 2000.
Ámbito de aplicación de los planes de gestión.
Contenido mínimo de los planes de gestión.
Garantía de compatibilidad y clasificación de usos.
Procedimiento de evaluación.
Emisión de informes.
Comunicación del cumplimiento de las obligaciones comunitarias.
Otros espacios naturales protegidos.

Artículo 102.
Artículo 103.
Capítulo IV.

Espacios protegidos de la Red Natura 2000.
Propuesta de lugares de importancia comunitaria.
Zonas de especial conservación.
Zonas de especial protección para las aves.
Propuesta de modificación del ámbito de un espacio de la Red

Microrreservas.
Espacios naturales locales.
De la Red de Zonas Naturales de Interés Especial.

Artículo 104. Concepto.
Artículo 105. Funciones.
Artículo 106. Inventario de Zonas Naturales de Interés.
Capítulo V. Áreas
internacionales.

naturales

protegidas

o

reconocidas

por

instrumentos

Artículo 107. Áreas naturales protegidas o reconocidas por instrumentos
internacionales.
Artículo 108. Declaración de áreas protegidas o reconocidas por instrumentos
internacionales.
Artículo 109. Órganos de participación.
Título III.

De la protección de las especies silvestres.

Capítulo I.

Régimen general.

Capítulo II.
Especial.

Listado Riojano de Especies Silvestres en Régimen de Protección

Artículo 112. Listado Riojano de Especies Silvestres en Régimen de Protección
Especial.
Artículo 113. Procedimiento de inclusión o exclusión del Listado Riojano de
Especies Silvestres en Régimen de Protección Especial.
Artículo 114. Efectos de la inclusión en el Listado Riojano de Especies Silvestres en
Régimen de Protección Especial.

cve: BOE-A-2023-4327
Verificable en https://www.boe.es

Artículo 110. Garantía de conservación de especies autóctonas silvestres.
Artículo 111. Régimen de protección general. Prohibiciones.