I. Disposiciones generales. COMUNIDAD AUTÓNOMA DE LA RIOJA. Patrimonio natural. (BOE-A-2023-4327)
Ley 2/2023, de 31 de enero, de biodiversidad y patrimonio natural de La Rioja.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 42
Sábado 18 de febrero de 2023
Sección 4.ª
Sec. I. Pág. 24835
Actividades forestales, cinegéticas y piscícolas.
Artículo 18. La gestión forestal.
Artículo 19. La actividad cinegética y piscícola.
Sección 5.ª
Actividades extractivas.
Artículo 20.
Artículo 21.
Actividades extractivas.
Planes de restauración.
Sección 6.ª
Ecosistemas acuáticos.
Artículo 22. Consideraciones generales.
Artículo 23. Planificación hidrológica.
Artículo 24. Régimen de caudales ecológicos.
Artículo 25. Actuaciones de embalse, corrección y encauzamiento.
Artículo 26. Vaciado de embalses, balsas, canales y obras de derivación.
Artículo 27. Obstáculos, pasos y escalas.
Artículo 28. Vegetación de cauces y riberas.
Artículo 29. Restauración de humedales.
Sección 7.ª
Infraestructuras.
Artículo 30. Planificación de infraestructuras.
Artículo 31. Modificación de puntos de alta siniestralidad para la fauna silvestre.
Artículo 32. Mantenimiento del dominio público de infraestructuras viarias en
condiciones de seguridad.
Sección 8.ª
Suelo.
Artículo 33.
Artículo 34.
Actuaciones para la gestión sostenible del suelo.
Sobre la protección de la biodiversidad del suelo.
Sección 9.ª
Energía.
Artículo 35. Líneas de transporte y distribución de energía.
Artículo 36. Instalaciones de producción de energía.
Artículo 37. Mantenimiento de las líneas de transporte y distribución y las
instalaciones de producción de energía.
Artículo 38. Minimización y eliminación de infraestructuras eléctricas fuera de
servicio.
Sección 10.ª
Turismo.
Artículo 39. Usos turísticos y no consuntivos.
Artículo 40. Turismo de naturaleza.
Artículo 41.
Salud.
Salud.
Título II. De la protección de los espacios naturales.
Capítulo I. De la Red de Espacios Naturales Protegidos de La Rioja.
Artículo 42.
Artículo 43.
Artículo 44.
Artículo 45.
Artículo 46.
Red de Espacios Naturales Protegidos de La Rioja.
Concepto y definición de espacio natural protegido.
Administración y gestión de la Red.
Identidad corporativa.
Señalización de la Red.
cve: BOE-A-2023-4327
Verificable en https://www.boe.es
Sección 11.ª
Núm. 42
Sábado 18 de febrero de 2023
Sección 4.ª
Sec. I. Pág. 24835
Actividades forestales, cinegéticas y piscícolas.
Artículo 18. La gestión forestal.
Artículo 19. La actividad cinegética y piscícola.
Sección 5.ª
Actividades extractivas.
Artículo 20.
Artículo 21.
Actividades extractivas.
Planes de restauración.
Sección 6.ª
Ecosistemas acuáticos.
Artículo 22. Consideraciones generales.
Artículo 23. Planificación hidrológica.
Artículo 24. Régimen de caudales ecológicos.
Artículo 25. Actuaciones de embalse, corrección y encauzamiento.
Artículo 26. Vaciado de embalses, balsas, canales y obras de derivación.
Artículo 27. Obstáculos, pasos y escalas.
Artículo 28. Vegetación de cauces y riberas.
Artículo 29. Restauración de humedales.
Sección 7.ª
Infraestructuras.
Artículo 30. Planificación de infraestructuras.
Artículo 31. Modificación de puntos de alta siniestralidad para la fauna silvestre.
Artículo 32. Mantenimiento del dominio público de infraestructuras viarias en
condiciones de seguridad.
Sección 8.ª
Suelo.
Artículo 33.
Artículo 34.
Actuaciones para la gestión sostenible del suelo.
Sobre la protección de la biodiversidad del suelo.
Sección 9.ª
Energía.
Artículo 35. Líneas de transporte y distribución de energía.
Artículo 36. Instalaciones de producción de energía.
Artículo 37. Mantenimiento de las líneas de transporte y distribución y las
instalaciones de producción de energía.
Artículo 38. Minimización y eliminación de infraestructuras eléctricas fuera de
servicio.
Sección 10.ª
Turismo.
Artículo 39. Usos turísticos y no consuntivos.
Artículo 40. Turismo de naturaleza.
Artículo 41.
Salud.
Salud.
Título II. De la protección de los espacios naturales.
Capítulo I. De la Red de Espacios Naturales Protegidos de La Rioja.
Artículo 42.
Artículo 43.
Artículo 44.
Artículo 45.
Artículo 46.
Red de Espacios Naturales Protegidos de La Rioja.
Concepto y definición de espacio natural protegido.
Administración y gestión de la Red.
Identidad corporativa.
Señalización de la Red.
cve: BOE-A-2023-4327
Verificable en https://www.boe.es
Sección 11.ª