V. Anuncios. - B. Otros anuncios oficiales. MINISTERIO DE INCLUSIÓN, SEGURIDAD SOCIAL Y MIGRACIONES. (BOE-B-2023-4849)
Extracto de la Resolución de 13 de febrero de 2023 de la Dirección General de Migraciones, por la que se convocan ayudas para 2023, del Programa de Mayores y Dependientes de la Orden ESS/1613/2012, de 19 de julio.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 41
Viernes 17 de febrero de 2023
Sec. V-B. Pág. 7508
V. Anuncios
B. Otros anuncios oficiales
MINISTERIO DE INCLUSIÓN, SEGURIDAD SOCIAL Y MIGRACIONES
4849
Extracto de la Resolución de 13 de febrero de 2023 de la Dirección
General de Migraciones, por la que se convocan ayudas para 2023, del
Programa de Mayores y Dependientes de la Orden ESS/1613/2012, de
19 de julio.
BDNS(Identif.):676383
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/
2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la
convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional
de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/
676383)
Primero. Beneficiarios
Podrán optar a estas subvenciones los centros de día, residencias de mayores
u otras instituciones que acojan a personas y/o dependientes no pertenecientes a
la población activa, que tengan la condición de españoles en el exterior, o sean
cónyuges de éstos, y carezcan de los medios suficientes para subsistir por sí
mismos.
Segundo. Objeto
Estas subvenciones tienen por objeto mejorar las condiciones de vida de los
españoles mayores y/o dependientes en el exterior mediante el apoyo a centros
sociales, centros de día y residencias de mayores, para la realización de
actividades de carácter informativo, social o asistencial de las instituciones que
tengan como finalidad la atención de dicho colectivo.
Tercero. Financiación
Las subvenciones se financiarán con cargo al crédito presupuestario previsto
en los Presupuestos Generales del Estado para el 2023, consignado en la
aplicación presupuestaria 32.03.231B.492.05 por importe máximo de 2.250.000
euros, del Presupuesto de Gasto de la Secretaría de Estado de Migraciones del
Ministerio de Inclusión, Migraciones y Seguridad Social.
Cuarto. Plazo
El plazo para la presentación de solicitudes será de 20 días naturales,
contados a partir del siguiente a la publicación de este extracto en el Boletín Oficial
del Estado.
Las solicitudes de ayudas se formalizarán en los modelos normalizados que
están disponibles en la página web del Portal de la ciudadanía española en el
exterior (https://ciudadaniaexterior.inclusion.gob.es/web/ciudadania/formularios) y
en la sede electrónica del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones
(https://sede.inclusion.gob.es/-/programa-de-mayores-ydependientes?redirect= %2Fayudasy-subvenciones#).
cve: BOE-B-2023-4849
Verificable en https://www.boe.es
Normas generales de la convocatoria
Núm. 41
Viernes 17 de febrero de 2023
Sec. V-B. Pág. 7508
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MINISTERIO DE INCLUSIÓN, SEGURIDAD SOCIAL Y MIGRACIONES
4849
Extracto de la Resolución de 13 de febrero de 2023 de la Dirección
General de Migraciones, por la que se convocan ayudas para 2023, del
Programa de Mayores y Dependientes de la Orden ESS/1613/2012, de
19 de julio.
BDNS(Identif.):676383
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/
2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la
convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional
de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/
676383)
Primero. Beneficiarios
Podrán optar a estas subvenciones los centros de día, residencias de mayores
u otras instituciones que acojan a personas y/o dependientes no pertenecientes a
la población activa, que tengan la condición de españoles en el exterior, o sean
cónyuges de éstos, y carezcan de los medios suficientes para subsistir por sí
mismos.
Segundo. Objeto
Estas subvenciones tienen por objeto mejorar las condiciones de vida de los
españoles mayores y/o dependientes en el exterior mediante el apoyo a centros
sociales, centros de día y residencias de mayores, para la realización de
actividades de carácter informativo, social o asistencial de las instituciones que
tengan como finalidad la atención de dicho colectivo.
Tercero. Financiación
Las subvenciones se financiarán con cargo al crédito presupuestario previsto
en los Presupuestos Generales del Estado para el 2023, consignado en la
aplicación presupuestaria 32.03.231B.492.05 por importe máximo de 2.250.000
euros, del Presupuesto de Gasto de la Secretaría de Estado de Migraciones del
Ministerio de Inclusión, Migraciones y Seguridad Social.
Cuarto. Plazo
El plazo para la presentación de solicitudes será de 20 días naturales,
contados a partir del siguiente a la publicación de este extracto en el Boletín Oficial
del Estado.
Las solicitudes de ayudas se formalizarán en los modelos normalizados que
están disponibles en la página web del Portal de la ciudadanía española en el
exterior (https://ciudadaniaexterior.inclusion.gob.es/web/ciudadania/formularios) y
en la sede electrónica del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones
(https://sede.inclusion.gob.es/-/programa-de-mayores-ydependientes?redirect= %2Fayudasy-subvenciones#).
cve: BOE-B-2023-4849
Verificable en https://www.boe.es
Normas generales de la convocatoria