V. Anuncios. - B. Otros anuncios oficiales. MINISTERIO DE POLÍTICA TERRITORIAL. (BOE-B-2023-4846)
Anuncio del Área Funcional de Industria y Energía de la Delegación del Gobierno en Navarra por el que se somete a información pública la solicitud de autorización administrativa previa, autorización administrativa de construcción y declaración de utilidad pública de los "Parques Eólicos La Senda y El Camino" y sus infraestructuras de evacuación asociadas (PEol-707 AC).
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 17 de febrero de 2023

Sec. V-B. Pág. 7486

Parque eólico El Camino: 4 aerogeneradores Nordex de 5,7 MW, torre de 118
metros de altura de buje y 163 metros de diámetro de pala, con una potencia total
a instalar de 22,8 MW, junto a su línea soterrada de 20 kV.
Subestación Las Llanas de Codés, con una posición de transformación ya
existente 220/12 de 55 MVA en la que actualmente evacúa el PE Aras. Se instalará
anexo un centro de seccionamiento y transformación 20/12 kV de 13 MVA para el
PE La Senda y una posición de transformación ya existente 220/20 kV de 75 MVA
en el que actualmente evacúa el PE Azuelo para el PE El Camino. Será objeto de
tramitación en la Comunidad Foral.
Línea aérea de alta tensión 220 kV SET LAS LLANAS DE CODÉS-SET LA
GUARDIA 220 kV ya existente, de evacuación de varios parques eólicos en
explotación.
Subestación LA GUARDIA 220 kV de REE.
Presupuesto estimado: Parque Eólico la Senda y su infraestructura de
evacuación: 11.076.562 € y Parque Eólico el Camino y su infraestructura de
evacuación: 22.734.870 €
Finalidad: Generación de energía eléctrica mediante dos parques eólicos, así
como su evacuación a la red de transporte de energía eléctrica.
El peticionario ha formulado la solicitud de autorización administrativa previa,
autorización administrativa de construcción y declaración de utilidad pública de los
presentes proyectos, cuya aprobación es competencia del Ministerio para la
Transición Ecológica y el Reto Demográfico y, del Área de Industria y Energía de la
Delegación del Gobierno en Navarra, la tramitación del expediente administrativo,
sobre la petición de las referidas resoluciones. Están sometidas al trámite de
información pública e información las Administraciones públicas de los arts. 125,
127 y 131 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan
las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y
procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, si bien se
unifican dichos trámites y todos los plazos previstos se reducen a la mitad.
Según lo previsto en el artículo 54 de la Ley 24/2013 del Sector Eléctrico, se
declaran de utilidad pública las instalaciones eléctricas de generación, transporte y
distribución de energía eléctrica, a los efectos de expropiación forzosa de los
bienes y derechos necesarios para su establecimiento y de la imposición y ejercicio
de la servidumbre de paso de energía eléctrica.
Para el reconocimiento en concreto de tal utilidad pública, según lo previsto en
el artículo 55 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico, será
necesario que la empresa interesada lo solicite, incluyendo una relación concreta e
individualizada de los bienes o derechos que aquélla considere de necesaria
expropiación.
La declaración de utilidad pública llevará implícita los efectos previstos en el
artículo 56 de la Ley 24/2013 del Sector Eléctrico y en el artículo 149 del Real
Decreto 1955/2000 referido.
Lo que se hace público para conocimiento general y para que puedan ser
examinados los proyectos y los planos parcelarios y, por tanto, todos los
documentos técnicos y ambientales en la Dependencia del Área de Industria y

cve: BOE-B-2023-4846
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Núm. 41