III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE INDUSTRIA, COMERCIO Y TURISMO. Comunidad Foral de Navarra. Convenio. (BOE-A-2023-4223)
Resolución de 9 de febrero de 2023, de la Secretaría de Estado de Comercio, por la que se publica el Convenio con la Comunidad Foral de Navarra, para la realización de un periodo de formación en las Oficinas Económicas y Comerciales.
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Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 40
Jueves 16 de febrero de 2023
Sec. III. Pág. 24130
Instituciones oficiales o privadas y agentes económicos deberá contar con autorización
expresa de su tutor o del Jefe de la Oficina.
VIII. Contactos institucionales con la Embajada. Los contactos institucionales del
becario con el personal de la Embajada se harán siempre acompañados por el
Consejero Económico y Comercial Jefe de la Oficina o por la persona del Oficina en
quien delegue.
En todo caso, el contenido de las labores desarrolladas por el becario no podrá dar
lugar a la sustitución de la prestación laboral propia de puestos de trabajo y no tendrán la
consideración de mérito para el acceso a la función pública ni será computada a efectos
de antigüedad o reconocimiento de servicios previos en ningún caso.
Novena.
Informes de seguimiento a elaborar por los becarios.
A la finalización de la beca y durante la duración de la misma, los becarios
elaborarán informes de actividad con la frecuencia que les marque su Organismo. La
remisión de estos informes a los servicios centrales de sus Organismos, siempre tendrá
que contar con el visto bueno de su tutor en la Oficina Económica y Comercial.
Décima.
Tarjetas de visita. Representación.
Todos los becarios destinados en una misma Oficina Económica y Comercial
utilizarán exclusivamente tarjetas de visita con una denominación homogénea, que
indicará el Jefe de la Oficina. También podrán, si el Jefe de la Oficina lo considera
adecuado, utilizar tarjetas sin indicación del cargo, únicamente con el nombre del becario
y los datos de la Oficina Económica y Comercial.
Queda prohibido el uso de las tarjetas utilizadas durante la beca a partir del día en
que los becarios hayan concluido su periodo de estancia en la Oficina.
Undécima.
Días de descanso.
Es conveniente para el funcionamiento del programa que haya homogeneidad en
materia de días de descanso entre los becarios de los diferentes Organismos destinados
en la misma Oficina Económica y Comercial. En consecuencia, DDE concederá a sus
becarios los mismos días de descanso que disfruten los becarios de ICEX, es
decir quince días hábiles. Estos días se disfrutarán por año de permanencia efectiva en
la Oficina.
Los becarios deberán solicitar los días de descanso con suficiente antelación a su
tutor o al Jefe de la Oficina, quien los autorizará siempre que no interfieran con
necesidades urgentes relacionadas con el funcionamiento de la misma. El Jefe de la
Oficina podrá escalonar los días de descanso solicitados por los diferentes becarios, de
acuerdo con las necesidades del servicio.
Cuando los becarios deseen abandonar el país de residencia, incluso cuando se
trate de salidas en fines de semana o en días no laborables, lo pondrán en conocimiento
previo del Jefe de la Oficina.
Propiedad de los trabajos que realicen los becarios.
Los estudios de mercado, informaciones o análisis comerciales que realicen los
becarios durante su proceso de formación en la Oficina Comercial pasan a ser propiedad
de la misma y, consecuentemente, de la Secretaría de Estado de Comercio, que los
puede utilizar y publicar de acuerdo con sus necesidades y programas.
Decimotercera.
Obligación de confidencialidad.
Todos los becarios que se incorporen a una Oficina Económica y Comercial quedan
obligados a guardar absoluta confidencialidad respecto a cualquier tipo de información
cve: BOE-A-2023-4223
Verificable en https://www.boe.es
Duodécima.
Núm. 40
Jueves 16 de febrero de 2023
Sec. III. Pág. 24130
Instituciones oficiales o privadas y agentes económicos deberá contar con autorización
expresa de su tutor o del Jefe de la Oficina.
VIII. Contactos institucionales con la Embajada. Los contactos institucionales del
becario con el personal de la Embajada se harán siempre acompañados por el
Consejero Económico y Comercial Jefe de la Oficina o por la persona del Oficina en
quien delegue.
En todo caso, el contenido de las labores desarrolladas por el becario no podrá dar
lugar a la sustitución de la prestación laboral propia de puestos de trabajo y no tendrán la
consideración de mérito para el acceso a la función pública ni será computada a efectos
de antigüedad o reconocimiento de servicios previos en ningún caso.
Novena.
Informes de seguimiento a elaborar por los becarios.
A la finalización de la beca y durante la duración de la misma, los becarios
elaborarán informes de actividad con la frecuencia que les marque su Organismo. La
remisión de estos informes a los servicios centrales de sus Organismos, siempre tendrá
que contar con el visto bueno de su tutor en la Oficina Económica y Comercial.
Décima.
Tarjetas de visita. Representación.
Todos los becarios destinados en una misma Oficina Económica y Comercial
utilizarán exclusivamente tarjetas de visita con una denominación homogénea, que
indicará el Jefe de la Oficina. También podrán, si el Jefe de la Oficina lo considera
adecuado, utilizar tarjetas sin indicación del cargo, únicamente con el nombre del becario
y los datos de la Oficina Económica y Comercial.
Queda prohibido el uso de las tarjetas utilizadas durante la beca a partir del día en
que los becarios hayan concluido su periodo de estancia en la Oficina.
Undécima.
Días de descanso.
Es conveniente para el funcionamiento del programa que haya homogeneidad en
materia de días de descanso entre los becarios de los diferentes Organismos destinados
en la misma Oficina Económica y Comercial. En consecuencia, DDE concederá a sus
becarios los mismos días de descanso que disfruten los becarios de ICEX, es
decir quince días hábiles. Estos días se disfrutarán por año de permanencia efectiva en
la Oficina.
Los becarios deberán solicitar los días de descanso con suficiente antelación a su
tutor o al Jefe de la Oficina, quien los autorizará siempre que no interfieran con
necesidades urgentes relacionadas con el funcionamiento de la misma. El Jefe de la
Oficina podrá escalonar los días de descanso solicitados por los diferentes becarios, de
acuerdo con las necesidades del servicio.
Cuando los becarios deseen abandonar el país de residencia, incluso cuando se
trate de salidas en fines de semana o en días no laborables, lo pondrán en conocimiento
previo del Jefe de la Oficina.
Propiedad de los trabajos que realicen los becarios.
Los estudios de mercado, informaciones o análisis comerciales que realicen los
becarios durante su proceso de formación en la Oficina Comercial pasan a ser propiedad
de la misma y, consecuentemente, de la Secretaría de Estado de Comercio, que los
puede utilizar y publicar de acuerdo con sus necesidades y programas.
Decimotercera.
Obligación de confidencialidad.
Todos los becarios que se incorporen a una Oficina Económica y Comercial quedan
obligados a guardar absoluta confidencialidad respecto a cualquier tipo de información
cve: BOE-A-2023-4223
Verificable en https://www.boe.es
Duodécima.