III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2023-4218)
Resolución de 6 de febrero de 2023, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el Acuerdo de modificación del Convenio colectivo de Novedades Agrícolas, SA.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 40
Jueves 16 de febrero de 2023
Sec. III. Pág. 23959
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL
4218
Resolución de 6 de febrero de 2023, de la Dirección General de Trabajo, por
la que se registra y publica el Acuerdo de modificación del Convenio colectivo
de Novedades Agrícolas, SA.
Visto el texto del acuerdo de modificación del artículo 32 del Convenio colectivo de la
empresa Novedades Agrícolas, SA, publicado en el BOE de 24 de enero de 2019
(Código de convenio núm.: 90012622012000), acuerdo que ha sido suscrito con
fecha 10 de enero de 2023, de una parte por los designados por la Dirección de la
empresa, en representación de la misma, y de otra por los dos Comités de empresa y un
Delegado de personal, en representación de los trabajadores afectados, y de
conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartado 2 y 3, de la Ley del Estatuto de
los Trabajadores, texto refundido aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23
de octubre (BOE de 24 de octubre), y en el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo,
sobre registro y depósito de convenios colectivos, acuerdos colectivos de trabajo y
planes de igualdad,
Esta Dirección General de Trabajo resuelve:
Primero.
Ordenar la inscripción del citado acuerdo de modificación en el correspondiente
Registro de convenios colectivos, acuerdos colectivos de trabajo y planes de igualdad
con funcionamiento a través de medios electrónicos de este Centro Directivo, con
notificación a la Comisión Negociadora.
Segundo.
Disponer su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Madrid, 6 de febrero de 2023.–La Directora General de Trabajo, Verónica Martínez
Barbero.
ACUERDO DE MODIFICACIÓN PARCIAL CONVENIO COLECTIVO DE LA EMPRESA
«NOVEDADES AGRÍCOLAS, SA»
Incremento salarial.
Se acuerda un incremento lineal bruto excepcional y puntual por trabajador, para el
año 2023, de 1.050 euros brutos anuales.
Dicha cantidad bruta anual se entiende para personas trabajadoras a jornada
completa. En caso de jornada reducida está cantidad será proporcional a dicha jornada.
El incremento de estos 1.050 euros brutos anuales se aplicará para el año 2023
sumando los 1.050 euros brutos anuales a las tablas salariales del año 2022.
A lo anterior se exceptuarían los grupos salariales que, tras aplicar la subida,
rebasen en 2023 incrementos salariales superiores al 6,5 %, considerándose este 6,5 %
anual el máximo del incremento salarial de cualquiera de los grupos salariales.
Cualquier otro concepto salarial no contemplado en las tablas salariales
permanecerá inalterable y con el valor bruto del año 2022.
cve: BOE-A-2023-4218
Verificable en https://www.boe.es
Artículo 32.
Núm. 40
Jueves 16 de febrero de 2023
Sec. III. Pág. 23959
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL
4218
Resolución de 6 de febrero de 2023, de la Dirección General de Trabajo, por
la que se registra y publica el Acuerdo de modificación del Convenio colectivo
de Novedades Agrícolas, SA.
Visto el texto del acuerdo de modificación del artículo 32 del Convenio colectivo de la
empresa Novedades Agrícolas, SA, publicado en el BOE de 24 de enero de 2019
(Código de convenio núm.: 90012622012000), acuerdo que ha sido suscrito con
fecha 10 de enero de 2023, de una parte por los designados por la Dirección de la
empresa, en representación de la misma, y de otra por los dos Comités de empresa y un
Delegado de personal, en representación de los trabajadores afectados, y de
conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartado 2 y 3, de la Ley del Estatuto de
los Trabajadores, texto refundido aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23
de octubre (BOE de 24 de octubre), y en el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo,
sobre registro y depósito de convenios colectivos, acuerdos colectivos de trabajo y
planes de igualdad,
Esta Dirección General de Trabajo resuelve:
Primero.
Ordenar la inscripción del citado acuerdo de modificación en el correspondiente
Registro de convenios colectivos, acuerdos colectivos de trabajo y planes de igualdad
con funcionamiento a través de medios electrónicos de este Centro Directivo, con
notificación a la Comisión Negociadora.
Segundo.
Disponer su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Madrid, 6 de febrero de 2023.–La Directora General de Trabajo, Verónica Martínez
Barbero.
ACUERDO DE MODIFICACIÓN PARCIAL CONVENIO COLECTIVO DE LA EMPRESA
«NOVEDADES AGRÍCOLAS, SA»
Incremento salarial.
Se acuerda un incremento lineal bruto excepcional y puntual por trabajador, para el
año 2023, de 1.050 euros brutos anuales.
Dicha cantidad bruta anual se entiende para personas trabajadoras a jornada
completa. En caso de jornada reducida está cantidad será proporcional a dicha jornada.
El incremento de estos 1.050 euros brutos anuales se aplicará para el año 2023
sumando los 1.050 euros brutos anuales a las tablas salariales del año 2022.
A lo anterior se exceptuarían los grupos salariales que, tras aplicar la subida,
rebasen en 2023 incrementos salariales superiores al 6,5 %, considerándose este 6,5 %
anual el máximo del incremento salarial de cualquiera de los grupos salariales.
Cualquier otro concepto salarial no contemplado en las tablas salariales
permanecerá inalterable y con el valor bruto del año 2022.
cve: BOE-A-2023-4218
Verificable en https://www.boe.es
Artículo 32.