II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA. Cuerpo de Ingenieros Técnicos Aeronáuticos. (BOE-A-2023-4154)
Resolución de 10 de febrero de 2023, de la Subsecretaría, por la que se aprueba la relación provisional de personas admitidas y excluidas, se anuncia fecha, hora y lugar de celebración del primer ejercicio, se corrigen errores y se modifica la composición del Tribunal calificador del proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso libre, en el Cuerpo de Ingenieros Técnicos Aeronáuticos, convocado por Resolución de 5 de diciembre de 2022.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 40

Jueves 16 de febrero de 2023

Sec. II.B. Pág. 23818

ANEXO
Cuerpo de Ingenieros Técnicos Aeronáuticos
Relación provisional de aspirantes excluidos del proceso selectivo
Acceso Libre
NIF

Apellidos y nombre

Causas de exclusión

***1691**

FERNÁNDEZ ESCUDERO, DAVID.

K

***3611**

GONZÁLEZ MOHÍNO LÓPEZ TERCERO, FRANCISCO.

K

***6849**

GUERRERO GAMERO, ALEJANDRO.

K

***8157**

MEDINA GÁMEZ, PEDRO.

K

***2682**

RODRÍGUEZ FERNÁNDEZ, RAÚL.

K

***8730**

SÁNCHEZ DE CUNS, PABLO.

E

***4217**

SEBASTIÁN ARANDA, LUIS EDUARDO.

B

***8181**

VELANDO CRESPO, RICARDO.

E

cve: BOE-A-2023-4154
Verificable en https://www.boe.es

Causas de exclusión:
A. Los días de permanencia en inscripción en los Servicios Públicos de Empleo son inferiores a los establecidos en el apartado b) del anexo V de las bases de
la convocatoria.
B. No ha sido posible verificar que percibe rentas inferiores al Salario Mínimo Interprofesional.
C. No acredita percibir rentas inferiores al Salario Mínimo Interprofesional.
D. No ha sido posible verificar la titulación académica.
E. Está en posesión de una titulación académica distinta de las recogidas en la base específica 4 de la convocatoria.
F. No procede la exención del pago de la tasa por familia numerosa especial, sino la reducción por familia numerosa general.
G. Título de familia numerosa caducado.
H. No ha sido posible verificar la condición de discapacidad con un grado igual o superior al 33 %.
I. Se opone a la verificación de los datos expresados en la solicitud (titulación académica y DNI) y no aporta la misma.
J. No autoriza la verificación de la documentación para la exención del pago de la tasa y no aporta la misma.
K. No se adjunta título o certificado que justifique la no realización del examen presencial de idioma.

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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X