III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE DERECHOS SOCIALES Y AGENDA 2030. Organización Nacional de Ciegos Españoles. Juegos. (BOE-A-2023-4124)
Resolución de 6 de febrero de 2023, de la Secretaría de Estado de Derechos Sociales, por la que se publica el calendario de los productos de las tres modalidades de lotería de las que es titular la Organización Nacional de Ciegos Españoles, para el primer trimestre del año 2023.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 39

Miércoles 15 de febrero de 2023

Sec. III. Pág. 23717

B. Características de los productos de la modalidad de lotería denominada
«Juego activo de la ONCE» que se comercializarán durante el primer trimestre
de 2023
1.

Sorteos del producto de juego activo «Mi día»

Sorteos celebrados entre el 2 de enero y el 23 de febrero, ambos incluidos:
1.1 La cantidad destinada a premios representa el 60,0 % de la recaudación de
cada uno de los sorteos.
1.2 El precio unitario de la combinación será de un euro (1 €) por sorteo.
i. El importe unitario de cada una de las ocho categorías de premios se calculará
por la ONCE para cada sorteo, según lo establecido en los apartados 4 y 5 del apéndice
primero del Reglamento regulador de los productos de la modalidad de lotería
denominada «Juego activo de la ONCE».
Sorteos celebrados entre el 27 de febrero y el 31 de marzo, ambos incluidos:
1.1 La cantidad destinada a premios representa una media del 60,0% de la
recaudación de cada uno de los sorteos.
1.2 El precio unitario de la combinación será de un euro (1 €) por sorteo.
1.3 El importe unitario de cada una de las ocho categorías de premios es fija para
cada sorteo, según lo establecido en los apartados 4 y 5 del apéndice primero del
Reglamento regulador de los productos de la modalidad de lotería denominada «Juego
activo de la ONCE».
2. Sorteos del producto de juego activo «Super ONCE»
2.1 De acuerdo con lo dispuesto en el apartado 2.º del apéndice segundo del
Reglamento regulador de los productos de la modalidad de lotería denominada «Juego
activo de la ONCE», en el producto existen 7 tipos de combinaciones.
2.2 Conforme a las previsiones del apartado 5.º del apéndice segundo del
Reglamento regulador de los productos de la modalidad de lotería denominada «Juego
activo de la ONCE», en el producto «Super Once» se destinan a premios los siguientes
porcentajes medios de la recaudación por tipo de combinación:
Tipo de combinación
11

10

9

8

7

6

5

2.3 La cuantía de los premios del producto «Super ONCE» se determina de
acuerdo con lo dispuesto en los apartados 4.º y 5.º del apéndice segundo del
Reglamento regulador de los productos de la modalidad de lotería denominada «Juego
activo de la ONCE», siendo fija para todas y cada una de las categorías (excepto lo
dispuesto en las letras a) y b) del mencionado apartado 5.º, y se determina en función
del tipo de combinación, de la cantidad de números acertados de la combinación
ganadora, y del número de combinaciones iguales efectuadas por sorteo.
2.4 El precio unitario de la combinación del producto «Super Once» será de un euro (1€).
El precio del boleto será el resultado de multiplicar el precio unitario de la combinación (un euro)
por el número de combinaciones iguales, por el número de sorteos en los que el concursante
desea participar con dicha combinación.

cve: BOE-A-2023-4124
Verificable en https://www.boe.es

Total premios. 54,9% 54,5% 54,8% 54,9% 54,8% 54,7% 54,2%