I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE ASUNTOS ECONÓMICOS Y TRANSFORMACIÓN DIGITAL. Medidas financieras. (BOE-A-2023-3983)
Resolución de 10 de febrero de 2023, de la Secretaría General del Tesoro y Financiación Internacional, por la que se actualiza el anexo 1 incluido en la Resolución de 4 de julio de 2017, de la Secretaría General del Tesoro y Política Financiera, por la que se define el principio de prudencia financiera aplicable a las operaciones de endeudamiento y derivados de las comunidades autónomas y entidades locales.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 15 de febrero de 2023
Sec. I. Pág. 23127
Vida media
de la operación
(meses)
Tipo fijo anual máximo
(puntos porcentuales)
Diferencial máximo sobre
euríbor doce meses
(puntos básicos)
Diferencial máximo sobre
euríbor seis meses
(puntos básicos)
Diferencial máximo sobre
euríbor tres meses
(puntos básicos)
Diferencial máximo
sobre euríbor un mes
(puntos básicos)
120
3,21
20
40
42
44
132
3,24
22
43
44
45
144
3,31
29
50
49
49
156
3,37
34
56
54
54
168
3,42
40
61
59
57
180
3,52
51
73
69
67
192
3,50
52
73
69
66
204
3,49
52
74
69
66
216
3,55
62
83
78
74
228
3,53
62
84
78
73
240
3,59
71
93
86
81
252
3,59
74
96
89
83
264
3,53
71
93
86
80
276
3,53
75
96
89
82
288
3,53
78
100
92
85
300
3,56
84
105
97
90
312
3,57
88
110
101
94
324
3,57
91
112
104
96
336
3,58
95
116
108
100
348
3,64
104
125
116
109
360
3,68
111
132
123
115
La base utilizada para el cálculo del tipo fijo anual máximo contenido en la tabla
superior es la base Actual/Actual. En el caso de utilizarse una base distinta de la anterior
deberá hacerse el oportuno ajuste.
En aquellas operaciones a tipo fijo con plazo de devengo de intereses distinto al año,
el tipo fijo máximo deberá calcularse como el tipo equivalente al tipo fijo anual para el
periodo de devengo considerado.
Los tipos de interés fijos y diferenciales máximos aplicables para operaciones cuya vida
media exacta no se encuentre publicada en la presente tabla se hallarán por interpolación
lineal entre los dos tipos o diferenciales más cercanos al plazo medio de la operación.
Sobre estos tipos de interés fijos o diferenciales sobre euríbor, se podrán aplicar los
diferenciales máximos contenidos en el anexo 3 de la Resolución de 4 de julio de 2017
de la Secretaría General del Tesoro y Política Financiera, por la que se define el principio
de prudencia financiera aplicable a las operaciones de endeudamiento y derivados de las
comunidades autónomas y entidades locales.
En el caso de las operaciones de endeudamiento no instrumentadas en valores con
tipo de interés variable, si el coste total máximo al que se refiere el apartado tercero de la
citada resolución fuera menor al valor del euríbor tomado como referencia, dichas
operaciones podrán formalizarse a un tipo de interés menor o igual al euríbor de
referencia más 20 puntos básicos. Las operaciones de endeudamiento que se acojan a
esta alternativa deberán ser operaciones cancelables en cualquier momento desde su
formalización y no podrán contener comisiones de cancelación.
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
cve: BOE-A-2023-3983
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 39
Miércoles 15 de febrero de 2023
Sec. I. Pág. 23127
Vida media
de la operación
(meses)
Tipo fijo anual máximo
(puntos porcentuales)
Diferencial máximo sobre
euríbor doce meses
(puntos básicos)
Diferencial máximo sobre
euríbor seis meses
(puntos básicos)
Diferencial máximo sobre
euríbor tres meses
(puntos básicos)
Diferencial máximo
sobre euríbor un mes
(puntos básicos)
120
3,21
20
40
42
44
132
3,24
22
43
44
45
144
3,31
29
50
49
49
156
3,37
34
56
54
54
168
3,42
40
61
59
57
180
3,52
51
73
69
67
192
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73
69
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69
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62
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78
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228
3,53
62
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3,59
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93
86
81
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3,59
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3,53
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96
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92
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90
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3,58
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3,64
104
125
116
109
360
3,68
111
132
123
115
La base utilizada para el cálculo del tipo fijo anual máximo contenido en la tabla
superior es la base Actual/Actual. En el caso de utilizarse una base distinta de la anterior
deberá hacerse el oportuno ajuste.
En aquellas operaciones a tipo fijo con plazo de devengo de intereses distinto al año,
el tipo fijo máximo deberá calcularse como el tipo equivalente al tipo fijo anual para el
periodo de devengo considerado.
Los tipos de interés fijos y diferenciales máximos aplicables para operaciones cuya vida
media exacta no se encuentre publicada en la presente tabla se hallarán por interpolación
lineal entre los dos tipos o diferenciales más cercanos al plazo medio de la operación.
Sobre estos tipos de interés fijos o diferenciales sobre euríbor, se podrán aplicar los
diferenciales máximos contenidos en el anexo 3 de la Resolución de 4 de julio de 2017
de la Secretaría General del Tesoro y Política Financiera, por la que se define el principio
de prudencia financiera aplicable a las operaciones de endeudamiento y derivados de las
comunidades autónomas y entidades locales.
En el caso de las operaciones de endeudamiento no instrumentadas en valores con
tipo de interés variable, si el coste total máximo al que se refiere el apartado tercero de la
citada resolución fuera menor al valor del euríbor tomado como referencia, dichas
operaciones podrán formalizarse a un tipo de interés menor o igual al euríbor de
referencia más 20 puntos básicos. Las operaciones de endeudamiento que se acojan a
esta alternativa deberán ser operaciones cancelables en cualquier momento desde su
formalización y no podrán contener comisiones de cancelación.
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cve: BOE-A-2023-3983
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 39