V. Anuncios. - B. Otros anuncios oficiales. COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CATALUÑA. (BOE-B-2023-4721)
ANUNCIO del Departamento de Acción Climática, Alimentación y Agenda Rural de la Generalitat de Cataluña por el que se somete a información pública la solicitud de autorización administrativa previa, autorización administrativa de construcción, declaración de utilidad pública y autorización del proyecto de actuación específica de interés público en suelo no urbanizable del proyecto de la planta solar fotovoltaica denominada "PS VILANOVA", de 3,45 MW sobre terreno no urbanizable y su infraestructura de evacuación, en el término municipal de Vilanova d’Escornalbou, en la comarca del Baix Camp (expediente: FUE-2022-02831884).
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 39

Miércoles 15 de febrero de 2023

Sec. V-B. Pág. 7157

V. Anuncios
B. Otros anuncios oficiales
COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CATALUÑA

4721

ANUNCIO de l De partame nto de Acción Climática, Alime ntación y
Agenda Rural de la Generalitat de Cataluña por el que se somete a
información pública la solicitud de autorización administrativa previa,
autorización administrativa de construcción, de claración de utilidad
pública y autorización del proyecto de actuación específica de interés
público e n sue lo no urbanizable de l proye cto de la planta solar
fotovoltaica denominada "PS VILANOVA", de 3,45 MW sobre terreno no
urbanizable y su infraestructura de evacuación, en el término municipal
de Vilanova d’Escornalbou, en la comarca del Baix Camp (expediente:
FUE-2022-02831884).

De acuerdo con lo que dispone el artículo 15 del Decreto ley 16/2019, se
somete a información pública con efectos en los siguientes procedimientos
administrativos: el procedimiento para la obtención de la autorización
administrativa previa y de construcción, por la declaración de utilidad pública y para
la autorización del proyecto de actuación específica de interés público en suelo no
urbanizable, el proyecto de la instalación referenciada. El plazo de información
pública será de quince días, de acuerdo con lo que prevé el artículo 14 bis del
Decreto ley 16/2019, según redacción dada por el Decreto ley 5/2022, de 17 de
mayo, que declara de urgencia, por razones de interés público, los procedimientos
de autorización de proyectos de generación mediante energías renovables que
sean competencia de la Administración de la Generalidad, de potencia igual o
inferior a 5 MW conectados a la red eléctrica de distribución de tensión igual o
inferior a 25 kV."
Peticionario: BLUE VIKING LINEA, S.L. con CIF B-42646646 y domicilio fiscal
en plaza Oculista Buigues, número 3C, 03700 Dénia (Alicante).
Objeto de la solicitud: autorización administrativa previa, autorización

cve: BOE-B-2023-4721
Verificable en https://www.boe.es

La legislación aplicable a esta instalación es, básicamente, la siguiente: a
efectos energéticos: Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del sector eléctrico; Real
decreto 413/2014, de 6 de junio, por el que se regula la actividad de producción de
energía eléctrica a partir de fuentes de energía renovables, cogeneración y
residuos; Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, sobre procedimientos de
autorización de las instalaciones de producción, transporte y distribución de
energía eléctrica; Decreto ley 16/2019, de 26 de noviembre, de medidas urgentes
para la emergencia climática y el impulso a las energías renovables; Decreto Ley
24/2021, de 26 de octubre, de aceleración del despliegue de las energías
renovables distribuidas y participadas y Decreto ley 5/2022, de 17 de mayo, de
medidas urgentes para contribuir a mitigar los efectos del conflicto bélico de
Ucrania en Cataluña y de actualización de determinadas medidas tomadas durante
la pandemia de la COVID-19. A efectos ambientales: Ley 21/2013, de 9 de
diciembre, de evaluación ambiental. A efectos urbanísticos: la Ley 3/2012, de 22
de febrero, de modificación del texto refundido de la Ley de urbanismo aprobada
por el Decreto Legislativo 1/2010, de 3 de agosto y el Decreto Legislativo 1/2010,
de 3 de agosto, por‹A[por|para]› el que se aprueba el Texto refundido de la Ley de
Urbanismo. A efectos paisajísticos: la Ley 8/2005, de 8 de junio, de protección,
gestión y ordenación del paisaje y el Decreto 343/2006, de 19 de septiembre, por
el que se desarrolla la Ley 8/2005, de 8 de junio, y se regulan los estudios e
informes de impacto e integración paisajística.