II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. UNIVERSIDADES. Cuerpos docentes universitarios. (BOE-A-2023-3930)
Resolución de 8 de febrero de 2023, de la Universidad de Salamanca, por la que se convoca concurso de acceso a plaza de cuerpos docentes universitarios.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Martes 14 de febrero de 2023
Sec. II.B. Pág. 22738
– En los lugares previstos en el artículo 16.4, apartados b), c) y d), de la
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas (BOE de 2 de octubre):
● En las oficinas de Correos, en la forma que reglamentariamente se establezca.
● En las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el
extranjero.
● En las oficinas de asistencia en materia de registros.
3.3 Derechos de examen. Los aspirantes deberán abonar a la Universidad de
Salamanca en concepto de –Derechos de examen de plazas de Personal Docente e
Investigador Funcionario– indicando el código de la plaza a la que concursa, 65 euros,
que ingresarán en la cuenta del Banco de Santander número ES08 0049 1843 4929
1018 6498.
En ningún caso, la presentación y pago de la tasa de los derechos de examen
supondrá la sustitución del trámite de presentación, en tiempo y forma, de la solicitud.
Estarán exentos de este pago los aspirantes que acrediten alguno de los siguientes
extremos:
a) Los aspirantes con discapacidad igual o superior al 33 por ciento. Deberán
adjuntar certificación acreditativa de tal condición y acreditación de compatibilidad de
limitaciones en la actividad con las funciones de la plaza a la que aspira, expedidas por
los órganos competentes en materia de servicios sociales.
b) Los aspirantes que sean miembros de familias numerosas que tengan
reconocida tal condición, de acuerdo con el artículo 12 de la Ley 40/2003, de 18 de
noviembre, de Protección a las Familias Numerosas: exención del 100 % a los miembros
de las familias numerosas clasificadas en la categoría especial y una bonificación
del 50 % para los de categoría general, deberán adjuntar acreditación de la condición de
familia numerosa.
c) Los aspirantes que sean víctimas de actos de terrorismo en los términos
establecidos en el artículo 2 de la Ley 4/2017, de 26 de septiembre, de Reconocimiento y
Atención a las Víctimas del Terrorismo de Castilla y León, estarán exentos de pago. La
condición de víctima de terrorismo deberá acreditarse de conformidad con lo dispuesto
en el artículo 3 de la citada ley.
d) Los aspirantes que sean víctimas de violencia de género de acuerdo con lo
establecido en el artículo 1 de la Ley 13/2010, de 9 de diciembre, contra la violencia de
género de Castilla y León, estarán exentos de pago. La condición de víctima de violencia
de género se acreditará de conformidad con lo dispuesto en el artículo 7 de la citada ley.
La falta de justificación de encontrarse exento de los derechos de examen
determinará la exclusión del aspirante.
3.4 Documentación de los concursantes. Junto con la solicitud se acompañará la
siguiente documentación:
a) Los aspirantes que no posean la nacionalidad española y tengan derecho a
participar, deberán presentar fotocopia compulsada o cotejada del documento que
acredite su nacionalidad y, en su caso, los documentos que acrediten el vínculo de
parentesco y el hecho de vivir a expensas o estar a cargo del nacional de otro Estado
con el que tengan dicho vínculo cuando esta circunstancia proceda. Así mismo, en el
supuesto de aquellos aspirantes que participen en las presentes pruebas selectivas por
su condición de cónyuges, deberán presentar, además de los documentos señalados,
declaración jurada o promesa de no hallarse separado de derecho de su respectivo
cónyuge.
b) Justificante original acreditativo del ingreso o transferencia bancaria,
debidamente diligenciado por la Entidad Bancaria, como justificante del abono de los
derechos de examen.
cve: BOE-A-2023-3930
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 38
Martes 14 de febrero de 2023
Sec. II.B. Pág. 22738
– En los lugares previstos en el artículo 16.4, apartados b), c) y d), de la
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas (BOE de 2 de octubre):
● En las oficinas de Correos, en la forma que reglamentariamente se establezca.
● En las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el
extranjero.
● En las oficinas de asistencia en materia de registros.
3.3 Derechos de examen. Los aspirantes deberán abonar a la Universidad de
Salamanca en concepto de –Derechos de examen de plazas de Personal Docente e
Investigador Funcionario– indicando el código de la plaza a la que concursa, 65 euros,
que ingresarán en la cuenta del Banco de Santander número ES08 0049 1843 4929
1018 6498.
En ningún caso, la presentación y pago de la tasa de los derechos de examen
supondrá la sustitución del trámite de presentación, en tiempo y forma, de la solicitud.
Estarán exentos de este pago los aspirantes que acrediten alguno de los siguientes
extremos:
a) Los aspirantes con discapacidad igual o superior al 33 por ciento. Deberán
adjuntar certificación acreditativa de tal condición y acreditación de compatibilidad de
limitaciones en la actividad con las funciones de la plaza a la que aspira, expedidas por
los órganos competentes en materia de servicios sociales.
b) Los aspirantes que sean miembros de familias numerosas que tengan
reconocida tal condición, de acuerdo con el artículo 12 de la Ley 40/2003, de 18 de
noviembre, de Protección a las Familias Numerosas: exención del 100 % a los miembros
de las familias numerosas clasificadas en la categoría especial y una bonificación
del 50 % para los de categoría general, deberán adjuntar acreditación de la condición de
familia numerosa.
c) Los aspirantes que sean víctimas de actos de terrorismo en los términos
establecidos en el artículo 2 de la Ley 4/2017, de 26 de septiembre, de Reconocimiento y
Atención a las Víctimas del Terrorismo de Castilla y León, estarán exentos de pago. La
condición de víctima de terrorismo deberá acreditarse de conformidad con lo dispuesto
en el artículo 3 de la citada ley.
d) Los aspirantes que sean víctimas de violencia de género de acuerdo con lo
establecido en el artículo 1 de la Ley 13/2010, de 9 de diciembre, contra la violencia de
género de Castilla y León, estarán exentos de pago. La condición de víctima de violencia
de género se acreditará de conformidad con lo dispuesto en el artículo 7 de la citada ley.
La falta de justificación de encontrarse exento de los derechos de examen
determinará la exclusión del aspirante.
3.4 Documentación de los concursantes. Junto con la solicitud se acompañará la
siguiente documentación:
a) Los aspirantes que no posean la nacionalidad española y tengan derecho a
participar, deberán presentar fotocopia compulsada o cotejada del documento que
acredite su nacionalidad y, en su caso, los documentos que acrediten el vínculo de
parentesco y el hecho de vivir a expensas o estar a cargo del nacional de otro Estado
con el que tengan dicho vínculo cuando esta circunstancia proceda. Así mismo, en el
supuesto de aquellos aspirantes que participen en las presentes pruebas selectivas por
su condición de cónyuges, deberán presentar, además de los documentos señalados,
declaración jurada o promesa de no hallarse separado de derecho de su respectivo
cónyuge.
b) Justificante original acreditativo del ingreso o transferencia bancaria,
debidamente diligenciado por la Entidad Bancaria, como justificante del abono de los
derechos de examen.
cve: BOE-A-2023-3930
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Núm. 38