II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. CONSEJO GENERAL DEL PODER JUDICIAL. Carrera Judicial. (BOE-A-2023-3863)
Acuerdo de 8 de febrero de 2023, de la Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial, por el que se convoca un proceso selectivo para provisión de plazas, entre juristas de reconocida competencia con más de diez años de ejercicio profesional en las materias propias de los órganos del orden civil, del orden penal y de los órganos con jurisdicción compartida, para el acceso a la Carrera Judicial por la categoría de Magistrado/a.
18 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Martes 14 de febrero de 2023

Sec. II.B. Pág. 22622

4. La presentación de la solicitud y el pago de la correspondiente tasa se realizará
por cualquiera de los medios siguientes:
a) Preferentemente, por vía electrónica: para ello deberán acceder a la solicitud a
través del punto de acceso general (http://administracion.gob.es/PAG/ips), elegir la
convocatoria de acceso a la Carrera Judicial por el turno de juristas de reconocido
prestigio (orden civil, penal o compartido), pulsar la opción «inscribirse» y, a
continuación, elegir la opción «realice su inscripción on line», siguiendo las instrucciones
que se le indiquen. Para optar por esta vía es necesario identificarse mediante la
plataforma de identificación y firma electrónica cl@ve o a través del DNI o certificado
electrónico (más información para su obtención en http://www.clave.gob.es/clave_Home/
clave.html y en http://www.dnielectronico.es). La presentación por esta vía permitirá:
– La inscripción en línea del modelo oficial.
– El pago electrónico de las tasas.
– El registro electrónico de la solicitud
– Adjuntar la documentación obligatoria para la fase de baremación de méritos, que
deberá realizarse de conformidad con las instrucciones que aparecerán en la página web
www.poderjudicial.es. En concreto:
i. En su caso, las certificaciones que acrediten el derecho a la exención del pago de
la tasa por derechos de examen.
ii. Certificado al que se refiere el apartado tercero de la base segunda, al objeto de
acreditar que cuentan con, al menos, diez años de ejercicio profesional.
iii. Curriculum adaptado al baremo recogido en la parte segunda de las normas que
rigen la presente convocatoria.
iv. Autovaloración, conforme a dicho baremo, de los méritos alegados.
v. Documentación relativa a los méritos alegados.
Cuando la solicitud se presente en soporte electrónico, el pago de la tasa de
derechos de examen se realizará a través de la misma plataforma, «Inscripción en
Pruebas
Selectivas
del
Punto
de
Acceso
General»
(http://
administracion.gob.es/PAG/ips), en los términos previstos en la Orden HAC/729/2003,
de 28 de marzo, siguiendo las instrucciones que el sistema va indicando de forma guiada
al completar la solicitud. Una vez completado el trámite, se podrá descargar el
justificante de pago y de registro de la solicitud firmado electrónicamente. La constancia
de correcto pago de la tasa estará avalada por el Número de Referencia Completo
(NRC) emitido por la Agencia Estatal de la Administración Tributaria que figurará en el
justificante de registro.
b) Subsidiariamente, en soporte papel: para ello deberán acceder a la solicitud a
través del punto de acceso general (http://administracion.gob.es/PAG/ips), elegir la
convocatoria de acceso a la Carrera Judicial por el turno de juristas de reconocido
prestigio (orden civil, penal y compartido), pulsar la opción «inscribirse» y, a continuación,
la opción «imprima y entregue el documento 790», siguiendo las instrucciones que se le
indiquen. Una vez cumplimentados todos los datos del formulario, deberán pulsar en la
parte inferior del mismo sobre la opción «generar solicitud» y al imprimirla constará de
tres copias: «ejemplar para la Administración», «ejemplar para el interesado» y
«ejemplar para la entidad colaboradora».
Para efectuar el pago de la tasa se deberán presentar las tres copias de la solicitud
en cualquier banco, caja de ahorros o cooperativa de crédito de las que actúan como
entidades colaboradoras en la recaudación tributaria. En la solicitud deberá constar que
se ha realizado el correspondiente ingreso de los derechos de examen, mediante
validación de la entidad colaboradora en la que se realice el ingreso, a través de
certificación mecánica, o en su defecto, sello, firma autorizada y fecha de la misma en el
espacio reservado a estos efectos.

cve: BOE-A-2023-3863
Verificable en https://www.boe.es

Núm. 38