III. Otras disposiciones. MINISTERIO DEL INTERIOR. Vigilantes de seguridad. (BOE-A-2023-3793)
Resolución de 7 de febrero de 2023, de la Secretaría de Estado de Seguridad, por la que se publican la listas de las personas admitidas y excluidas a las pruebas de selección para vigilante de seguridad y su especialidad vigilante de explosivos y escolta privado.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 37
Lunes 13 de febrero de 2023
Sec. III. Pág. 22096
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DEL INTERIOR
3793
Resolución de 7 de febrero de 2023, de la Secretaría de Estado de
Seguridad, por la que se publican la listas de las personas admitidas y
excluidas a las pruebas de selección para vigilante de seguridad y su
especialidad vigilante de explosivos y escolta privado.
En aplicación de la base 3.1 y 3.2 de la Resolución de la Secretaría de Estado de
Seguridad de fecha 5 de enero de 2023 (BOE núm. 13, de 16 de enero de 2023), por la
que se convocaron pruebas de selección para Vigilante de Seguridad y su especialidad
de Vigilante de Explosivos y Escolta Privado, se dispone lo siguiente:
Primero. Lista de personas admitidas.
Aprobar y hacer pública la lista de admitidos/as a la convocatoria, con indicación del
número del Documento Nacional de Identidad o Número de Identificación de Extranjeros,
en la forma prevista en la disposición adicional séptima de la Ley Orgánica 3/2018, de 5
de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales,
así como la ciudad sede de examen asignada para la realización de las correspondientes
pruebas.
Dicha lista podrá consultarse en las páginas web: http://www.policia.es, http://
www.interior.gob.es y http://www.administracion.gob.es
Segundo.
Lista de personas excluidas.
(A) Falta de firma digital en la instancia.
(B) No haber efectuado el pago de la tasa por derechos de examen de forma
telemática.
(C) Falta de requisito de edad.
(D) Carecer de la nacionalidad de alguno de los Estados miembros de la Unión
Europea o de un Estado parte en el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo; o
bien que no le sea aplicable lo dispuesto en la legislación sobre régimen comunitario
conforme al Real Decreto 240/2007, de 16 de febrero, sobre entrada, libre circulación y
residencia en España de ciudadanos de los Estados miembros de la Unión Europea y de
otros Estados parte en el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo; o no ser
nacional de un tercer Estado que tenga suscrito con España un convenio internacional
en el que cada parte reconozca el acceso al ejercicio de estas actividades a los
nacionales de la otra.
Tercero.
Reclamaciones y subsanaciones.
Para subsanar los defectos que pudieran existir en la lista de personas admitidas, o
formular reclamación contra la lista de personas excluidas, el personal aspirante
dispondrá de un plazo de días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación
de la resolución en el «Boletín Oficial del Estado». Las reclamaciones se formularán en
el correo electrónico sprivadaprocesos.dfp@policia.es mientras que las subsanaciones
cve: BOE-A-2023-3793
Verificable en https://www.boe.es
A propuesta del Tribunal Calificador, se hace pública la relación de las personas
excluidas en anexo I a la presente resolución, y en los organismos y dependencias a que
se refiere el número punto anterior, la lista de personas excluidas, con indicación,
además, de la causa o causas de exclusión, las cuales se determinan por letras, con
arreglo a las siguientes equivalencias:
Núm. 37
Lunes 13 de febrero de 2023
Sec. III. Pág. 22096
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DEL INTERIOR
3793
Resolución de 7 de febrero de 2023, de la Secretaría de Estado de
Seguridad, por la que se publican la listas de las personas admitidas y
excluidas a las pruebas de selección para vigilante de seguridad y su
especialidad vigilante de explosivos y escolta privado.
En aplicación de la base 3.1 y 3.2 de la Resolución de la Secretaría de Estado de
Seguridad de fecha 5 de enero de 2023 (BOE núm. 13, de 16 de enero de 2023), por la
que se convocaron pruebas de selección para Vigilante de Seguridad y su especialidad
de Vigilante de Explosivos y Escolta Privado, se dispone lo siguiente:
Primero. Lista de personas admitidas.
Aprobar y hacer pública la lista de admitidos/as a la convocatoria, con indicación del
número del Documento Nacional de Identidad o Número de Identificación de Extranjeros,
en la forma prevista en la disposición adicional séptima de la Ley Orgánica 3/2018, de 5
de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales,
así como la ciudad sede de examen asignada para la realización de las correspondientes
pruebas.
Dicha lista podrá consultarse en las páginas web: http://www.policia.es, http://
www.interior.gob.es y http://www.administracion.gob.es
Segundo.
Lista de personas excluidas.
(A) Falta de firma digital en la instancia.
(B) No haber efectuado el pago de la tasa por derechos de examen de forma
telemática.
(C) Falta de requisito de edad.
(D) Carecer de la nacionalidad de alguno de los Estados miembros de la Unión
Europea o de un Estado parte en el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo; o
bien que no le sea aplicable lo dispuesto en la legislación sobre régimen comunitario
conforme al Real Decreto 240/2007, de 16 de febrero, sobre entrada, libre circulación y
residencia en España de ciudadanos de los Estados miembros de la Unión Europea y de
otros Estados parte en el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo; o no ser
nacional de un tercer Estado que tenga suscrito con España un convenio internacional
en el que cada parte reconozca el acceso al ejercicio de estas actividades a los
nacionales de la otra.
Tercero.
Reclamaciones y subsanaciones.
Para subsanar los defectos que pudieran existir en la lista de personas admitidas, o
formular reclamación contra la lista de personas excluidas, el personal aspirante
dispondrá de un plazo de días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación
de la resolución en el «Boletín Oficial del Estado». Las reclamaciones se formularán en
el correo electrónico sprivadaprocesos.dfp@policia.es mientras que las subsanaciones
cve: BOE-A-2023-3793
Verificable en https://www.boe.es
A propuesta del Tribunal Calificador, se hace pública la relación de las personas
excluidas en anexo I a la presente resolución, y en los organismos y dependencias a que
se refiere el número punto anterior, la lista de personas excluidas, con indicación,
además, de la causa o causas de exclusión, las cuales se determinan por letras, con
arreglo a las siguientes equivalencias: