II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. UNIVERSIDADES. Cuerpos docentes universitarios. (BOE-A-2023-3782)
Resolución de 3 de febrero de 2023, conjunta de la Universidad de La Laguna y el Servicio Canario de la Salud, por la que se convoca concurso de acceso a plaza vinculada de cuerpos docentes universitarios.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 13 de febrero de 2023

Sec. II.B. Pág. 22012

c) Estar en posesión del título de doctor que deberá tener plena validez oficial en el
Estado español de acuerdo con las normas vigentes al efecto y para el acceso al cuerpo
de funcionarios al que corresponda a la plaza.
d) Igualmente las personas aspirantes deberán estar en posesión del título de
especialista sanitario del sistema público español, acorde con la plaza que se especifica
en el anexo I de esta convocatoria.
e) En el caso de los nacionales de otros Estados, si en el proceso selectivo no
resultara acreditado el conocimiento del castellano, deberán acreditar el conocimiento
del mismo mediante la realización de una prueba en la que se comprobará que poseen
un nivel adecuado de comprensión y expresión oral y escrita en esta lengua. Quedan
eximidos de realizar la prueba quienes estén en posesión del diploma de español como
lengua extranjera (nivel superior) regulado por el Real Decreto 1137/2002, de 31 de
octubre, o del certificado de aptitud en español para extranjeros expedidos por las
Escuelas Oficiales de Idiomas. A tal efecto deberán aportar junto a la solicitud copia de
dicho diploma o del mencionado certificado de aptitud.
f) Los requisitos establecidos en las presentes bases deberán cumplirse dentro del
plazo de presentación de solicitudes y mantenerse hasta el momento de la toma de
posesión.
4.

Solicitudes

4.1 Las solicitudes para participar en el concurso de acceso se ajustarán al modelo
oficial (que figura como anexo II de la presente convocatoria) estarán a disposición de
las personas interesadas en la página web: https://www.ull.es/portal/convocatorias/
categorias/personal-docente-e-investigador-funcionario/, accediendo al enlace de esta
convocatoria o el formulario de solicitud disponible.
Las solicitudes se dirigirán a la Rectora de la Universidad de La Laguna en el plazo
de veinte días naturales a partir del día siguiente a la publicación de la convocatoria.
4.2 Las solicitudes podrán presentarse por medio de los siguientes procedimientos:
a) Telemáticamente a través de la sede electrónica de la Universidad de La Laguna:
https://sede.ull.es/ecivilis-site/catalog/showProcedure/229, mediante instancia general
junto con el anexo II y toda la documentación señalada en el mismo en formato PDF.
b) Igualmente podrán presentarse por cualquiera de los procedimientos
establecidos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas. En caso de utilizar cualquier
sistema de los recogidos en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, se solicita se adelante el
envío de una copia de la instancia sellada, a la siguiente dirección de correo electrónico
negpdif@ull.edu.es.
La documentación indicada en el bloque II a que se refiere la base 4.8 deberá
adjuntarse a la solicitud, en formato pdf.
4.3 Las personas interesadas se responsabilizan de la veracidad de los datos que
hagan constar en la solicitud, así como de los que figuren en el currículo y de los que
aporten en la documentación de los méritos correspondientes asumiendo, en caso
contrario, las responsabilidades que pudieran derivarse de las inexactitudes de los
mismos.
La Universidad podrá solicitar en cualquier momento del procedimiento administrativo
los documentos originales a partir de los cuales se generaron los archivos electrónicos
incorporados a la solicitud, con el fin de contrastar su validez y concordancia.
4.4 Los errores materiales y de hecho que se pudiesen advertir, podrán
enmendarse en cualquier momento, de oficio o a petición de la persona interesada. Las
personas aspirantes quedan vinculadas a los datos que hiciesen constar en sus
solicitudes, pudiendo únicamente demandar su modificación mediante escrito motivado,
dentro del plazo establecido en el punto 4.1 para la presentación de solicitudes.
Transcurrido ese plazo no se admitirá ninguna petición de esta naturaleza, excepto

cve: BOE-A-2023-3782
Verificable en https://www.boe.es

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