II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. UNIVERSIDADES. Cuerpos docentes universitarios. (BOE-A-2023-3782)
Resolución de 3 de febrero de 2023, conjunta de la Universidad de La Laguna y el Servicio Canario de la Salud, por la que se convoca concurso de acceso a plaza vinculada de cuerpos docentes universitarios.
13 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 37
Lunes 13 de febrero de 2023
Sec. II.B. Pág. 22010
por Resolución de la Universidad de La Laguna, de fecha 3 de febrero de 2009 (BOC
número 031, de lunes 16 de febrero), modificado por Resolución de 20 de mayo de 2010
(BOC número 104, de viernes 28 de mayo de 2010), así como por las bases de la
presente convocatoria, y lo dispuesto en la disposición adicional 10.ª de la Ley
Orgánica 4/2007, de 12 de abril, por la que se modifica la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de
diciembre, de Universidades.
Igualmente por lo dispuesto en el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre,
por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Estatuto Básico del Empleado Público,
en lo que resulte aplicable, conforme a lo establecido en su artículo 2.
Para lo no previsto en esta convocatoria será de aplicación lo dispuesto en la
Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para La Reforma de la Función Pública
(«Boletín Oficial del Estado» núm. 185, de 3 de agosto); la Ley 39/2015, de 1 de octubre,
del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas («Boletín
Oficial del Estado» núm. 236, de 2 de octubre); la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de
Régimen Jurídico del Sector Público («Boletín Oficial del Estado» núm. 236, de 2 de
octubre), y en el resto de la legislación general de funcionarios civiles del Estado que
resulte de aplicación.
No podrá admitirse al concurso a aquellas personas que hayan sido inhabilitadas
para el ejercicio de funciones públicas. Asimismo, el desempeño de la plaza convocada
quedará sometido a la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de Incompatibilidades del
Personal al servicio de las Administraciones Públicas («Boletín Oficial del Estado»
núm. 4, del 4 de enero de 1985), y las disposiciones de desarrollo.
1.2 Las plazas que se convocan figuran en el anexo I de la presente convocatoria.
El régimen jurídico de la misma será el establecido en el artículo 61 de la Ley 6/2001,
de 21 de diciembre, conforme a la redacción vigente del artículo 105 de la Ley 14/1986,
de 25 de abril. Dicha plaza –docente y asistencial– se considera a todos los efectos
como un solo puesto de trabajo.
Resultará de aplicación lo dispuesto en la Ley 55/2003, de 16 de diciembre, del
Estatuto Marco de Personal Estatutario de los Servicios De Salud, en lo que se refiere a
la prestación de servicios en los centros sanitarios, conforme a la disposición adicional
novena de dicha Ley.
1.3 El plazo para resolver el concurso no podrá exceder de cuatro meses desde la
fecha de publicación de la convocatoria, sin perjuicio de la suspensión o ampliación del
mismo conforme a lo dispuesto en los artículos 21.5, 22 y 23 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y, en
su caso, período o periodos inhábiles; en particular se considerarán inhábiles las fechas
que puedan coincidir con el cierre general de las dependencias universitarias que sean
aprobadas por el Consejo de Gobierno de la Universidad. En el caso de que fuere
precisa la suspensión o ampliación del plazo máximo para resolver el concurso, la
competencia para acordar tales actuaciones corresponderá a la Rectora.
2.
2.1.1
Requisitos de carácter general.
Nacionalidad.
a) Tener nacionalidad española o ser nacional de un Estado miembro de la Unión
Europea o nacional de aquellos Estados, a los que, en virtud de Tratados Internacionales
celebrados por la Unión Europea y ratificados por España, sea de aplicación la libre
circulación de trabajadores en los términos en que esta se halla definida en el Tratado
Constitutivo de la Comunidad Europea.
b) Igualmente, podrán participar las personas aspirantes de nacionalidad extranjera
no comunitaria cuando en el Estado de su nacionalidad se reconozca a los españoles
aptitud legal para ocupar en la docencia universitaria posiciones análogas a las de los
cve: BOE-A-2023-3782
Verificable en https://www.boe.es
2.1
Requisitos de las personas candidatas
Núm. 37
Lunes 13 de febrero de 2023
Sec. II.B. Pág. 22010
por Resolución de la Universidad de La Laguna, de fecha 3 de febrero de 2009 (BOC
número 031, de lunes 16 de febrero), modificado por Resolución de 20 de mayo de 2010
(BOC número 104, de viernes 28 de mayo de 2010), así como por las bases de la
presente convocatoria, y lo dispuesto en la disposición adicional 10.ª de la Ley
Orgánica 4/2007, de 12 de abril, por la que se modifica la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de
diciembre, de Universidades.
Igualmente por lo dispuesto en el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre,
por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Estatuto Básico del Empleado Público,
en lo que resulte aplicable, conforme a lo establecido en su artículo 2.
Para lo no previsto en esta convocatoria será de aplicación lo dispuesto en la
Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para La Reforma de la Función Pública
(«Boletín Oficial del Estado» núm. 185, de 3 de agosto); la Ley 39/2015, de 1 de octubre,
del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas («Boletín
Oficial del Estado» núm. 236, de 2 de octubre); la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de
Régimen Jurídico del Sector Público («Boletín Oficial del Estado» núm. 236, de 2 de
octubre), y en el resto de la legislación general de funcionarios civiles del Estado que
resulte de aplicación.
No podrá admitirse al concurso a aquellas personas que hayan sido inhabilitadas
para el ejercicio de funciones públicas. Asimismo, el desempeño de la plaza convocada
quedará sometido a la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de Incompatibilidades del
Personal al servicio de las Administraciones Públicas («Boletín Oficial del Estado»
núm. 4, del 4 de enero de 1985), y las disposiciones de desarrollo.
1.2 Las plazas que se convocan figuran en el anexo I de la presente convocatoria.
El régimen jurídico de la misma será el establecido en el artículo 61 de la Ley 6/2001,
de 21 de diciembre, conforme a la redacción vigente del artículo 105 de la Ley 14/1986,
de 25 de abril. Dicha plaza –docente y asistencial– se considera a todos los efectos
como un solo puesto de trabajo.
Resultará de aplicación lo dispuesto en la Ley 55/2003, de 16 de diciembre, del
Estatuto Marco de Personal Estatutario de los Servicios De Salud, en lo que se refiere a
la prestación de servicios en los centros sanitarios, conforme a la disposición adicional
novena de dicha Ley.
1.3 El plazo para resolver el concurso no podrá exceder de cuatro meses desde la
fecha de publicación de la convocatoria, sin perjuicio de la suspensión o ampliación del
mismo conforme a lo dispuesto en los artículos 21.5, 22 y 23 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y, en
su caso, período o periodos inhábiles; en particular se considerarán inhábiles las fechas
que puedan coincidir con el cierre general de las dependencias universitarias que sean
aprobadas por el Consejo de Gobierno de la Universidad. En el caso de que fuere
precisa la suspensión o ampliación del plazo máximo para resolver el concurso, la
competencia para acordar tales actuaciones corresponderá a la Rectora.
2.
2.1.1
Requisitos de carácter general.
Nacionalidad.
a) Tener nacionalidad española o ser nacional de un Estado miembro de la Unión
Europea o nacional de aquellos Estados, a los que, en virtud de Tratados Internacionales
celebrados por la Unión Europea y ratificados por España, sea de aplicación la libre
circulación de trabajadores en los términos en que esta se halla definida en el Tratado
Constitutivo de la Comunidad Europea.
b) Igualmente, podrán participar las personas aspirantes de nacionalidad extranjera
no comunitaria cuando en el Estado de su nacionalidad se reconozca a los españoles
aptitud legal para ocupar en la docencia universitaria posiciones análogas a las de los
cve: BOE-A-2023-3782
Verificable en https://www.boe.es
2.1
Requisitos de las personas candidatas