V. Anuncios. - B. Otros anuncios oficiales. MINISTERIO DE CULTURA Y DEPORTE. (BOE-B-2023-4123)
Resolución de 8 febrero de 2023, de la Presidencia de la Comisión de Gestión del Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofía, por la que se da publicidad a las bases aprobadas y se convoca un proceso selectivo para el puesto de dirección del Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofía.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 10 de febrero de 2023

Sec. V-B. Pág. 6369

de Patrimonio Cultural y Bellas Artes), Don Julián González Cid (Subdirector
Gerente del MNCARS), Doña Pilar Lladó Arburúa (Presidenta de la Fundación
Amigos del Museo Reina Sofía) y Don Rafael Mateu de Ros (Vocal del Real
Patronato del MNCARS), actuando como secretaria de la Comisión la Secretaria
del Real Patronato del MNCARS, Doña Guadalupe Herranz Escudero. Esta
Comisión fue designada por acuerdo unánime del Pleno del Real Patronato del
MNCARS reunido con fecha 28 de noviembre de 2022, de conformidad con el
artículo 6.4. d) y e) del Real Decreto 188/2013.
3.2. Esta Comisión de Gestión informará periódicamente de sus actuaciones a
la Comisión Permanente del Real Patronato del MNCARS.
3.3. El funcionamiento de la Comisión de Gestión se regirá por lo establecido
en las presentes bases, y subsidiariamente por lo establecido en la Sección 3ª del
Capítulo II del Título Preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen
Jurídico del Sector Público.
CUARTA. Comité Internacional de Personas Expertas y Profesionales.
4.1. Conforme a lo previsto en el artículo 10 de la Ley 34/2011 y el 9.1 del Real
Decreto 188/2013, en el proceso de selección se contará con el asesoramiento de
un Comité Internacional de Personas Expertas y Profesionales del mundo de la
cultura y de su gestión. El Comité estará formado por cinco miembros.
4.2. Para la conformación del Comité de Expertos, la Comisión de Gestión
elevará a la Comisión Permanente una propuesta de designación de carácter
internacional debidamente fundamentada para su aprobación.
4.3. Una vez aprobada la composición del Comité Internacional de Personas
Expertas y Profesionales, la Comisión de Gestión, de acuerdo con las reglas de
funcionamiento de este Comité informará públicamente, a través de la página web
del MNCARS, del número, identidad y trayectoria profesional de los miembros del
Comité Internacional de Personas Expertas y Profesionales.
4.4. Al Comité Internacional de Personas Expertas y Profesionales le
corresponde la valoración de las solicitudes y la documentación presentada, así
como la realización de la entrevista personal. A tal fin, podrá celebrar sesiones,
adoptar acuerdos y tramitar actas tanto de forma presencial como a distancia. Se
regirá, en lo que se refiere a su funcionamiento, por lo dispuesto para los órganos
colegiados en la Sección 3ª del Capítulo II del Título Preliminar de la Ley 40/2015,
de 1 de octubre.
4.5. El Comité Internacional de Personas Expertas y Profesionales gozará de
discrecionalidad técnica para la valoración de las solicitudes presentadas,
ajustándose a los criterios y méritos establecidos en las presentes bases, y la
actuación de sus miembros será siempre de manera colegiada.
4.6. Los miembros del Comité Internacional de Personas Expertas y
Profesionales no podrán ejercer sus funciones cuando exista conflicto de interés y
deberán abstenerse de intervenir cuando concurra alguno de los motivos previstos
en el artículo 23 de la Ley 40/2015. Todas las personas que formen parte del
Comité Internacional de Personas Expertas y Profesionales deberán manifestar de
forma expresa, mediante declaración responsable, la ausencia de conflictos de
interés. En el caso de que se produzca una eventual recusación será de aplicación
el artículo 24.4 de la Ley 40/2015. A estos efectos el órgano superior al que

cve: BOE-B-2023-4123
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Núm. 35