III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CULTURA Y DEPORTE. Premios. (BOE-A-2023-3609)
Resolución de 30 de enero de 2023, de la Dirección General de Industrias Culturales, Propiedad Intelectual y Cooperación, por la que se convoca el Premio Nacional de Televisión correspondiente al año 2023.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 35

Viernes 10 de febrero de 2023

Sec. III. Pág. 21625

III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO DE CULTURA Y DEPORTE
3609

Resolución de 30 de enero de 2023, de la Dirección General de Industrias
Culturales, Propiedad Intelectual y Cooperación, por la que se convoca el
Premio Nacional de Televisión correspondiente al año 2023.

Creado el Premio Nacional de Televisión mediante Orden CUL/3194/2009, de 19 de
noviembre (BOE de 27 de noviembre), que modificó la Orden de 22 de junio de 1995,
reguladora de los Premios Nacionales del Ministerio de Cultura, procede convocar la
edición correspondiente a 2023 y regular su concesión.
En su virtud, al amparo de lo dispuesto en los apartados noveno y undécimo.dos de
la Orden de 22 de junio de 1995,
Esta Dirección General ha resuelto:
Primero.

Objeto y finalidad del premio.

1. El Premio Nacional de Televisión recompensará la meritoria labor del galardonado
en el ámbito televisivo español puesta de manifiesto a través de una obra emitida
durante 2022, o, dentro de la misma, a una contribución particular especialmente destacada
por su creatividad. En casos debidamente motivados, podrá asimismo ser concedido como
reconocimiento a una completa trayectoria profesional a lo largo del tiempo.
2. Para la concesión del Premio se tendrán en cuenta los siguientes criterios:
a) La calidad de la obra o de las actividades reconocidas.
b) Su carácter innovador o su contribución al desarrollo de nuevas formas de
lenguaje televisivo.
c) Su significación como aportación sobresaliente a la promoción o difusión de la
cultura o a la consolidación de la industria cultural española.
d) En su caso, la relevancia de la trayectoria profesional.
3. Los Premios se otorgarán sobre la base de las actividades realizadas por
personas físicas o colectivos susceptibles de ser considerados creadores.
Segundo. Dotación económica.
1. La dotación económica del Premio es de 30.000,00 euros.
El importe del Premio se satisfará con cargo a la aplicación presupuestaria 24.04.334
A.489.10. «Premio Nacional de Televisión» del Presupuesto de Gastos del Ministerio de
Cultura y Deporte.
2. La cuantía del premio, que tendrá carácter único, no podrá dividirse.

1. El fallo del Premio corresponderá a un Jurado cuya composición será la
siguiente:
Presidenta: La Directora General de Industrias Culturales, Propiedad Intelectual y
Cooperación.
Vicepresidente: El Subdirector General de Promoción de Industrias Culturales.
Vocales:
La Directora General del Instituto de la Cinematografía y de las Artes Audiovisuales.
Un miembro del Gabinete del Ministro de Cultura y Deporte.

cve: BOE-A-2023-3609
Verificable en https://www.boe.es

Tercero. Jurado y procedimiento.