II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE JUSTICIA. Cuerpo de Abogados del Estado. (BOE-A-2023-3529)
Resolución de 12 de enero de 2023, de la Subsecretaría, por la que se publica la relación de personas aprobadas en el proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso libre, en el Cuerpo de Abogados del Estado, convocado por Resolución de 12 de marzo de 2021.
3 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 35
Viernes 10 de febrero de 2023
Sec. II.B. Pág. 21390
II. AUTORIDADES Y PERSONAL
B. Oposiciones y concursos
MINISTERIO DE JUSTICIA
3529
Resolución de 12 de enero de 2023, de la Subsecretaría, por la que se
publica la relación de personas aprobadas en el proceso selectivo para
ingreso, por el sistema general de acceso libre, en el Cuerpo de Abogados
del Estado, convocado por Resolución de 12 de marzo de 2021.
Concluido el proceso selectivo y certificada por el Presidente del Tribunal
Calificador la relación de aspirantes aprobados, de conformidad con lo previsto en el
artículo 22.1 del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el
Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General
del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los
Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado («Boletín Oficial del
Estado» de 10 de abril), resuelvo:
Primero.
Acordar la publicación en el «Boletín Oficial del Estado», como anexo 1 a esta
resolución, de la relación de aspirantes aprobados, ordenada de acuerdo con la
puntuación final alcanzada por cada uno de ellos.
Segundo.
Los aspirantes aprobados, en el plazo de veinte días hábiles a contar desde el
siguiente a la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de la presente resolución,
deberán presentar en la Secretaría General de la Abogacía General del Estado (C/
Ayala, 5, de Madrid) los documentos que se relacionan a continuación:
Quienes dentro del plazo fijado, y salvo casos de fuerza mayor debidamente
acreditados, no presentaran la documentación o del examen de la misma se dedujera
que carecen de alguno de los requisitos señalados en las bases de la convocatoria no
podrán ser nombrados funcionarios y quedarán anuladas sus actuaciones, sin perjuicio
de la responsabilidad que hubiesen incurrido por falsedad en la solicitud inicial.
Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, se podrá
interponer, con carácter potestativo, recurso de reposición ante el órgano que la ha
dictado en el plazo de un mes desde el día siguiente a su publicación en el «Boletín
cve: BOE-A-2023-3529
Verificable en https://www.boe.es
1. Copia auténtica del título de Licenciado o Graduado en Derecho o certificación
académica original que acredite haber realizado todos los estudios necesarios para la
obtención del título. En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero, deberá
presentarse copia auténtica de la documentación que acredite su homologación o
convalidación.
2. Declaración jurada o promesa de no haber sido separado mediante expediente
disciplinario de ninguna Administración Pública, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio
de funciones públicas, según el modelo que figura como anexo 2.
3. Declaración de no estar afectado por incompatibilidad, según el modelo que
figura como anexo 3.
4. Los funcionarios de carrera presentarán el documento indicado en el punto 1 y
certificado del Ministerio u Organismo del que dependieran en el que se acredite la
condición citada, y demás circunstancias que consten en su expediente personal.
Núm. 35
Viernes 10 de febrero de 2023
Sec. II.B. Pág. 21390
II. AUTORIDADES Y PERSONAL
B. Oposiciones y concursos
MINISTERIO DE JUSTICIA
3529
Resolución de 12 de enero de 2023, de la Subsecretaría, por la que se
publica la relación de personas aprobadas en el proceso selectivo para
ingreso, por el sistema general de acceso libre, en el Cuerpo de Abogados
del Estado, convocado por Resolución de 12 de marzo de 2021.
Concluido el proceso selectivo y certificada por el Presidente del Tribunal
Calificador la relación de aspirantes aprobados, de conformidad con lo previsto en el
artículo 22.1 del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el
Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General
del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los
Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado («Boletín Oficial del
Estado» de 10 de abril), resuelvo:
Primero.
Acordar la publicación en el «Boletín Oficial del Estado», como anexo 1 a esta
resolución, de la relación de aspirantes aprobados, ordenada de acuerdo con la
puntuación final alcanzada por cada uno de ellos.
Segundo.
Los aspirantes aprobados, en el plazo de veinte días hábiles a contar desde el
siguiente a la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de la presente resolución,
deberán presentar en la Secretaría General de la Abogacía General del Estado (C/
Ayala, 5, de Madrid) los documentos que se relacionan a continuación:
Quienes dentro del plazo fijado, y salvo casos de fuerza mayor debidamente
acreditados, no presentaran la documentación o del examen de la misma se dedujera
que carecen de alguno de los requisitos señalados en las bases de la convocatoria no
podrán ser nombrados funcionarios y quedarán anuladas sus actuaciones, sin perjuicio
de la responsabilidad que hubiesen incurrido por falsedad en la solicitud inicial.
Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, se podrá
interponer, con carácter potestativo, recurso de reposición ante el órgano que la ha
dictado en el plazo de un mes desde el día siguiente a su publicación en el «Boletín
cve: BOE-A-2023-3529
Verificable en https://www.boe.es
1. Copia auténtica del título de Licenciado o Graduado en Derecho o certificación
académica original que acredite haber realizado todos los estudios necesarios para la
obtención del título. En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero, deberá
presentarse copia auténtica de la documentación que acredite su homologación o
convalidación.
2. Declaración jurada o promesa de no haber sido separado mediante expediente
disciplinario de ninguna Administración Pública, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio
de funciones públicas, según el modelo que figura como anexo 2.
3. Declaración de no estar afectado por incompatibilidad, según el modelo que
figura como anexo 3.
4. Los funcionarios de carrera presentarán el documento indicado en el punto 1 y
certificado del Ministerio u Organismo del que dependieran en el que se acredite la
condición citada, y demás circunstancias que consten en su expediente personal.