II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE HACIENDA Y FUNCIÓN PÚBLICA. Funcionarios de los Subgrupos A1, A2, C1 y C2. (BOE-A-2023-3392)
Resolución de 7 de febrero de 2023, de la Presidencia del Consejo de Transparencia y Buen Gobierno A.A.I., por la que se convoca concurso específico para la provisión de puestos de trabajo.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 34
Jueves 9 de febrero de 2023
Sec. II.B. Pág. 18969
menor o menores objeto de cuidado, comparada con la que permite el puesto de trabajo
desde el que se accede.
5. Documentación acreditativa de que el funcionario o funcionaria que alega este
supuesto de conciliación se encuentra residiendo en el mismo municipio en el que está
ubicado su puesto de trabajo. No será válida para esta acreditación la exclusiva
aportación del certificado de empadronamiento.
6. Cuando se alegue una discapacidad del hijo o de la hija menor de doce años a
fin de obtener una puntuación adicional por este supuesto, deberá aportarse copia de la
resolución o documento acreditativo del grado de discapacidad expedido por la
Administración Pública competente en la materia.
7. Cuando se alegue la pertenencia a una familia numerosa o monoparental, a fin
de obtener la puntuación adicional por esta circunstancia, deberá aportarse copia del
Libro de Familia o título de familia numerosa, así como certificado de empadronamiento
de la unidad familiar.
c) Los funcionarios y las funcionarias que aleguen como mérito el cuidado de un
familiar deberán aportar la siguiente documentación:
1. Copia del Libro de Familia y/o de otros documentos públicos que acrediten la
relación de consanguinidad o afinidad.
2. Copia de la Resolución o documento acreditativo del grado de dependencia y/o
discapacidad expedido por la Administración Pública competente en la materia. En su
defecto, certificado médico oficial actualizado en el que conste expresamente que la
situación de dependencia por edad, accidente o discapacidad del familiar objeto de
cuidado no le permite valerse por sí mismo y necesita de la asistencia de una tercera
persona.
3. Consentimiento fehaciente del familiar dependiente para realizar la consulta al
Sistema de Verificación de Datos de Residencia para que sus datos de
empadronamiento sean recabados de oficio, cumplimentando el anexo V de esta
convocatoria. Si no prestara tal consentimiento o se produjeran otros supuestos que se
detallan en la normativa reguladora, la persona solicitante deberá aportar el certificado
de empadronamiento actualizado del familiar dependiente.
4. Certificado que acredite que el familiar objeto de cuidado no está de alta en
ningún régimen de la Seguridad Social por la realización de un trabajo por cuenta propia
o ajena.
5. Declaración de la persona dependiente de que no desempeña actividad
retribuida alguna.
6. Documentación acreditativa de que el funcionario o funcionaria que alega este
supuesto de conciliación se encuentra residiendo en el mismo municipio en el que está
ubicado su puesto de trabajo. No será válida para esta acreditación la exclusiva
aportación del certificado de empadronamiento.
Toda la documentación recogida en este apartado deberá ser aportada junto con la
solicitud de participación en el plazo de los quince días hábiles establecidos al efecto. La
documentación presentada fuera de este plazo no será tenida en cuenta.
Acreditación de los méritos específicos.
El Certificado para la valoración de los Méritos Específicos, habrá de ser expedido en
el modelo anexo IV que se adjunta a esta convocatoria por la persona responsable o
titular de la Unidad administrativa en la que se hayan realizado las funciones que han
permitido adquirir los conocimientos o experiencia que se certifican, debiendo aparecer
reflejado en el mismo el cargo de la persona que lo expide.
cve: BOE-A-2023-3392
Verificable en https://www.boe.es
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Núm. 34
Jueves 9 de febrero de 2023
Sec. II.B. Pág. 18969
menor o menores objeto de cuidado, comparada con la que permite el puesto de trabajo
desde el que se accede.
5. Documentación acreditativa de que el funcionario o funcionaria que alega este
supuesto de conciliación se encuentra residiendo en el mismo municipio en el que está
ubicado su puesto de trabajo. No será válida para esta acreditación la exclusiva
aportación del certificado de empadronamiento.
6. Cuando se alegue una discapacidad del hijo o de la hija menor de doce años a
fin de obtener una puntuación adicional por este supuesto, deberá aportarse copia de la
resolución o documento acreditativo del grado de discapacidad expedido por la
Administración Pública competente en la materia.
7. Cuando se alegue la pertenencia a una familia numerosa o monoparental, a fin
de obtener la puntuación adicional por esta circunstancia, deberá aportarse copia del
Libro de Familia o título de familia numerosa, así como certificado de empadronamiento
de la unidad familiar.
c) Los funcionarios y las funcionarias que aleguen como mérito el cuidado de un
familiar deberán aportar la siguiente documentación:
1. Copia del Libro de Familia y/o de otros documentos públicos que acrediten la
relación de consanguinidad o afinidad.
2. Copia de la Resolución o documento acreditativo del grado de dependencia y/o
discapacidad expedido por la Administración Pública competente en la materia. En su
defecto, certificado médico oficial actualizado en el que conste expresamente que la
situación de dependencia por edad, accidente o discapacidad del familiar objeto de
cuidado no le permite valerse por sí mismo y necesita de la asistencia de una tercera
persona.
3. Consentimiento fehaciente del familiar dependiente para realizar la consulta al
Sistema de Verificación de Datos de Residencia para que sus datos de
empadronamiento sean recabados de oficio, cumplimentando el anexo V de esta
convocatoria. Si no prestara tal consentimiento o se produjeran otros supuestos que se
detallan en la normativa reguladora, la persona solicitante deberá aportar el certificado
de empadronamiento actualizado del familiar dependiente.
4. Certificado que acredite que el familiar objeto de cuidado no está de alta en
ningún régimen de la Seguridad Social por la realización de un trabajo por cuenta propia
o ajena.
5. Declaración de la persona dependiente de que no desempeña actividad
retribuida alguna.
6. Documentación acreditativa de que el funcionario o funcionaria que alega este
supuesto de conciliación se encuentra residiendo en el mismo municipio en el que está
ubicado su puesto de trabajo. No será válida para esta acreditación la exclusiva
aportación del certificado de empadronamiento.
Toda la documentación recogida en este apartado deberá ser aportada junto con la
solicitud de participación en el plazo de los quince días hábiles establecidos al efecto. La
documentación presentada fuera de este plazo no será tenida en cuenta.
Acreditación de los méritos específicos.
El Certificado para la valoración de los Méritos Específicos, habrá de ser expedido en
el modelo anexo IV que se adjunta a esta convocatoria por la persona responsable o
titular de la Unidad administrativa en la que se hayan realizado las funciones que han
permitido adquirir los conocimientos o experiencia que se certifican, debiendo aparecer
reflejado en el mismo el cargo de la persona que lo expide.
cve: BOE-A-2023-3392
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