III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES, UNIÓN EUROPEA Y COOPERACIÓN. Ciudad de Ceuta. Convenio. (BOE-A-2023-3057)
Resolución de 31 de enero de 2023, del Instituto Cervantes, por la que se publica la Tercera Adenda de extensión del Convenio con la Fundación Premio Convivencia Ciudad Autónoma de Ceuta.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 31

Lunes 6 de febrero de 2023

Sec. III. Pág. 16941

III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES, UNIÓN EUROPEA
Y COOPERACIÓN
3057

Resolución de 31 de enero de 2023, del Instituto Cervantes, por la que se
publica la Tercera Adenda de extensión del Convenio con la Fundación
Premio Convivencia Ciudad Autónoma de Ceuta.

De acuerdo con lo previsto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de
Régimen Jurídico del Sector Público, procede la publicación en el «Boletín Oficial del
Estado» de la tercera Adenda del Convenio entre el Instituto Cervantes y la Fundación
Premio Convivencia Ciudad Autónoma de Ceuta suscrito el 29 de octubre de 2020.
Madrid, 31 de enero de 2023.–La Secretaria General del Instituto Cervantes, Carmen
Noguero Galilea.
TERCERA ADENDA DE EXTENSIÓN DEL CONVENIO ENTRE EL INSTITUTO
CERVANTES Y LA FUNDACIÓN PREMIO CONVIVENCIA CIUDAD AUTÓNOMA
DE CEUTA, SUSCRITO EL 29 DE OCTUBRE DE 2020
De una parte, don Luis Manuel García Montero, Director del Instituto Cervantes,
cargo para el que fue nombrado por Real Decreto 933/2018, de 20 de julio (BOE de 21
de julio), de conformidad con lo previsto en el artículo 9 de la Ley 7/1991, de 21 de
marzo, por la que se crea el Instituto Cervantes, actúa en nombre y en representación
del Instituto Cervantes, con domicilio a los efectos de la presente adenda en la calle
Alcalá, 49, 28014 Madrid, con NIF Q-2812007 I.
Y de otra parte, don Carlos Rontomé Romero, Consejero de Educación y Cultura de la
Ciudad Autónoma de Ceuta, en virtud de su nombramiento por Decreto de 21 de junio
de 2019, de la Presidencia de la Ciudad de Ceuta, y Presidente de la Fundación Premio
Convivencia Ciudad Autónoma de Ceuta, cargo para el que fue nombrado por acuerdo del
Patronato de dicha Fundación, en su sesión de 18 de julio de 2019, que fue elevado a
público mediante la escritura otorgada ante el Notario del Ilustre Colegio de Andalucía don
Francisco Javier Balsera Ruiz, el 16 de octubre de 2019, con el número 2751 de su
protocolo, de conformidad con lo establecido en el artículo 11 de sus Estatutos, actúa en
nombre y en representación de la citada Fundación, con domicilio a los efectos de la
presente adenda en paseo del Revellín, 30, 3.ª, 51001, de Ceuta, y con NIF G-51000024.
Las partes, que actúan en razón de sus respectivos cargos, declaran y manifiestan
que intervienen con capacidad legal necesaria y competencia suficiente para suscribir la
presente adenda y, a tal efecto

I. Que el Instituto Cervantes (en adelante el IC) y la Fundación Premio Convivencia
Ciudad Autónoma de Ceuta (en adelante, la Fundación) suscribieron, el 29 de octubre de 2020,
un convenio con el objeto de establecer las condiciones para que la Fundación colaborase en
la financiación del programa de actividades culturales del IC en Tetuán, Marruecos, con efectos
desde su publicación en el BOE el 13 de noviembre de 2020, prorrogado y modificado
mediante adenda de 5 de marzo de 2021 (BOE de 17 de marzo) y prorrogado mediante
adenda de extensión de 23 de diciembre de 2021 (BOE de 31 de diciembre).
II. Que en la cláusula séptima del citado convenio se establece que las partes
pueden suscribir acuerdos de prórroga por años naturales que se incorporarán al mismo

cve: BOE-A-2023-3057
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