III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Comunidad Foral de Navarra. Convenio. (BOE-A-2023-3076)
Resolución de 30 de enero de 2023, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio con la Comunidad Foral de Navarra, para la cesión del uso de la aplicación SERPA.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 31
Lunes 6 de febrero de 2023
Sec. III. Pág. 17082
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL
3076
Resolución de 30 de enero de 2023, de la Secretaría General Técnica, por la
que se publica el Convenio con la Comunidad Foral de Navarra, para la
cesión del uso de la aplicación SERPA.
Suscrito el Convenio entre el Ministerio de Trabajo y Economía Social y la
Comunidad Foral de Navarra para la cesión del uso de la aplicación SERPA, y en
cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de
Régimen Jurídico del Sector Público, procede la publicación en el «Boletín Oficial del
Estado» del citado convenio, que figura como anexo de esta resolución.
Madrid, 30 de enero de 2023.–La Secretaria General Técnica, Consolación Rodríguez Alba.
ANEXO
Convenio entre el Ministerio de Trabajo y Economía Social y la Comunidad Foral
de Navarra para la cesión del uso de la aplicación SERPA
Madrid, 12 de enero de 2023.
REUNIDOS
De una parte, la Excma. Sra. doña Yolanda Díaz Pérez, en su condición de
Vicepresidenta Segunda del Gobierno nombrada por el Real Decreto 523/2021, de 10 de
julio, y Ministra de Trabajo y Economía Social, nombrada por Real Decreto 8/2020, de 12
de enero, y en uso de sus atribuciones conferidas en virtud del artículo 61,k), de la
Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Y de otra, el Sr. don Mikel Irujo Amezaga, en su condición de Consejero de Desarrollo
Económico y Empresarial, nombrado por Decreto Foral de la Presidenta de la Comunidad
Foral de Navarra 5/2021, de 3 de febrero, y en uso de sus atribuciones conferidas en el
artículo 90 de la Ley Foral 11/2019, de 11 de marzo, de la Administración de la
Comunidad Foral de Navarra y del Sector Público Institucional Foral.
Ambas partes se reconocen mutuamente la capacidad para obligarse y convenir.
1. El Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, por el que se aprueba el Reglamento
de los Servicios de Prevención, desarrollo reglamentario de la Ley 31/1995, de 8 de
noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales, estableció los requisitos y funciones de
las entidades especializadas para poder actuar como servicios de prevención ajenos, así
como el sistema de acreditación y mantenimiento de las condiciones de acreditación de
dichos servicios.
Posteriormente fue modificado por el Real Decreto 337/2010, de 19 de marzo, con el
objetivo de mejorar la calidad y eficacia de los sistemas de prevención de riesgos
laborales, especialmente de las entidades que actúan como servicios de prevención
como medio decisivo para aumentar los niveles de seguridad y salud de los trabajadores.
Para ello prevé la creación de un sistema de información de los servicios de
prevención que fuera ágil, accesible y fiable al considerar que era un elemento necesario
e indispensable para asegurar la efectividad del resto de las medidas que la reforma
contemplaba. A tal fin el artículo 28 del Reglamento de los Servicios de Prevención
cve: BOE-A-2023-3076
Verificable en https://www.boe.es
EXPONEN
Núm. 31
Lunes 6 de febrero de 2023
Sec. III. Pág. 17082
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL
3076
Resolución de 30 de enero de 2023, de la Secretaría General Técnica, por la
que se publica el Convenio con la Comunidad Foral de Navarra, para la
cesión del uso de la aplicación SERPA.
Suscrito el Convenio entre el Ministerio de Trabajo y Economía Social y la
Comunidad Foral de Navarra para la cesión del uso de la aplicación SERPA, y en
cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de
Régimen Jurídico del Sector Público, procede la publicación en el «Boletín Oficial del
Estado» del citado convenio, que figura como anexo de esta resolución.
Madrid, 30 de enero de 2023.–La Secretaria General Técnica, Consolación Rodríguez Alba.
ANEXO
Convenio entre el Ministerio de Trabajo y Economía Social y la Comunidad Foral
de Navarra para la cesión del uso de la aplicación SERPA
Madrid, 12 de enero de 2023.
REUNIDOS
De una parte, la Excma. Sra. doña Yolanda Díaz Pérez, en su condición de
Vicepresidenta Segunda del Gobierno nombrada por el Real Decreto 523/2021, de 10 de
julio, y Ministra de Trabajo y Economía Social, nombrada por Real Decreto 8/2020, de 12
de enero, y en uso de sus atribuciones conferidas en virtud del artículo 61,k), de la
Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Y de otra, el Sr. don Mikel Irujo Amezaga, en su condición de Consejero de Desarrollo
Económico y Empresarial, nombrado por Decreto Foral de la Presidenta de la Comunidad
Foral de Navarra 5/2021, de 3 de febrero, y en uso de sus atribuciones conferidas en el
artículo 90 de la Ley Foral 11/2019, de 11 de marzo, de la Administración de la
Comunidad Foral de Navarra y del Sector Público Institucional Foral.
Ambas partes se reconocen mutuamente la capacidad para obligarse y convenir.
1. El Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, por el que se aprueba el Reglamento
de los Servicios de Prevención, desarrollo reglamentario de la Ley 31/1995, de 8 de
noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales, estableció los requisitos y funciones de
las entidades especializadas para poder actuar como servicios de prevención ajenos, así
como el sistema de acreditación y mantenimiento de las condiciones de acreditación de
dichos servicios.
Posteriormente fue modificado por el Real Decreto 337/2010, de 19 de marzo, con el
objetivo de mejorar la calidad y eficacia de los sistemas de prevención de riesgos
laborales, especialmente de las entidades que actúan como servicios de prevención
como medio decisivo para aumentar los niveles de seguridad y salud de los trabajadores.
Para ello prevé la creación de un sistema de información de los servicios de
prevención que fuera ágil, accesible y fiable al considerar que era un elemento necesario
e indispensable para asegurar la efectividad del resto de las medidas que la reforma
contemplaba. A tal fin el artículo 28 del Reglamento de los Servicios de Prevención
cve: BOE-A-2023-3076
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