I. Disposiciones generales. COMUNIDAD AUTÓNOMA DE LAS ILLES BALEARS. Tiempo libre educativo. (BOE-A-2023-2979)
Ley 10/2022, de 23 de diciembre, del tiempo libre educativo para la infancia y la juventud de las Illes Balears.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 31
Lunes 6 de febrero de 2023
Sec. I. Pág. 16571
Artículo 19. Personas y entidades organizadoras.
Artículo 20. Condiciones de accesibilidad de las personas con diversidad funcional
y cognitiva y fomento de la inclusión.
Artículo 21. Requisitos necesarios para el inicio y el desarrollo.
Artículo 22. Prohibición de sustancias y comportamientos adictivos.
Título V.
Instalaciones infantiles y juveniles.
Artículo 23.
Artículo 24.
Artículo 25.
Artículo 26.
Artículo 27.
Artículo 28.
Balears.
Artículo 29.
Definición.
Personas titulares y administradoras.
Personas usuarias.
Requisitos para la puesta en marcha y funcionamiento.
Red de instalaciones infantiles y juveniles de las Illes Balears.
Censo de la red de instalaciones infantiles y juveniles de las Illes
Sustancias y comportamientos adictivos.
Título VI. Profesionales, servicios y agentes del tiempo libre educativo infantil y
juvenil.
Capítulo I.
Artículo 30.
Profesionales del tiempo libre educativo infantil y juvenil.
Profesionales del tiempo libre educativo infantil y juvenil.
Capítulo II. Servicios de tiempo libre educativo infantil y juvenil.
Artículo 31.
Artículo 32.
Artículo 33.
Definición.
Carteras de servicios de tiempo libre educativo infantil y juvenil.
Otros servicios.
Capítulo III. Agentes de la iniciativa privada dedicada al tiempo libre educativo
infantil y juvenil.
Sección 1.ª
Iniciativa privada sin ánimo de lucro.
Artículo 34. Entidades de iniciativa social en el ámbito del tiempo libre educativo
infantil y juvenil.
Sección 2.ª
Iniciativa privada con ánimo de lucro.
Artículo 35.
Iniciativa privada con finalidad lucrativa.
Sección 3.ª Régimen de actuación de la iniciativa privada en los servicios de tiempo
libre educativo infantil y juvenil
Título VII.
Régimen sancionador.
Capítulo I.
La inspección.
Artículo 39.
Artículo 40.
Artículo 41.
Artículo 42.
Artículo 43.
Artículo 44.
La inspección.
El personal inspector.
Las funciones de inspección.
Facultades del personal inspector.
Colaboración con la inspección.
Obligaciones de la ciudadanía en las actuaciones inspectoras.
cve: BOE-A-2023-2979
Verificable en https://www.boe.es
Artículo 36. Régimen de actuación de las entidades de iniciativa privada.
Artículo 37. Acción concertada con las entidades del tercer sector social.
Artículo 38. Subvenciones a entidades que prestan servicios de tiempo libre
educativo infantil y juvenil.
Núm. 31
Lunes 6 de febrero de 2023
Sec. I. Pág. 16571
Artículo 19. Personas y entidades organizadoras.
Artículo 20. Condiciones de accesibilidad de las personas con diversidad funcional
y cognitiva y fomento de la inclusión.
Artículo 21. Requisitos necesarios para el inicio y el desarrollo.
Artículo 22. Prohibición de sustancias y comportamientos adictivos.
Título V.
Instalaciones infantiles y juveniles.
Artículo 23.
Artículo 24.
Artículo 25.
Artículo 26.
Artículo 27.
Artículo 28.
Balears.
Artículo 29.
Definición.
Personas titulares y administradoras.
Personas usuarias.
Requisitos para la puesta en marcha y funcionamiento.
Red de instalaciones infantiles y juveniles de las Illes Balears.
Censo de la red de instalaciones infantiles y juveniles de las Illes
Sustancias y comportamientos adictivos.
Título VI. Profesionales, servicios y agentes del tiempo libre educativo infantil y
juvenil.
Capítulo I.
Artículo 30.
Profesionales del tiempo libre educativo infantil y juvenil.
Profesionales del tiempo libre educativo infantil y juvenil.
Capítulo II. Servicios de tiempo libre educativo infantil y juvenil.
Artículo 31.
Artículo 32.
Artículo 33.
Definición.
Carteras de servicios de tiempo libre educativo infantil y juvenil.
Otros servicios.
Capítulo III. Agentes de la iniciativa privada dedicada al tiempo libre educativo
infantil y juvenil.
Sección 1.ª
Iniciativa privada sin ánimo de lucro.
Artículo 34. Entidades de iniciativa social en el ámbito del tiempo libre educativo
infantil y juvenil.
Sección 2.ª
Iniciativa privada con ánimo de lucro.
Artículo 35.
Iniciativa privada con finalidad lucrativa.
Sección 3.ª Régimen de actuación de la iniciativa privada en los servicios de tiempo
libre educativo infantil y juvenil
Título VII.
Régimen sancionador.
Capítulo I.
La inspección.
Artículo 39.
Artículo 40.
Artículo 41.
Artículo 42.
Artículo 43.
Artículo 44.
La inspección.
El personal inspector.
Las funciones de inspección.
Facultades del personal inspector.
Colaboración con la inspección.
Obligaciones de la ciudadanía en las actuaciones inspectoras.
cve: BOE-A-2023-2979
Verificable en https://www.boe.es
Artículo 36. Régimen de actuación de las entidades de iniciativa privada.
Artículo 37. Acción concertada con las entidades del tercer sector social.
Artículo 38. Subvenciones a entidades que prestan servicios de tiempo libre
educativo infantil y juvenil.