III. Otras disposiciones. COMUNIDAD AUTÓNOMA DE EXTREMADURA. Bienes de interés cultural. (BOE-A-2023-3100)
Decreto 147/2022, de 7 de diciembre, por el que se declara bien de interés cultural la localidad de Alcántara (Cáceres), con la categoría de sitio histórico.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 31

Lunes 6 de febrero de 2023

Sec. III. Pág. 17419

III. OTRAS DISPOSICIONES

COMUNIDAD AUTÓNOMA DE EXTREMADURA
3100

Decreto 147/2022, de 7 de diciembre, por el que se declara bien de interés
cultural la localidad de Alcántara (Cáceres), con la categoría de sitio histórico.

El Estatuto de Autonomía de Extremadura, aprobado mediante Ley Orgánica 1/1983,
de 25 de febrero, y modificado mediante Ley Orgánica 1/2011, de 28 de enero, la cual se
publicó y entró en vigor con fecha 29 de enero de 2011, recoge como competencia
exclusiva en su artículo 9.1.47 la «Cultura en cualquiera de sus manifestaciones», así
como el «Patrimonio Histórico y Cultural de interés para la Comunidad Autónoma».
En desarrollo de esta competencia se dictó la Ley 2/1999, de 29 de marzo, de
Patrimonio Histórico y Cultural de Extremadura, que recoge la competencia y el
procedimiento para llevar a cabo la declaración de Bien de Interés Cultural de un bien.
De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 5.1 de la propia ley, los bienes más
relevantes del Patrimonio Histórico y Cultural extremeño deberán ser declarados de
Interés Cultural en la forma que el propio artículo detalla. El procedimiento se describe
en los artículos 7 y siguientes de la citada ley.
El artículo 6.1 de la Ley 2/1999, de 29 de marzo, al establecer la clasificación de los
Bienes Inmuebles que pueden ser declarados de Interés Cultural, en su letra d), define
como Sitio Histórico «el lugar o paraje natural donde se produce una agrupación de
bienes inmuebles que forman parte de una unidad coherente por razones históricas,
culturales o de la naturaleza vinculadas a acontecimientos, recuerdos del pasado o
manifestaciones populares de las raíces culturales de una comunidad que posean
valores históricos o técnicos».
Ha de significarse, a tales efectos, que Alcántara conforma un conjunto relevante en
el contexto del Patrimonio Histórico y Cultural Extremeño, cuyos valores justifican la
incoación de expediente para su reconocimiento como Bien de Interés Cultural, por los
siguientes motivos:

Por otra parte, el artículo 8.1 de la Ley 2/1999, de 29 de marzo, determina que es
necesaria una descripción clara y precisa del bien o bienes que permita su identificación,
con sus pertenencias y accesorios así como la delimitación del entorno necesario para la
adecuada protección del bien cuando se trate de inmuebles. La zona afectada estará
constituida por el espacio, construido o no, que da apoyo ambiental al bien y cuya
alteración pudiera afectar a sus valores, a la contemplación o al estudio del mismo.
Es por ello que se procedió a dictar Resolución el 29 de noviembre de 2021, de la
Consejera de Cultura, Turismo y Deportes, por la que se incoa expediente de declaración
de Bien de Interés Cultural, a favor de la localidad de Alcántara (Cáceres), con la
categoría de Sitio Histórico. La Resolución fue publicada en el «Diario Oficial de
Extremadura», n.º 240, de 16 de diciembre de 2021, y en el «Boletín Oficial del Estado»,

cve: BOE-A-2023-3100
Verificable en https://www.boe.es

Alcántara, debido a su situación de frontera y el ser paso obligado para poder vadear
el río Tajo, ha sido desde tiempos pretéritos un lugar estratégico, tanto desde el punto de
vista militar, como comercial y de las comunicaciones.
A partir de los siglos X y XI esta villa frontera se caracterizará por el gran papel que
juega la muralla, creándose un auténtico núcleo urbano. También se convertirá en centro
de irradiación de poder, militar, político, cultural y religioso a raíz del establecimiento en
la Villa de la Orden de Alcántara.
El caserío actual de Alcántara es el resultado de un largo proceso histórico. El tejido
edilicio, su entramado urbano y los modelos arquitectónicos son producto de las
realidades urbanísticas y arquitectónicas, que sujetas a imperativos económicos y
culturales, se han sucedido en el solar que ahora ocupa este magnífico enclave.