III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE INCLUSIÓN, SEGURIDAD SOCIAL Y MIGRACIONES. Convenios. (BOE-A-2023-2972)
Resolución de 30 de enero de 2023, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio entre el Instituto Nacional de la Seguridad Social y la Federación Española de Municipios y Provincias, en materia de intercambio y colaboración de las entidades locales, para el impulso y consolidación del Sistema Tarjeta Social Digital.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 30

Sábado 4 de febrero de 2023

Nombre campo

DIRECCIÓN DE RESIDENCIA 1.

DIRECCIÓN DE RESIDENCIA 2.

LOCALIDAD DE RESIDENCIA
EXTRANJERA.

Tipo

A

A

A

Lon

35

35

35

Ini

287

322

357

Fin

Sec. III. Pág. 16496

Comentarios

321

Dirección de residencia en el extranjero (1) de la
persona perceptora/beneficiaria de la prestación.
Solo si el PAÍS DE RESIDENCIA distinto de España
(Código <> 724 y <> 953).

356

Dirección de residencia en el extranjero (2) de la
persona perceptora/beneficiaria de la prestación.
Solo si el PAÍS DE RESIDENCIA distinto de España
(Código <> 724 y <> 953).

391

Localidad de residencia en el extranjero de la persona
perceptora/beneficiaria de la prestación (si se
desconoce, podría contener «DESCONOCIDO»).
Solo si el PAÍS DE RESIDENCIA distinto de España
(Código <> 724 y <> 953).

BLOQUE INFORMACIÓN SITUAC. SUBJETIVAS (solo se remitirá una situación subjetiva por registro)
TIPO DE SITUACIÓN SUBJETIVA.

ATRIBUTOS SEGÚN SITUACIÓN.

N

A

2

82

392

394

393

Código situación subjetiva.
Los valores permitidos figuran en el anexo 8.

475

En función del tipo de situación subjetiva se deberá
incorporar información adicional en este bloque. Dado
que los campos difieren en gran medida se detalla la
información a completar en cada caso en siguientes
apartados. En todos los casos este bloque de
información siempre tendrá la misma longitud,
terminando en el carácter 475.

TABLA CÓDIGOS DE RESPUESTA

CÓDIGOS RESPUESTA.

N

5

476

500

Posibles códigos de retorno devueltos tras el
tratamiento del registro.
Identifican los errores que no permitieron la
incorporación del registro a TSD. Podría haberse
incorporado el registro a TSD y devolver avisos (los
avisos empezarán por 9).
La descripción de todos los posibles errores se
encuentran en el ANEXO 20.
Si no se devuelven errores (todos a ceros) o solo se
devuelven avisos, significa que el registro se ha
tratado correctamente.

Tipo situación subjetiva 01: Familia numerosa.
Tipo

Lon

Ini

Fin

Comentarios

TIPO DE SITUACIÓN SUBJETIVA.

N

2

392

393

01-FAMILIA NUMEROSA.

INDICADOR FAMILIA NUMEROSA.

A

1

394

394

Posibles valores: S (SI), N (NO).

CATEGORÍA.

A

2

395

396

Tipo de familia numerosa. Ver ANEXO 9.

CLAVE PROPIA ENTIDAD.

A

40

397

436

Clave propia de la Entidad Gestora que identifica
unívocamente a la situación subjetiva y a la famila que
la tiene reconocida. (todos los miembros de la familia
tendrán la misma CLAVE PROPIA ENTIDAD).

FECHA DE SITUACIÓN.

N

8

437

444

Fecha de efectos de la situación subjetiva. Formato
YYYYMMDD. Solo se admitirán fechas lógicas y no
anteriores a 19000101.

FILLER.

A

31

445

475

Sin contenido.

cve: BOE-A-2023-2972
Verificable en https://www.boe.es

Nombre campo