III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2023-2909)
Resolución de 20 de enero de 2023, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto "Parque eólico Moeche, de 53 MW de potencia, y ubicado en los términos municipales de Moeche, As Somozas, As Pontes y San Sadurniño, en la provincia de A Coruña, así como de sus infraestructuras de evacuación asociadas".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 29
Viernes 3 de febrero de 2023
Sec. III. Pág. 15577
autonómico competente en biodiversidad. Asimismo, el promotor intensificará en los
cinco siguientes periodos anuales el seguimiento de la mortalidad causada por estos
aerogeneradores peligrosos, así como el seguimiento de la realización y efectividad de
las medidas mitigadoras adicionales establecidas.
2.3 Si dentro del periodo de cinco años de seguimiento especial de un
aerogenerador peligroso indicado en el apartado anterior se comprueba que continúa
provocando colisiones sobre especies del LESRPE no amenazadas, volviendo a superar
algún año alguno de los umbrales indicados en el apartado anterior a pesar de las
medidas mitigadoras adicionales adoptadas, el promotor lo notificará al órgano
sustantivo y al autonómico competente en biodiversidad, y procederá a la parada
definitiva y al desmantelamiento del aerogenerador, salvo que el órgano sustantivo, a
propuesta del de biodiversidad, excepcional y expresamente autorice su funcionamiento
en unas nuevas condiciones en que no resulten posibles nuevos accidentes.
Tabla 1.
Distancias mínimas a considerar en los estudios de poblaciones de especies
del LESRPE
Grupos
Radio (km)
Aves necrófagas.
25
Quirópteros.
10
Grandes águilas, aves acuáticas y otras planeadoras.
5
Resto aves.
1
Tabla 2. Número de colisiones estimadas al año de ejemplares de especies del
LESRPE (no amenazadas) que desencadenan la consideración de un aerogenerador
como peligroso
N.º colisiones/año
Rapaces diurnas (accipitriformes y falconiformes) y nocturnas
(strigiformes).
3
Aves marinas (gaviiformes, procellariformes y pelecaniformes),
acuáticas (anseriformes, podiciformes, ciconiformes y
phoenicopteriformes), larolimícolas (charadriiformes), gruiformes,
pterocliformes y caprimulgiformes.
5
Galliformes, columbiformes, cuculiformes, apodiformes, coraciiformes,
piciformes y paseriformes.
10
Quirópteros.
10
cve: BOE-A-2023-2909
Verificable en https://www.boe.es
Grupo taxonómico
Núm. 29
Viernes 3 de febrero de 2023
Sec. III. Pág. 15577
autonómico competente en biodiversidad. Asimismo, el promotor intensificará en los
cinco siguientes periodos anuales el seguimiento de la mortalidad causada por estos
aerogeneradores peligrosos, así como el seguimiento de la realización y efectividad de
las medidas mitigadoras adicionales establecidas.
2.3 Si dentro del periodo de cinco años de seguimiento especial de un
aerogenerador peligroso indicado en el apartado anterior se comprueba que continúa
provocando colisiones sobre especies del LESRPE no amenazadas, volviendo a superar
algún año alguno de los umbrales indicados en el apartado anterior a pesar de las
medidas mitigadoras adicionales adoptadas, el promotor lo notificará al órgano
sustantivo y al autonómico competente en biodiversidad, y procederá a la parada
definitiva y al desmantelamiento del aerogenerador, salvo que el órgano sustantivo, a
propuesta del de biodiversidad, excepcional y expresamente autorice su funcionamiento
en unas nuevas condiciones en que no resulten posibles nuevos accidentes.
Tabla 1.
Distancias mínimas a considerar en los estudios de poblaciones de especies
del LESRPE
Grupos
Radio (km)
Aves necrófagas.
25
Quirópteros.
10
Grandes águilas, aves acuáticas y otras planeadoras.
5
Resto aves.
1
Tabla 2. Número de colisiones estimadas al año de ejemplares de especies del
LESRPE (no amenazadas) que desencadenan la consideración de un aerogenerador
como peligroso
N.º colisiones/año
Rapaces diurnas (accipitriformes y falconiformes) y nocturnas
(strigiformes).
3
Aves marinas (gaviiformes, procellariformes y pelecaniformes),
acuáticas (anseriformes, podiciformes, ciconiformes y
phoenicopteriformes), larolimícolas (charadriiformes), gruiformes,
pterocliformes y caprimulgiformes.
5
Galliformes, columbiformes, cuculiformes, apodiformes, coraciiformes,
piciformes y paseriformes.
10
Quirópteros.
10
cve: BOE-A-2023-2909
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