II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. UNIVERSIDADES. Personal de administración y servicios. (BOE-A-2023-2803)
Resolución de 24 de enero de 2023, de la Universidad de León, por la que se convoca proceso selectivo para la provisión, por el sistema general de acceso libre, de plaza de personal laboral fijo de la categoría de Técnico Especialista de Laboratorio.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Jueves 2 de febrero de 2023

Sec. II.B. Pág. 14924

2. Certificado expedido por el SEPE en el que conste si percibe o no subsidio, así
como la cantidad o Certificado expedido por la Agencia Tributaria relativo a rentas/
rendimientos imputables por el IRPF.
d) Los aspirantes que sean víctimas de actos de terrorismo en los términos
establecidos en el artículo 2 de la Ley 4/2017, de 26 de septiembre, de Reconocimiento y
Atención a las Víctimas del Terrorismo de Castilla y León, estarán exentos de pago. La
condición de víctima de terrorismo deberá acreditarse de conformidad con lo dispuesto
en el artículo 3 de la citada Ley.
e) Los aspirantes que sean víctimas de violencia de género de acuerdo con lo
establecido en el artículo 1 de la Ley 13/2010, de 9 de diciembre, contra la violencia de
género de Castilla y León, estarán exentos de pago. La condición de víctima de violencia
de género se acreditará de conformidad con lo dispuesto en el artículo 7 de la citada Ley
3.5. Los aspirantes con discapacidad que deseen participar en el concursooposición deberán indicar, inexcusablemente, en la casilla dispuesta para ello las
posibles adaptaciones de tiempo y medios que requieran para la realización de los
ejercicios de la fase de oposición.
3.6 Los errores de hecho podrán subsanarse en cualquier momento, de oficio o a
petición del interesado.
3.7 Los aspirantes quedan vinculados a los datos que hayan hecho constar en sus
solicitudes, pudiendo únicamente demandar su modificación mediante escrito motivado,
dentro del plazo establecido en la base 3.2 para la presentación de solicitudes.
Transcurrido dicho plazo, no se admitirá ninguna petición de esta naturaleza.
4.

Admisión de candidatos

4.1 Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, el Rector de la Universidad
dictará Resolución en virtud de la cual se declararán aprobadas las listas provisionales
de aspirantes admitidos y excluidos al proceso selectivo. En esta Resolución figurarán
los aspirantes excluidos (apellidos, nombre y DNI o número de identificación del
documento equivalente) con indicación expresa de la causa de exclusión, así como los
lugares donde estarán expuestas las listas completas de aspirantes admitidos y
excluidos. En todo caso, al objeto de evitar errores y, en el supuesto de producirse, de
posibilitar su subsanación en tiempo y forma, los aspirantes deberán comprobar no sólo
que no figuran recogidos en la relación de excluidos sino, además, que sus nombres
figuran correctamente en la relación de admitidos.
La resolución se publicará en el «Boletín Oficial de Castilla y León» y en la página
Web Oficial de la Universidad, conforme se indica en la Base 10.
4.2 Los aspirantes excluidos dispondrán de un plazo de diez días hábiles, contados
a partir de la fecha de publicación de la resolución en el «Boletín Oficial de Castilla y
León», para poder subsanar el defecto que haya motivado la exclusión u omisión de las
listas. Quienes dentro de ese plazo no subsanen la exclusión, ni aleguen la omisión,
justificando su derecho a ser declarados admitidos, serán definitivamente excluidos de la
realización de las pruebas.
4.3 En la Resolución que eleve a definitivas las listas de admitidos y excluidos
figurarán la fecha, el lugar y la hora de celebración de los ejercicios. Dicha resolución
pondrá fin a la vía administrativa y contra ella podrán los aspirantes definitivamente
excluidos interponer recurso contencioso administrativo en el plazo de dos meses,
contados a partir del día siguiente al de la publicación de la Resolución en el «Boletín
Oficial de Castilla y León». Potestativamente, podrán interponer recurso de reposición
ante el Rectorado de la Universidad, en el plazo de un mes, contado a partir del día
siguiente al de la publicación de la resolución.
4.4 De conformidad con lo establecido en el artículo 14 de la Ley 12/2001, de 20 de
diciembre, de Tasas y Precios Públicos de la Comunidad de Castilla y León, no

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Núm. 28