III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2023-2818)
Resolución de 19 de enero de 2023, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto "Parques solares fotovoltaicos Mantia Solar 2, de 124,998 MWp, y Mantia Solar 3, de 29,975 MWp, y su infraestructura de evacuación en el término municipal de Yunclillos (Toledo) y Parla (Madrid)".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 28

Jueves 2 de febrero de 2023

Sec. III. Pág. 15125

III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA
Y EL RETO DEMOGRÁFICO
2818

Resolución de 19 de enero de 2023, de la Dirección General de Calidad y
Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto
ambiental del proyecto «Parques solares fotovoltaicos Mantia Solar 2, de
124,998 MWp, y Mantia Solar 3, de 29,975 MWp, y su infraestructura de
evacuación en el término municipal de Yunclillos (Toledo) y Parla (Madrid)».
Antecedentes de hecho

La Dirección General de Política Energética y Minas de este Ministerio para la
Transición Ecológica y el Reto Demográfico que ostenta la condición de órgano
sustantivo y en virtud del art. 39 de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación
ambiental, remite a esta Dirección General con fecha 28 de octubre de 2022 la solicitud
de inicio y el expediente del procedimiento de evaluación de impacto ambiental ordinaria
del proyecto denominado «Parques Solares Fotovoltaicos Mantia Solar 2, de 124,998
MWp, y Mantia Solar 3, de 29,975 MWp, y su infraestructura de evacuación en el término
municipal de Yunclillos (provincia de Toledo) y Parla (provincia de Madrid)», del que
Solaria Promoción y Desarrollo Fotovoltaico SLU, es promotor.
Alcance de la evaluación
La presente evaluación ambiental se realiza sobre la documentación presentada por
el promotor y se pronuncia sobre los impactos asociados al proyecto, así como los
efectos sobre los factores ambientales derivados de su vulnerabilidad, recogidos en el
estudio de impacto ambiental (en adelante EsIA). Se incluye, asimismo, en la evaluación,
el proceso de participación pública y consultas.
No comprende el ámbito de la evaluación de la seguridad y salud en el trabajo, ni de
seguridad industrial, que poseen normativa reguladora e instrumentos específicos. Por
otra parte, tampoco se extiende al cese y desmantelamiento de la instalación, que
deberá ser objeto en el futuro de un proyecto específico, que incluya la retirada de
elementos, la gestión de los residuos generados, la restitución del terreno a la situación
original y la restauración del suelo y de la vegetación, lo cual será sometido, al menos, a
un procedimiento de evaluación de impacto ambiental simplificada.
1.

Descripción y localización del proyecto

– Planta solar fotovoltaica (PSFV) «Mantia Solar 2»: Ubicada en el municipio de
Yunclillos, de 173,22 ha y una capacidad de producción de 124,97 MWp.
– PSFV «Mantia Solar 3»: También ubicada en el municipio Yunclillos, de 39,21 ha y
una capacidad de producción de 29,98 MWp.
La evacuación de la energía será realizada a través de:
– Línea de media tensión (LMT) soterrada de 30 kV de 4.030 m de longitud (3.230 m
para Mantia Solar 2 y 800 m para Mantia Solar 3).
– Subestación Elevadora de Tensión (SET) «Berrocales 220/30 kV», de nueva
construcción al suroeste de las PSFV objeto de análisis.

cve: BOE-A-2023-2818
Verificable en https://www.boe.es

El proyecto en conjunto consta de: